Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 1999 (24/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de noviembre de 1999

LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA

La solicitud presentada por el Banco MORDAZA MORDAZA, para que se le otorgue prorroga para la enajenacion de los bienes recibidos y adjudicados en cobro de acreencias conforme a lo previsto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, el numeral 5 de la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23 establece que, las empresas que hayan recibido bienes adjudicados o recuperados deberan mantener de las provisiones por la clasificacion del deudor, un equivalente al 20% del valor neto en libros de dichos bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados. Asimismo, dispone que a partir del primer mes de la recuperacion o adjudicacion de los bienes, las empresas deberan constituir adicionalmente, dentro de los cinco (5) dias posteriores al vencimiento de cada mes, una provision mensual equivalente a un dieciochoavo (1/18) del valor neto en libros de dichos bienes, menos la provision senalada inicialmente; De acuerdo con el Informe Nº ASIF "A" 197-OT/99, y con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 0807-99 de fecha 99.8.26; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley Nº 26702; para que el Banco MORDAZA MORDAZA proceda con la enajenacion del bien inmueble que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco MORDAZA MORDAZA, sin que MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el numeral 5 de la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca RESOLUCION SBS Nº 1011-99 BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702 - LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS)
MORDAZA DE DESCRIPCION/ BIEN UBICACION FECHA DE ADJUDICACION VALOR EN LIBROS (En Nuevos Soles) 313,280.43 PRORROGA DE TENENCIA 27 de MORDAZA del 2000

Autorizan a empresa de seguros la apertura de oficina especial en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1020-99 San MORDAZA, 16 de noviembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por WIESE AETNA Compania de Seguros, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial de Atencion al Cliente, ubicada en MORDAZA MORDAZA Nº 275, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del numeral 2.1. de la Circular Nº S569-97 la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia, la apertura de su oficina; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones de Seguros "A", mediante Informe Nº 069-99-ISA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº S-569-97; y, en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 003-98 de fecha 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a WIESE AETNA Compania de Seguros, para la apertura de una Oficina Especial de Atencion al Cliente, ubicada en MORDAZA MORDAZA Nº 275, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 14559

Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 1025-99 MORDAZA, 18 de noviembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zarich, para que se le autorice la inscripcion en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 483-91 de fecha 20 de agosto de 1991, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Comision Calificadora de Ajustadores y Peritos de Seguros, en la Sesion Nº 79, celebrada el 16 de noviembre de 1999, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y,

Inmueble MORDAZA San MORDAZA Nº 812, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA

27 de noviembre de 1999

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