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Pág. 180521 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de noviembre de 1999 para el año 2000 de la Municipalidad, el mismo que resulta necesario aprobar; De conformidad con la Ley Nº 26850, Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, su reglamento aprobado con D.S. Nº 039-98-PLM y Resolución Directoral Nº 036- 99EF/76.01, que aprueba la Directiva Nº 007-99-EF/76.01, y a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones para el ejercicio 2000, de la Municipalidad Distrital de Chorrillos el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración su implementación de acuerdo a los objetivos institucionales de la Municipalidad. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional poner a disposición del público el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobados en el Artículo Primero de la presente Resolución, en concordancia con el Artículo 3º del D.S. Nº 039-98-PCM. Regístrese y comuníquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 14599 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Conceden exoneración de deudas por Tasa de Licencia de Funcionamiento ORDENANZA Nº 057-A-99-SEGE-07-MDEA El Agustino, 20 de octubre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: El Concejo Municipal de El Agustino, en Sesión Ordina- ria del día 15 continuada el 19 de octubre de 1999, el pedido de Regidor señor Carlos Romo Retes, Presidente de la Comi- sión de Rentas e Informática de esta Municipalidad respecto a la Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que establecen los Artículos 74º, 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, concordante con los Artículos 2º y 10º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, esta Municipalidad como Organo de Gobierno Local, tiene autonomía política, admi- nistrativa y económica en los asuntos de su competencia, ente las que se encuentran la creación, modificación, supre- sión o exoneración de sus contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias, dentro de su jurisdicción y con los límites que le señala la Ley; Que, es política de esta Administración Municipal, brin- dar las máximas facilidades a los contribuyentes de la jurisdicción, a efecto de que éstos puedan ponerse al día en sus adeudos que tienen con la Municipalidad de El Agusti- no; Por tanto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, Decreto Legisla- tivo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, Código Tribu- tario, por votación unánime y con dispensa de aprobación de acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establézcase en la jurisdicción del distrito de El Agustino, la Exoneración del pago del 50% de las deudas por Tasa de Licencia Municipal de Funciona- miento, para los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999, cuya vigencia iniciará a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano.Artículo Segundo.- Condonar los intereses morato- rios, reajustes de la deuda tributaria, multas por omisión a la presentación de la Declaración Jurada de Tasa de Licen- cia Municipal de Funcionamiento, debiendo suspenderse todo procedimiento coactivo y el cobro por costas procesales. Artículo Tercero.- La exoneración concedida en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, vence el 31 de diciembre de 1999. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Rentas, Dirección de Cobranzas Coactivas, así como a la Unidad de Informática el cumplimiento de la presente disposición. Artículo Quinto.- La Secretaría General del Concejo, agenciará la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza, quedando encargada la Unidad de Imagen Institucional en coordinación con la Oficina de Participación Vecinal de su difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO Alcalde 14556 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA Establecen beneficio de regularización aplicable a deudas por concepto de licencia temporal para comerciantes que operan kioscos y puestos en la vía pública ORDENANZA Nº 006/CDL Chosica, 22 de octubre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHO- SICA, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, del Informe Nº 759-99/DR-MDLCH se infiere que ante la alta congestión de deudas de los comerciantes que ocupan la vía pública se debe acceder a lo solicitado por la Federación de Comerciantes Informales de Chosica me- diante Oficio Nº 042-JD/FETACH; Que, el Artículo 41º del Código Tributario establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren y conceder fraccio- namiento para el pago de la deuda tributaria; Que, mediante Dictamen de Comisión Nº 03-99/CEPPI, la Comisión de Economía, Presupuesto, Planificación e Informática aprueba el informe antes citado, proponiendo al Concejo el respectivo proyecto de Ordenanza; Que, con el debate correspondiente conforme consta en actas; y, Sometido a votación en la forma reglamentaria el Con- cejo por mayoría, aprobó la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- Establézcase el Beneficio de Regu- larización aplicable a las deudas por concepto de Licencia Temporal por operar la actividad económica en la vía pública (Kioscos y Puestos) generadas hasta el 31.12.98 cualquiera fuese el estado en que se encuentren. Artículo Segundo.- El presente Beneficio condona los factores de reajuste e intereses moratorios. Artículo Tercero.- La deuda podrá ser cancelada al contado o fraccionadamente hasta en (6) seis cuotas men- suales no menores a CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40.00).