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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (24/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

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Pág. 180520 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de noviembre de 1999 pactadas con otros operadores a los cuales brinda el servicio de enlaces de interconexión vía transporte no conmutado. Sin embargo, el criterio de clasificación de rangos por número de enlaces difiere en sus dos rangos mayores. Los dos rangos menores (hasta 4 E1s y de 5 a 16 E1s) coinciden con los establecidos por Telefónica a otros operadores. Dado que los niveles de cargos establecidos en los dos menores rangos por número de enlaces son menores a los cargos que actualmente Telefónica cobra a otros operado- res, esta Gerencia General considera que dichos niveles son más convenientes para el consumidor final en la medida que los cargos de enlaces tiendan a reflejar sus costos reales de provisión, y por lo tanto se aprueba la vigencia de los cargos de dichos rangos menores de enla- ces, sin menoscabo de que posteriormente dichos niveles puedan ser variados frente a decisiones que considere conveniente el órgano regulador. Asimismo, OSIPTEL considera conveniente señalar que por el principio de no discriminación, y la sujeción de Perú a los acuerdos que, sobre materia de telecomunicaciones, ha suscrito en el seno de la Organización Mundial de Comercio, los otros operadores a quienes se le brinda prestaciones equivalen- tes, tienen el derecho de solicitar la adecuación de sus cargos de enlaces, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 25º del Reglamento de Interconexión. Esta Gerencia General considera pertinente señalar que la aprobación parcial de la tabla se realiza debido a que el número de enlaces a utilizarse en la interconexión correspondiente se encuentra dentro de los rangos apro- bados. En consecuencia, corresponde a esta Gerencia General disponer la aprobación del referido contrato de interco- nexión, efectuando las precisiones del caso. De conformidad con lo establecido en el Artículo 49º del Reglamento de Interconexión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el contrato de interconexión a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución, y las cláusulas primera, segunda y tercera –sólo respecto de los dos primeros rangos de la tabla de cargos- de su Adden- da. Artículo 2º.- Los términos de la presente relación de interconexión se adecuarán a las disposiciones que sobre la materia dicte OSIPTEL, de ser el caso. Artículo 3º.- La normativa que establezca el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción en materia de numeración y señalización será aplicable a la presente relación de interconexión. Artículo 4º.- El Anexo I.F (Ordenes de Servicio de Interconexión) es aplicable a las solicitudes de nuevos puntos de interconexión por parte de Global Village Tele- com del Perú S.A. Artículo 5º.- La relación de interconexión entrará en vigor desde el momento de la vigencia de la presente resolución. Artículo 6º.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir de su notificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GEOFFREY CANNOCK TORERO Gerente General 14589 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Delegan administración de vías a la Municipalidad Distrital de Chorrillos para efectos de aplicación de la Orde- nanza Nº 210 DECRETO DE ALCALDIA Nº 106 Lima, 14 de octubre de 1999EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, el Concejo Metropolitano de Lima, mediante Orde- nanza Metropolitana Nº 210 de 29 de diciembre de 1998, aprobó el Reglamento para Publicidad Exterior en la pro- vincia de Lima; Que, conforme a lo previsto en el Título V, Capítulo II, Primera Disposición Final de la indicada Ordenanza, me- diante Decreto de Alcaldía el Alcalde Metropolitano podrá delegar a las Municipalidades Distritales que lo soliciten y acrediten contar con la infraestructura y recursos necesa- rios, la administración de vías a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 127, Sistema Vial Metropolitano de Lima; Que, el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, con Oficio Nº 1708-99-ALC-MDCH, ha solicita- do a la Municipalidad Metropolitana de Lima se delegue en la Municipalidad de Chorrillos la administración de vías que a la fecha se encuentran bajo la administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima, expresando y acre- ditando contar con la infraestructura y recursos necesarios; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853 y la Primera Disposición Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 210, con la visa- ción conforme de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y a la Oficina General de Asuntos Jurídicos; DECRETA: Artículo Unico.- Deléguese en la Municipalidad Dis- trital de Chorrillos, para los efectos de la aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 210 Reglamento para Publicidad Exterior en la provincia de Lima, la administración de las vías que conforme a la Ordenanza Municipal Nº 127, Sistema Vial Metropolitano, están a cargo de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 14598 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el Ejercicio 2000 de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1726-99-MDCH Chorrillos, 5 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26850, Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 3º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98- PCM establece que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año fiscal correspondiente; Que la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racio- nalización en coordinación con la Oficina de Administra- ción han propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones para el año 2000, en el cual se consolida la información de las Licitaciones y Concursos Públicos que se realizarán de acuerdo a los requerimientos formulados por las dependencias de la Municipalidad en concordancia con la Directiva Nº 007-99-EF/76.01: Directiva para la Progra- mación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el año 2000 aprobado con Resolución Directoral Nº 039-99-EF/76.01 y que estarán debidamente coberturados en el Presupuesto