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Pág. 173779 NORMAS LEGALES Lima, lunes 31 de mayo de 1999 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Prorrogan plazo para acogerse a amnis- tía tributaria y administrativa DECRETO DE ALCALDIA Nº 10-99-DAM Miraflores, 27 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Miraflores mediante Orde- nanza Nº 061-99-MM de fecha 21 de abril de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril de 1999, concedió Amnistía Tributaria y Administrativa, a favor de los contri- buyentes del distrito de Miraflores; Que, el Artículo Primero de la citada ordenanza, faculta al señor Alcalde para que, por Decreto de Alcaldía, pueda prorrogarse las fechas establecidas en dicha norma; Que, es política de la actual gestión edilicia realizar acciones orientadas a facilitar el cumplimiento de las obliga- ciones tributarias y administrativas de sus vecinos y contri- buyentes; Que, en tal sentido, se ha visto pertinente prorrogar el plazo para que un mayor número de vecinos y contribuyentes puedan acceder a la Amnistía Tributaria y Administrativa otorgada mediante Ordenanza Nº 061-99-MM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 1999, el plazo para acogerse a la Amnistía Tributaria y Administrativa, que establece la Ordenanza Nº 061-99-MM. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Rentas, velar por el cumplimiento del presente decreto. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 7020 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Disponen presentación de declaración jurada para actualización de datos de establecimientos industriales, comer- ciales, profesionales, de servicios o análogos ORDENANZA Nº 002-99 Pueblo Libre, 20 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 68º, inciso 7), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, son funciones de las Municipalidades, entre otras, el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales, de servicios y de actividades profesionales y controlar su funcio- namiento de acuerdo a ellas; Que, para el cabal cumplimiento de las funciones señala- das en el considerando anterior y dada la situación de caos administrativo en que se ha encontrado la Corporación al asumir sus funciones, se ha adoptado la decisión de disponer, entre otras medidas, un reordenamiento tributario; Que, a los efectos de llevar a cabo dicho reordenamiento tributario, se ha dispuesto la presentación masiva de decla- raciones juradas para los impuestos otorgándole un número en el registro Municipal de Contribuyentes.Que, en ese mismo orden, resulta imprescindible proce- der a la formación, actualización y/o rectificación de la base de datos del Registro Municipal de Establecimientos del distrito de Pueblo Libre; para lo cual, como primer paso, debe disponer la presentación de declaraciones juradas que per- mitan que sus respectivos conductores proporcionen la infor- mación básica necesaria; En uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico.- Las personas naturales y jurídicas, que actualmente conduzcan, por cualquier título, establecimientos industriales, comerciales, profesionales, de servicios o que realicen actividades análogas, ubicados en el distrito de Pueblo Libre, deberán presentar, en el plazo máximo de 60 días, una Declaración Jurada de Actualización de Datos, en los formularios y cartillas de instrucción que gratuitamente proporcionará esta Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 7057 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban Convenio con el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción para realiza- ción de obras de protección ambiental y ecología urbana RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 203-99-ALC/MVES Villa El Salvador, 12 de marzo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de marzo del año en curso esta munici- palidad y el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, hemos suscrito el convenio para la REALIZACION DE OBRAS DE PROTECCION AMBIEN- TAL Y ECOLOGIA URBANA, desarrollando proyectos con- juntos cuyos objetivos son contribuir a mitigar la contamina- ción ambiental urbana, promover el desarrollo de Programas de Educación Ambiental de nuestra población, captar el interés y participación del vecindario en la conservación de áreas verdes y otros; Que, es política de gobierno de la presente gestión desa- rrollar programas y proyectos relacionados a la protección ambiental y ecológica que permita hacer de nuestro distrito una CIUDAD SALUDABLE, visión que está contenida en el PLAN DE DESARROLLO INTEGRAL DE VILLA EL SAL- VADOR AL 2005; En uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el CONVENIO ENTRE EL MINIS- TERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIEN- DA Y CONSTRUCCION Y LA MUNICIPALIDAD DISTRI- TAL DE VILLA EL SALVADOR PARA LA REALIZACION DE OBRAS DE PROTECCION AMBIENTAL Y ECOLOGIA URBANA, de fecha 1 de marzo de 1999. Artículo 2º.- Publíquese la presente en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Encárguese a la Secretaría General el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 7010