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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 1999 (31/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 173782 NORMAS LEGALES Lima, lunes 31 de mayo de 1999 Que, es notorio en aquellos lugares donde se efectúan las evaluaciones, las entidades han alcanzado un alto grado de compe- titividad y calidad en la prestación de los servicios públicos, así como un mayor compromiso con el desarrollo del país; Que el Concejo Metropolitano de Lima, con fecha 4 de julio de 1997 aprobó la Ordenanza Nº 117, que regula la evaluación y la reposición del personal de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, en concordancia con el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 26093 y el Artículo 52º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; así como en ejercicio de su autonomía política, econó- mica y administrativa, efectuará semestralmente evaluaciones de personal, facultando CESAR por causal de excedencia al personal que no califique y al personal que se niegue a ser evaluado o no concurra a rendir las pruebas de evaluación; Que, esta municipalidad mediante Ordenanza Municipal Nº 016-97-MVES de fecha 9.12.97 ha dispuesto instaurar a partir del año 1998, la evaluación semestral para todos los servidores; disposición que a pesar de haber sido impugnada judicialmente, ha sido declarada firme; Que, la Municipalidad de Villa El Salvador a través de la Resolución de Alcaldía Nº 069-98-ALC/VMES de fecha 28 de enero de 1998, dispuso la evaluación semestral de todo el personal el cual no se llevó a cabo con el objeto de posibilitar que el personal se capacite y esté en mejores condiciones de ser evaluado; Que, ha transcurrido un año y tres meses desde la convoca- toria a evaluación de personal, tiempo excesivamente suficiente para que el personal se haya preparado para la evaluación programadas, la cual debe llevarse a cabo; Que, esta municipalidad mediante Acuerdo de Concejo Nº 012-99 de fecha 4-3-99 ha declarado en Urgencia a la Municipa- lidad de Villa El Salvador, facultando al Alcalde a tomar las medidas del caso; Que, asimismo con fecha 4-5-99 con Acuerdo de Concejo Nº 25-99 se ha reiterado la autorización al Alcalde para que tome las medidas que permitan un mejor manejo de los recursos municipales que redunden en un mejor funcionamiento y bue- nos servicios a la comunidad; Que, es competencia del Alcalde en su condición de titular de la municipalidad conducir la política de personal conforme señala el inciso 13) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853; Estando a lo informado y en uso de las atribuciones conferi- das por el inciso 6) del Artículo Nº 47 de la acotada ley; SE RESUELVE: 1º.- DISPONER que se lleve a cabo el 5 de julio del presente año la Primera Evaluación Semestral del año 1999 de todo el personal de la Municipalidad de Villa El Salvador, con los criterios orientados a mejorar la calidad y productividad en sus puestos de trabajo y en pro del cumplimiento estricto de los fines de la institución y del buen servicio de los vecinos de Villa El Salvador. 2º.- CONFORMAR la COMISION ESPECIAL encargada de elaborar el reglamento de evaluación, conducir el proceso de evaluación, y ELABORAR LAS BASES Y SELECCIONAR a la entidad que llevará a cabo la evaluación, la misma que estará integrada por: Sr. LIC José Pisconte Ramos Director Municipal Presidente Sr. CPC Roberto Claros Cohaila Director de Administración Miembro Sr. Dr. Lucilo Guardián Ramírez Director de Asesoría Jurídica Miembro Sr. Eco. Emiliano Alarcón Taco Director de Agencia Nº 1 Miembro Sr. LIC Hugo Soto Rodríguez Director de Planificación Miembro Sr. León Estrada Sánchez Resp. Func. Personal Miembro y Secretario Técnico 3º.- Disponer que la comisión conformada deberá presentar al despacho de Alcaldía el Proyecto de Reglamentación de Evaluación. 4º.- Encargar a la Asesoría Jurídica Coordinar con la Fisca- lía de la Nación, correspondiente a fin de que designe un Fiscal para la supervisión de la evaluación a realizarse y tome nota del desarrollo de la evaluación. 5º.- Encargar al Secretario General el trámite de la publica- ción de la presente en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 7016 Disponen implementar programa de renuncias con incentivos para el per- sonal de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 422-99/MVES Villa El Salvador, 6 de mayo de 1999EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú en su Artículo 39º establece que todos los funcionarios y servidores públicos están al servicio de la Nación, y en el Artículo 40º establece que la ley regula el ingreso a la Carrera Administrativa, los derechos y deberes así como las responsabilidades de los servidores públicos; Que, los funcionarios, empleados y obreros, así como el personal de vigilancia de las Municipalidades del Perú, son servidores públicos sujetos exclusivamente al régimen laboral de la actividad pública que tienen los mismos deberes y derechos, que los del Gobierno Central, tal como lo dispone el Artículo 52º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, el Artículo 34º, inciso b) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - concordado con el Artículo 182º inciso b) Decreto Supremo Nº 005-90-PCM el término de la carrera administrativa se produce por renun- cia del servidor; Que, es notorio el malestar de los vecinos por la mala atención que reciben de parte de algunos servidores públicos municipales que carecen de formación profesional adecuada, conocimientos actualizados a los nuevos tiempos, y que no hacen ningún esfuerzo por mejorar, denotando con su actitud desgano en el cumplimiento de sus funciones; a pesar de percibir remuneraciones que comparados con la mayor parte de nuestra población, que no tiene un trabajo permanente y cuyos ingresos son muy bajos, resultan superiores; Que, es necesario implementar en esta municipalidad un Programa de Renuncias Voluntarias con incentivos, con el objetivo de modernizar esta entidad y de mejorar los servicios a los usuarios y vecinos de este distrito los mismos que sufragan dichas remuneraciones y tienen derecho a un buen servicio; Que, es obligación de la Municipalidad de Villa El Salva- dor, prestar los servicios con el mejor personal que pueda seleccionar para lo cual debe evaluar a su personal, declaran- do excedente y cesando a aquellos que resulten incompeten- tes, que no están al nivel de la función y cargos que vienen desempeñando durante los últimos 14 años; Que, hay servidores que no desean someterse a evalua- ción de personal que se ha convocado para el mes de julio del presente año y desean retirarse renunciando voluntaria- mente, por lo que resulta procedente facilitar el retiro de aquellos que lo soliciten, implementando un Programa de Renuncias con Incentivos; Que, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo Nº 012-99 de fecha 4.3.99 ha declarado en urgencia varios servicios de la Municipalidad de Villa El Salvador, uno de ellos lo administrativo, facultando al Alcalde a tomar las medidas del caso; asimismo, con Acuerdo de Concejo Nº 25-99 del 4-5- 99, el Concejo Municipal ha vuelto a reiterar la autorización al Alcalde para que tome las medidas que permitan un mejor manejo de los recursos municipales que redunden en el mejor funcionamiento y buenos servicios a la comunidad; Que, la Municipalidad de Villa El Salvador puede hacer uso y ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa, y siendo competencia del Alcalde en su calidad de titular de la municipalidad conducir la política del personal conforme señala el inciso 13) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Estando a lo informado y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853; SE RESUELVE: 1º.- IMPLEMENTAR en la Municipalidad de Villa El Salvador el PROGRAMA DE RENUNCIAS CON INCENTI- VOS a partir de la fecha hasta 15 de junio del presente año que será extensivo a empleados y obreros en general, nom- brados y contratados bajo el régimen del D.L. Nº 276. 2º.- Considerar como incentivo para aquellos que se acojan al programa 2 sueldos adicionales al total que obten- gan por el derecho compensatorio de Tiempo de Servicios. 3º.- Disponer que no podrán acogerse a este programa aquellos que han tenido sanciones por procesos administra- tivos y los que tienen procesos administrativos en curso. 4º.- Encargar de la ejecución del presente programa a la Oficina de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Métodos incorporar en el presupuesto los gastos respectivos. 5º.- Encargar al Secretario General la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 7017