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Pág. 180522 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de noviembre de 1999 Artículo Cuarto.- Las cuotas de amortización no generarán intereses de fraccionamiento pero si se incumplieran con el pago de una o más cuotas, se proce- derá al cobro coactivo, aplicando los intereses correspondientes. Artículo Quinto.- La cobranza coactiva se suspen- derá a la fecha en que el deudor se acoja al Beneficio de Regularización, debiendo en este caso cancelar el 50% de las costas. Artículo Sexto.- En los casos que la deuda materia de acogimiento se encontrara en reclamación, el acogimiento al Beneficio de Regularización implicará su desistimiento, para cuyo efecto deberá adjuntarse fotocopia del recurso de reclamo correspondiente. Artículo Sétimo.- En caso de expedientes de regulari- zación de Licencia (Ocupación de la Vía Pública) presenta- dos con anterioridad a la vigencia del presente beneficio, el recurrente deberá solicitar por escrito el Beneficio de Regu- larización. Artículo Octavo.- Encargar a la Jefatura de Relacio- nes Públicas la difusión del presente beneficio en los medios de comunicación y publicidad. Artículo Noveno.- El Beneficio de Regularización en- trará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y tendrá una vigencia de 60 días. POR TANTO: De conformidad con el Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, lo promulgo en Lurigancho - Chosica a los veintidós días del mes de octubre de mil novecientos noventinueve. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 14102 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Sancionan con destitución a servidora de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 01745 Santa Anita, 23 de noviembre de 1999 Visto, el Informe Nº 019-99-CPPAD/MDSA, de la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplina- rios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 01462 de fecha 13 de octubre de 1999, se dispuso aperturar proceso admi- nistrativo disciplinario a la servidora Gloria Brígida Tapia Rivero, por incumplimiento de funciones, negligencia en el desempeño de los trabajos asignados, reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes impartidas por su Jefe inmediato superior y por realizar actividades distintas a sus labores; El Director de la Oficina de Auditoría Interna, mediante el Memorándum Nº 230-99-OAI/MDSA, remite al Jefe de la Unidad de Personal el Acta de Constatación de fecha 14 de setiembre de 1999, suscrito por el Jefe de la División de la Policía Municipal, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, Jefe de la Unidad de Personal y el Director de la Oficina de Auditoría Interna, donde se verificó que la servidora Gloria Brígida Tapia Rivero no se encontró oportunamente en la Av. Bolognesi con la pista auxiliar de la Carretera Central de la jurisdicción del distrito de Santa Anita, lugar donde fue asignado para la realización en forma adecuada y oportuna sus labores, dicho acto incurrido por la servidora demuestra el incumplimiento de las funciones asignados y desobediencia a las órdenes impartidas por su Jefe inme- diato superior; El Jefe de la División de Policía Municipal, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil a través del Informe Nº 1032-99- DPM/DR/MDSA de fecha 27 de setiembre de 1999, informa al Jefe de la Unidad de Personal que la servidora Gloria Brígida Tapia Rivero no ha cumplido con las funcionesencomendadas, ya que ha permitido que los comerciantes informales se instalen en la esquina de Av. Bolognesi con la pista auxiliar de la Carretera Central de la jurisdicción del distrito de Santa Anita, dicho comportamiento laboral de la servidora mencionada comprueba el incumplimiento de los trabajos asignados, reincidencia en los actos de negligencia de funciones y reiterada resistencia a las órdenes dispues- tas por el Jefe de la División de Policía Municipal, Seguri- dad Ciudadana y Defensa Civil; La servidora Gloria Brígida Tapia Rivero, no desvirtúa los cargos que le han sido imputados, estableciéndose que la referida servidora ha incumplido con lo dispuesto en el Artículo 21º incisos a), c) y normas conexas del Decreto Legislativo Nº 276, incurriendo la mencionada servidora en faltas de carácter disciplinaria previstas en el Artículo 28º incisos a), b), d) y normas concordantes del Decreto Legis- lativo Nº 276; Que, conforme lo establece el Artículo 27º del Decreto Legislativo Nº 276, los grados de sanción corresponden a la magnitud de las faltas, según su menor o mayor gravedad; sin embargo, su aplicación no será necesariamente correla- tiva ni automática, debiendo contemplarse en cada caso, no sólo la naturaleza de la infracción sino también los antece- dentes del servidor, constituyendo reincidencia serio agra- vante. En el presente caso la servidora Gloria Brígida Tapia Rivero registra antecedentes relacionados con las faltas disciplinarias imputados, que han sido materia del presen- te proceso administrativo disciplinario; Que, estando al Informe Nº 019-99-CPPAD/MDSA de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios, Artículo 26º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción de Destitución a la servidora Gloria Brígida Tapia Rivero, por haber incurrido en la comisión de las faltas administrativas de carácter disciplinaria tipificados en el Artículo 28º incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 y por incumplimien- to de lo establecido en el Artículo 21º incisos a), c) y normas concordantes del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 14600 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 054-99-MVES Por Oficio Nº 093-99-SG/MVES la Municipalidad de Villa El Salvador solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 054-99-MVES, publicado en nuestra edición del día 21 de noviembre de 1999, en la página 180462. DICE: Villa El Salvador, 26 de octubre de 1999 Visto: La Moción de Orden del Día, presentada por el Regidor JAIME ZEA USCA; DEBE DECIR: Villa El Salvador, 26 de octubre de 1999 Visto: La Moción de Orden del Día, presentada por el Regidor JAIME ZEA USCA, referida a la Resolución de Alcaldía Nº 209-99-ALC/MVES; 14551