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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (05/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 179991 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de noviembre de 1999 VISTO: El Expediente Administrativo Nº 707212 Tomos I, II, III y IV sobre calificación de naturaleza eriaza del terreno de 2,561.10 m2 (DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO METROS CUADRADOS CON DIEZ DECIMETROS CUADRA- DOS) de área, ubicado en la parte posterior de los lotes 1 al 13 de la Mz. F-4 de la urbanización Caja de Agua del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 004-85-VC, modificado y complementado por los Decretos Supremos Nºs. 004-86-VC y 002-91-VC las Municipalidades Provinciales identifican los terrenos eriazos ubicados dentro de las zonas de expansión urbana de su jurisdic- ción, revertidos o que pertenezcan al dominio del Estado, en aplicación de los Decretos Leyes Nºs. 11061, 14197, 19955; Que, de los Informes técnico-legales obrantes en autos, se ha determinado que el terreno materia de la presente Resolución es de naturaleza eriaza y de libre disponibilidad del Estado, de- biendo en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por el Inc. c) y e) del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-91-VC, proceder a su correspondiente inscripción en Primera de Domi- nio a nombre del Estado, en el Registro de la Propiedad Inmue- ble de Lima, y posterior transferencia a nombre de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima; Estando a los Informes Legal Nº 81-99-MML-DMDU-DGAT- DL del 20 de julio de 1999 y Técnico Nº 38-99-MML-DMDU- DGATE-DT del 11 de agosto de 1999, con la opinión favorable de la Dirección General de Adjudicación de Tierras Eriazas y la visación de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23853, Edicto Metropolitano 021 de fecha 1º de abril de 1985 y Decreto de Alcaldía Nº 200 del 14 de diciembre de 1990; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Calificar de naturaleza eriaza el terre- no de 2,561.10 m2 (DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO METROS CUADRADOS CON DIEZ DECIMETROS CUADRA- DOS) de área, ubicado en la parte posterior de los lotes 1 al 13 de la Mz. F-4 de la urbanización Caja de Agua el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, cuyos linderos y medidas perimétricas constan en el Plano Nº 027-36/ 08-99-DGATE-DT y Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir la documentación que corres- ponda a la Superintendencia de Bienes Nacionales del Ministe- rio de la Presidencia, para los efectos del trámite de inscripción del referido terreno en Primera de Dominio a nombre del Estado en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, tal como lo dispone el Decreto Supremo Nº 002-91-VC, y posterior transfe- rencia a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicándose la presente Resolución por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo dispuesto por el Artículo 1ro. Inc. a) del Decreto Supremo Nº 004-86-VC. Artículo Tercero.- Disponer que la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, quede encargada de los trámites a que se refiere la presente Resolución, conforme a los dispositivos lega- les vigentes. Regístrese, comuníquese y pase a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13890 Declaran cumplidas obras de habilita- ción urbana y autorizan adjudicación de lotes de terreno ubicado en el dis- trito de Santiago de Surco RESOLUCION Nº 112-99-MML-DMDU Lima, 22 de octubre de 1999 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Expediente Nº 10127-98, Anexo Nº 5627-99 y acumulados, seguido por la COOPERATIVA DE VIVIENDA DE INGENIEROS "TRES ALAMOS", con los que solicitan: a) Considerar de Tipo Progresivo, a la Habilitación Urbana en Vía de Regularización para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" del terreno de 28,035.00 m2 constituido por laNovena Etapa de la Urbanización "Los Alamos", ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, dejándose diferida la implantación de áreas verdes con bloques de concreto vibrado tipo GRASS BLOCK, en lugar de bermas de Estacionamiento y Veredas. b) Declarar cumplidas la Ejecución de las Obras de la presente Habilitación Urbana. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 05 tomado por la Comisión Metropoli- tana de Habilitación Urbana en Sesión Nº 15-99 del 14-May-99 se acordó: Considerar la implantación de áreas verdes con bloques de concreto vibrado tipo Grass Block, en lugar de bermas de estacionamiento y veredas. Aprobar los Proyectos Modificados de Habilitación Urbana en Vía de Regularización para uso residencial de Densidad Media "R-3" del terreno de 32,861.00 m2 ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, calificando las Obras Tipo "B-3". Aceptar la redención en dinero del aporte para Recreación Pública de 1,284.20 m2, ubicándolo para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. El Parque Nº 01, se ubica en la Manzana "A" con frente a la Calle 1 con un área de 958.60 m2. Recomendar a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, se inicie las acciones Técnico-Legales pertinentes, a fin de deslindar superposiciones de áreas con otros terrenos adyacen- tes. Que, por Informe Nº 032-99-MML-DMDU-PM del 7-Set-99 se comunica que la presente Habilitación no se encuentra afecta a superposición alguna con terrenos de los colindantes; Que, por Sentencia Judicial emitida por el 11º Juzgado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima el 25-Ene-91 y actualizada por Resolución Nº Uno emitida por el 11º Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima el 23-Nov-98, se rectificó los linderos del terreno materia del presente trámite, y en consecuencia el área ha sido reducida de 32,851.00 m2 a 28,035.00 m2, rectificación que a la fecha corre inscrita en los Registros Públicos Título Nº 129434 del 11- Ago-99; Que, según Informe Nº 227-99-MML-DMDU-DHU-DCO del 5 de octubre de 1999 emitida por la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se ha cumplido con calificar la multa por las infracciones cometidas según Decreto de Alcaldía Nº 134-96-MML, así mismo se ha remitido el referi- do Informe mediante Oficio Nº 1044-99/MML-DMDU-DHU del 7-Oct-99 a la Dirección de Fiscalización y Control para la emisión y cobro de la sanción correspondiente, siendo de su responsabilidad la prosecución del trámite mencionado; Que, según Informe Nº 228-99-MML-DMDU-DHU-DCO del 5 de octubre de 1999 e Inspección Ocular efectuada por la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se verificó que, las Obras de Agua Potable, Alcantari- llado, Electrificación, Pavimentación de Pistas y Ornamen- tación del Parque Nº 01 se encuentran concluidas y en perfecto estado de conservación, además la recurrente ha cumplido con la presentación de la documentación y pagos establecidos en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Artículo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSIDERAR, de Tipo Progresivo, a la presente Habilitación Urbana, dejándose diferida la implan- tación de áreas verdes con bloques de concreto vibrado tipo Grass Block en lugar de Bermas de Estacionamiento y veredas para ser ejecutadas por la COOPERATIVA DE VIVIENDA DE INGENIEROS "TRES ALAMOS" en un plazo máximo de DIEZ (10) AÑOS, contados a partir de la notificación de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DECLARESE, cumplidas, por la COO- PERATIVA DE VIVIENDA DE INGENIEROS "TRES ALA- MOS", de conformidad con el Plano signado con el Nº 094-99- MLM-DMDU-DHU las Obras de Habilitación Urbana en Vías de Regularización para Uso Residencial de Densidad Media "R- 3" del terreno de VEINTIOCHO MIL TREINTICINCO ME- TROS CUADRADOS (28,035.00 m2) constituido por la Novena Etapa de la urbanización "Los Alamos", ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, y en consecuencia autorízase a la LIBRE ADJUDICACION de los lotes que se recepcionan, de conformidad con el siguiente cuadro de áreas: