Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 1999 (15/05/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 173188

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 1999

reglamento, aplicandose lo establecido en el Articulo 27º de la misma norma. Octava.- "LA SUNAT" procedera a la ejecucion inmediata de la prenda en los casos de perdida del aplazamiento y/o fraccionamiento, segun lo dispuesto en el Articulo 27º del reglamento, lo pactado en el presente contrato y lo establecido en el numeral 4 del Articulo 116º del Codigo. Para tal efecto se observaran las siguientes reglas: a) La ejecucion de la garantia estara a cargo del Ejecutor Coactivo y su correspondiente Auxiliar Coactivo. b) El valor de la tasacion del bien para efectos del remate asciende a la suma de S/. .................... (.......... Nuevos Soles), que es aquel presentado por "EL DEUDOR TRIBUTARIO" en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2 del inciso c) del Articulo 20º del reglamento. Sin embargo, el Ejecutor Coactivo podra ordenar una nueva tasacion si considera que el valor establecido en el parrafo anterior se encuentra desactualizado. c) MORDAZA de proceder a la ejecucion del bien, el Ejecutor Coactivo notificara a "EL DEUDOR TRIBUTARIO" con la finalidad de que cumpla, dentro de un plazo de tres dias y bajo apercibimiento de iniciarse la ejecucion forzada, con cancelar la deuda pendiente de pago, mas los intereses y gastos en que hubiera incurrido "LA SUNAT". d) Cualquier accion que pudiera iniciar "EL DEUDOR TRIBUTARIO", tendiente a invalidar la ejecucion del bien (incluyendo la accion de contradiccion), no suspendera el MORDAZA de ejecucion, el mismo que continuara, consignandose el producto del remate a la orden del Ejecutor Coactivo hasta la conclusion de la accion iniciada. e) El Ejecutor Coactivo convocara a remate fijando dia, hora y lugar. f) La convocatoria a remate sera MORDAZA por el Ejecutor Coactivo durante dos (2) dias calendario, en la primera convocatoria, y un (1) dia calendario en las siguientes, en el diario encargado de la publicacion de los avisos judiciales del lugar del remate o en uno de mayor circulacion, ya sea local o nacional, asi como mediante la colocacion de carteles en el local del remate (Intendencia u Oficina Zonal) o en el lugar donde se encuentre el bien mueble a rematar. g) Si el saldo de precio del remate no fuere depositado por el adjudicatario dentro del plazo establecido en el numeral 10) del Articulo 26º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, el Ejecutor Coactivo declarara la nulidad del mismo y convocara a uno nuevo. En este caso, el adjudicatario perdera la suma depositada, la que servira para cubrir los gastos del remate frustrado y sera impedido de participar como postor en otros remates que convoque "LA SUNAT". h) Los gastos derivados de la ejecucion seran reembolsados por "EL DEUDOR TRIBUTARIO" o en su defecto deducidos del producto del remate. i) En todo lo no previsto en el presente contrato, seran de aplicacion las normas contenidas en los Articulos 24º, 25º, 26º, 27º y demas pertinentes del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 016-97/SUNAT; adicionalmente, seran de aplicacion supletoria las normas del Codigo Procesal Civil. j) Si luego de efectuado el remate quedara un saldo deudor, este constituira deuda exigible sujeta al procedimiento de cobranza coactiva. Sin embargo, queda expresamente establecido, que "EL DEUDOR TRIBUTARIO" podra evitar la ejecucion del bien prendado, cancelando a "LA SUNAT" el saldo pendiente de pago de la deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccionamiento garantizada, incluyendo tanto los intereses correspondientes como los gastos en que hubiera incurrido "LA SUNAT" como consecuencia del incumplimiento por parte de "EL DEUDOR TRIBUTARIO". Novena.- "LA SUNAT" se compromete a otorgar la minuta de levantamiento de prenda cuando se hayan cancelado todas las obligaciones derivadas del aplazamiento y/ o fraccionamiento, o luego de haberse efectuado el remate del bien prendado. Decima.- Todos los gastos que origine el presente contrato, tales como Escritura Publica y derechos de inscripcion en Registros Publicos, son de cargo de "EL DEUDOR TRIBUTARIO". Decima Primera.- En todo aquello que no estuviera expresamente previsto en el presente documento seran de aplicacion, en lo que fuera pertinente, las normas de la Seccion Cuarta del Libro V del Codigo Civil. Decima Segunda.- Para efectos del presente contrato, MORDAZA partes contratantes acuerdan someterse a la juris-

diccion de los Jueces y Tribunales de MORDAZA (o sede de la Intendencia u Oficina Zonal correspondiente) en caso se susciten discrepancias entre las mismas. Agregue usted Sr. Notario, las clausulas de ley, los insertos correspondientes y cumpla con remitir los partes correspondientes a los Registros Publicos para la debida inscripcion del presente contrato. Suscrito en .................,a los .....dias del mes de...... de 199.......... EL DEUDOR TRIBUTARIO LA SUNAT

NOTA: De ser necesario podra modificarse este modelo a fin de precisar en cada contrato si se trata de una prenda regulada por normas especiales (industrial, minera, vehicular, etc.) Igualmente, de estimarse conveniente, podra senalarse en el documento el lugar en donde se encuentran ubicados los bienes y precisarse que se requiere de la previa autorizacion de la SUNAT para su traslado.

ANEXO D CONTRATO DE PRENDA CON ENTREGA JURIDICA DE BIEN DE PROPIEDAD DE UN TERCERO SENOR NOTARIO: Sirvase usted extender en su Registro de Escrituras Publicas, una de Constitucion de Prenda con entrega juridica que otorga el Sr.(a)...............(o la Empresa ... consignar razon social), en adelante, "EL PROPIETARIO", identificado (a) con Libreta Electoral Nº......... (si es persona natural), RUC Nº .......... y senalando domicilio en .................., (si es persona juridica consignar datos de inscripcion de la misma y nombre, cargo y datos de inscripcion del poder del representante legal), para garantizar la deuda del Sr.(a).....................en adelante "EL DEUDOR TRIBUTARIO", identificado (a) con Libreta Electoral Nº......... (si es persona natural), RUC Nº .......... y senalando domicilio en .................., (si es persona juridica consignar datos de inscripcion de la misma y nombre, cargo y datos de inscripcion del poder del representante legal), en favor de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA en adelante "LA SUNAT", debidamente representada por su Intendente...................(o Jefe de Oficina Zonal), Sr. (a) ....................., identificado (a) con Libreta Electoral Nº ..................., con domicilio en ..........designado por Resolucion ....... y autorizado por Resolucion de Superintendencia Nº 062-97/SUNAT, en los terminos y condiciones establecidos en las clausulas siguientes: Primera.- "EL DEUDOR TRIBUTARIO" mediante Expediente Nº.......... de fecha ........, solicito a "LA SUNAT" un aplazamiento y/o fraccionamiento de deuda tributaria, segun lo dispuesto por el Articulo 36º del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816 y modificado por la Ley Nº 27038 (en adelante el Codigo), y el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 018-98/ SUNAT y modificado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 109-98/SUNAT (en adelante el reglamento). Segunda.- "LA SUNAT", atendiendo a la solicitud de "EL DEUDOR TRIBUTARIO", mediante Informe Nº ......., de fecha ......., emitido por ........................... de la ...(Intendencia u Oficina Zonal) ..., considero procedente la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria segun los siguientes terminos:
Nº Resolucion (de ser el caso) Tributo Periodo de obligacion Monto Insoluto Deuda act. al

Queda entendido que la deuda ha sido actualizada hasta el......., fecha de solicitud del aplazamiento y/o fraccionamiento, anadiendose a la misma los intereses correspondientes, calculados de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 33º del Codigo hasta el dia de emision de la Resolucion (de Intendencia o de Oficina Zonal) aprobatoria del aplazamiento y/o fraccionamiento. Asimismo, queda entendido que los montos de acogimiento, de amortizacion mensual minimo e intereses de fraccionamiento y cronograma de pagos, seran fijados en la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.