Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 1999 (24/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, se advierte que la citada docente, no sustenta legalmente la aprobacion de los Titulos de Licenciado en Educacion por la Modalidad Automatica, por el contrario pretende eximirse de responsabilidad al otorgarle condicion de organo revisor de los actos del Decano al Pleno de la Comision de Reorganizacion de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, pretende ignorar la vigencia del Articulo 22º de la Ley Universitaria Nº 23733, modificado por el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 739 y de las normas academicas como son: la Resolucion Nº 22388-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988 que aprueba el Reglamento General de la UNE, la Resolucion Nº 114-92-R-UNE, de fecha 24 de febrero de 1992, Articulo 2º de la Resolucion Nº 307-94-R de fecha 18 de MORDAZA de 1994, incisos a) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, la ex Decana Mg. MORDAZA Sumarriva MORDAZA, al contestar el pliego de cargos acepta haber incumplido el inciso "c" del Articulo 69º del Reglamento General de la Universidad, esto es, el deficiente control de documentos emitidos por su Facultad, como son: deficiencias en los libros de actas del Consejo de Facultad, deficiencia en el control de los cuadernos de cargo de las Resoluciones Decanales, como en la numeracion y archivo de las mismas, la docente procesada no pudo desvirtuar los cargos formulados en su contra; Que, en consecuencia la docente Mg. MORDAZA Sumarriva MORDAZA actuo con negligencia en el ejercicio de sus funciones como Decana de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, al aprobar indebidamente y sin sustento legal los Titulos Profesionales de Licenciados en Educacion por la Modalidad "Automatica", interpretando en forma antojadiza las normas que rigen la aprobacion de Titulos Profesionales de Licenciado en Educacion, lo que comprueba una vez mas los cargos imputados en su contra los mismos que se encuentran contenidas en la Resolucion Nº 0853-99-PCR-UNE de fecha 5 de octubre de 1999, los mismos que no han sido desvirtuados por la docente procesada; Que, con fecha 28 de octubre de 1999, la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de esta MORDAZA Superior de Estudios, en cumplimiento del Articulo 171º del D.S. Nº 005-90-PCM Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, notifico a los docentes procesados, a fin que sustenten oralmente sus argumentos de defensa; habiendose presentado tres docentes procesados, a excepcion del Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien renuncio voluntariamente a ejercer su derecho de defensa; Que, en merito a los hechos expuestos, se advierte que existen evidencias razonables de negligencia en el desempeno de sus funciones de los Docentes procesados, ex Decanos de la Facultad de Humanidades: Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA -Docente Cesante- y Mg. MORDAZA MORDAZA SALGADO; asi como de los docentes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA SUMARRIVA MORDAZA, ex Decanos de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, por haber transgredido lo dispuesto en el Articulo 22º de la Ley Universitaria Nº 23733, modificado por el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 739; Articulo 3º de la Resolucion Nº 114-92-R-UNE; inciso c), h), j) y r) del Articulo 69; Articulo 6º del Reglamento de Titulacion aprobado por el Articulo 2º de la Resolucion Nº 307-94-R-UNE, de fecha 18 de MORDAZA de 1994; e inciso "b" del Articulo 184º, Articulo 449º, concordante con el inciso f) del Articulo 453º del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolucion Nº 22388-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988, y Articulos 25º, 27º incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276º concordante con los Articulos 163º y 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM- Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, de los hechos expuestos se infiere que los ex Decanos de la Facultad de Humanidades y Ciencias de esta MORDAZA Superior de Estudios, tienen plena responsabilidad administrativa, asimismo, existen indicios razonables de la presunta comision del ilicito penal por haber inducido a error a la Autoridad y obtener Resolucion contraria al texto expreso de la Ley, conducta prevista en el Articulo 416º del Codigo Penal vigente, motivo por el cual, estos hechos deberan ser investigado por las instancias competentes; Que, el Pleno de la Comision de Reorganizacion de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 31 de marzo y continuada el 1 y 2 de MORDAZA de 1998, acordo que el Presidente de la Comision de Reorganizacion de esta MORDAZA Superior de

Estudios, reasume sus atribuciones y funciones contenidas en el inciso b) del Articulo 33º de la Ley Nº 23733 y los incisos b) y e) del Articulo 27º del Estatuto de la UNE, asi como los incisos b), f) y n) del Articulo 37º del Reglamento General de esta MORDAZA Superior de Estudios, conforme se advierte del texto de la Resolucion Nº 0162-A-98-PCR-UNE de fecha 2 de MORDAZA de 1998; Que, es necesario indicar, que el Informe Nº 004-99/OAI evacuado por la Oficina de Auditoria Interna de la UNE constituye prueba plena Preconstituida de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del Articulo 16º de la Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, para la iniciacion de procesos administrativos y disciplinarios en las entidades publicas; De conformidad con lo expuesto en el Informe Legal Nº 291-99-AL de fecha 5 de MORDAZA de 1999, expedida por la Oficina de Asesoria Legal de la Asamblea Nacional de Rectores; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios; y, En uso de sus atribuciones conferidas en el Articulo 4º de la Ley Nº 26457, modificado por el Articulo 3º de la Ley Nº 26614 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26797 y 26880 concordante con lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 33º de la Ley Nº 23733 y estando a lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 411-97-PCM, de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTITUCION e INHABILITACION para desempenarse en la Administracion Publica, bajo cualquier forma o modalidad, en un periodo no menor de cinco (5) anos, contra los ex Decanos de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, por haber incurrido en la comision de faltas de caracter disciplinario en el ejercicio de sus funciones, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos Ut Supra. Los citados ex Decanos son los siguientes: - Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesora Principal cesante y ex Decana de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle. - Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesor Principal a Dedicacion Exclusiva, ex Decano de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle. - Mg. Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesor Principal a Dedicacion Exclusiva, Ex-Decano de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle. - Mg. Sc. MORDAZA SUMARRIVA MORDAZA, Profesora Principal a Tiempo Completo, ex Decana de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de Educacion "Enrique MORDAZA y Valle", que inserte en los legajos personales de los docentes procesados la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR al Asesor Legal Externo, encargado de los Asuntos Judiciales de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, para que proceda a formular denuncia penal contra los ex Decanos descritos en el Articulo 1º de la presente Resolucion, por haber incurrido en delito tipificado en el Articulo 416º del Codigo Penal vigente. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR: A la Comision de Educacion, Cultura y Deporte del Congreso de la Republica, Asamblea Nacional de Rectores, Contraloria General de la Republica. Articulo 5º.- ENCARGAR: A la Oficina de Secretaria General de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial el Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 14596

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