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Pág. 173777 NORMAS LEGALES Lima, lunes 31 de mayo de 1999 Capítulo 7: Trabajo desarrollado en el ámbito nacional. Realiza un recuento detallado de la labor de cada una de las oficinas de representación defensorial en Ayacucho, Arequi- pa, Callao, Cusco y Trujillo, así como del grupo de trabajo asociado en Piura; Capítulo 8: Actuaciones más significativas realizadas por la Defensoría del Pueblo. Presenta una selección de los casos más significativos desarrollados por la Defensoría del Pueblo durante el período. Asimismo, da cuenta de las resoluciones defensoriales, acciones de garantía, investigaciones, infor- mes, opiniones sobre proyectos de ley y de los pronuncia- mientos públicos realizados en el período; Capítulo 9: Respuestas de la administración estatal y de las entidades prestadoras de servicios públicos frente a la actuación de la Defensoría del Pueblo. Presenta las reaccio- nes a que ha dado lugar la intervención defensorial por institución pública en forma individualizada, conjuntamen- te con la indicación personalizada de los funcionarios y servidores públicos que no han cumplido con el deber de colaboración con la Defensoría del Pueblo; Capítulo 10: La Defensoría del Pueblo en cifras. Consigna los datos estadísticos que muestran el número total de casos recibidos en el período, el estado de su tramitación y una relación de las instituciones más quejadas a nivel nacional; Capítulo 11: Reflexiones finales. Manifiesta las conclu- siones y reflexiones derivadas de la actuación institucional durante el presente período; y, Anexos. Presenta las normas referidas a la labor de la institución. Artículo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO del señor Presidente de la República el informe a que se refiere el artículo anterior. Artículo Tercero.- REMITIR el mencionado informe, por intermedio de la Presidencia del Congreso, a los señores miembros de la Mesa Directiva y a los señores congresistas integrantes de las Comisiones de Constitución y de Derechos Humanos y Pacificación. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del infor- me a que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución, la misma que se realizará con posterioridad a su presentación ante el Congreso de la República. Artículo Quinto.- DISPONER la preparación del resu- men a publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 7049 S B S Autorizan a institución financiera el cierre de agencia ubicada en la provin- cia de Lima RESOLUCION SBS Nº 0441-99 Lima, 19 de mayo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Financiera Peruana PORFIN S.A. para que se le autorice el cierre de su agencia ubicada en jirón de la Unión Nº 581 del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; De acuerdo con el Informe Nº ASIF "D"-099-OT-99; y, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98, de fecha 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a Financiera Peruana PORFIN S.A. e l cierre de su agencia ubicada en jirón de laUnión Nº 581 del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 7004 Autorizan a institución bancaria la aper- tura de oficina especial en la provincia de Chanchamayo RESOLUCION SBS Nº 0453-99 Lima, 25 de mayo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Banex S.A. requi- riendo autorización de esta Superintendencia para la aper- tura de la oficina especial, sita en Jr. Tarma Nº 221, ciudad de La Merced, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión "A" mediante Informe Nº ASIF"A" -079-OT/ 99; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - y la Circular Nº B-1996-97; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Banex S.A. la apertura de la oficina especial a ser ubicada en el Jr. Tarma Nº 221, ciudad de La Merced, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 7019 Autorizan fusión por absorción del Ban- co de Comercio con Financiera Regio- nal del Sur - FINSUR RESOLUCION SBS Nº 0459-99 Lima, 26 de mayo de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le autorice la fusión por absorción de la Financiera Regional del Sur -FINSUR-; y, CONSIDERANDO: Que en Juntas Generales de Accionistas del Banco de Comercio y la Financiera Regional del Sur -FINSUR- cele- bradas el 31 de marzo de 1999, las mencionadas empresas acordaron fusionarse, actuando como incorporante el Banco de Comercio y asumiendo los derechos y obligaciones de la Financiera Regional del Sur -FINSUR- que se disuelve sin liquidarse; Que como consecuencia de la fusión acordada el capital social del Banco se verá incrementado en S/. 24'415,980.00 (VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS QUIN- CE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES);