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Pág. 180446 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de noviembre de 1999 26574 del 3.ENE.96 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-IN del 23.MAY.97, Ley de Simplificación Administra- tiva Nº 25035 del 11.JUN.89 y Ley Orgánica del Ministerio del Interior, Decreto Legislativo Nº 370; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalización a don: An Yem TAM YE y proceder a su inscripción en el Registro respectivo. Artículo 2º.- Extender al interesado el Título de Nacio- nalidad correspondiente, previa presentación de la Escritura Pública en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 14519 JUSTICIA Aprueban traslado de internas para que cumplan el resto de su condena en los EE.UU. RESOLUCION SUPREMA Nº 242-99-JUS Lima, 20 de noviembre de 1999 Visto el OF. RE (LEG) Nº 2-19-B/309 de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, que adjunta la Nota Nº 539 de fecha 4 de agosto de 1999, de la Embajada de los Estados Unidos de América en Lima y el Oficio Nº 944-99-INPE/P del Instituto Nacional Penitenciario relacionado con la solicitud de la interna de nacionalidad estadounidense JENNIFER MARIE DA- VIS, quien solicita acogerse al Tratado entre la Repúbli- ca Peruana y los Estados Unidos de América, sobre cumplimiento de Condenas Penales; CONSIDERANDO: Que con Nota Nº 539 la Embajada de los Estados Unidos de América, ha solicitado el traslado de la interna de nacio- nalidad estadounidense, JENNIFER MARIE DAVIS quien actualmente goza del beneficio de semilibertad, con la fina- lidad que cumpla con el resto de la pena impuesta en el Perú en su país de origen; Que el Tratado entre la República Peruana y los Estados Unidos de América, sobre Cumplimiento de Condenas Penales, permite que las sentencias impuestas en el Perú a ciudadanos estadounidenses puedan ser cumplidas en establecimientos penales de los Estados Unidos de América; Que mediante la Resolución de fecha 10 de mayo de 1999, la Sala Penal Superior Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas condenó a JENNIFER MARIE DAVIS, a la pena privativa de libertad de 6 años la misma que vencerá el 24 de setiembre del año 2002, por la comisión del delito de tráfico ilícito de Drogas, fijando en cinco mil nuevos soles la reparación civil y 365 días multa e inhabilitación por el término de 2 años; Que, por Resolución de fecha 27 de julio de 1999, el Juzgado Penal Especializado en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, declaró procedente el beneficio de semiliber- tad de la interna de nacionalidad estadounidense, bajo reglas de conducta. Esta Resolución fue confirmada por Resolución de la Sala Penal Transitoria Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, de fecha 26 de agosto de 1999; Que mediante Oficio Nº 944-99-INPE/P el Presidente del Instituto Nacional Penitenciario comunica que el expediente cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección General de Tratamiento del Instituto Nacional Penitenciario; De conformidad con lo dispuesto en el Tratado entre la República Peruana y los Estados Unidos de América, sobre Cumplimiento de Condenas Penales, aprobado por el Decre-to Ley Nº 23124, y los Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el traslado de la interna de nacio- nalidad estadounidense JENNIFER MARIE DAVIS, para que cumpla el resto de la condena impuesta por nuestras autoridades judiciales en los Estados Unidos de América, de acuerdo al beneficio de semilibertad, autorizando al Institu- to Nacional Penitenciario la entrega de la referida interna, conforme el Tratado de la materia. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho de exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Justicia y el Ministro de Relacio- nes Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 14526 RESOLUCION SUPREMA Nº 243-99-JUS Lima, 20 de noviembre de 1999 Visto el OF. RE (LEG) Nº 2-19-B/308 de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, que adjunta la Nota Nº 540 de fecha 4 de agosto de 1999, de la Embajada de los Estados Unidos de América en Lima y el Oficio Nº 943-99-INPE/P del Instituto Nacional Penitencia- rio relacionado con la solicitud de la interna de nacionalidad estadounidense KRISTA ELISE BARNES, quien solicita acogerse al Tratado entre la República Peruana y los Estados Unidos de América, sobre cumplimiento de Condenas Pena- les; CONSIDERANDO: Que con Nota Nº 540 la Embajada de los Estados Unidos de América, ha solicitado el traslado de la interna de nacio- nalidad estadounidense KRISTA ELISE BARNES, quien actualmente goza del beneficio de semilibertad, con la fina- lidad que cumpla con el resto de la pena impuesta en el Perú en su país de origen; Que el Tratado entre la República Peruana y los Estados Unidos de América, sobre Cumplimiento de Condenas Pena- les, permite que las sentencias impuestas en el Perú a ciudadanos estadounidenses puedan ser cumplidas en esta- blecimientos penales de los Estados Unidos de América; Que mediante la Resolución de fecha 10 de mayo de 1999, la Sala Penal Superior Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas condenó a KRISTA ELISE BARNES, a la pena privativa de libertad de 6 años la misma que vencerá el 24 de setiembre del año 2002, por la comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, fijando en cinco mil nuevos soles la reparación civil y 365 días multa e inhabilitación por el término de 2 años; Que, por Resolución de fecha 27 de julio de 1999, el Juzgado Penal Especializado en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, declaró procedente el beneficio de semilibertad de la interna de nacionalidad estadounidense, bajo reglas de con- ducta. Esta Resolución fue confirmada por Resolucion de la Sala Penal Transitoria Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, de fecha 26 de agosto de 1999; Que mediante Oficio Nº 943-99-INPE/P el Presidente del Instituto Nacional Penitenciario comunica que el expediente cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección General de Tratamiento del Instituto Nacional Penitenciario; De conformidad con lo dispuesto en el Tratado entre la República Peruana y los Estados Unidos de América, sobre Cumplimiento de Condenas Penales, aprobado por el Decre- to Ley Nº 23124, y los Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; Estando a lo acordado;