Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 1999 (14/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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nistrativos y Disciplinarios de esta Universidad, cargos que le imposibilitaron tener conocimiento de todos los expedientes, que ingresaron formalmente al suspendido Tribunal de Honor de la UNE; Que, como sustento de su derecho de defensa, el citado docente adjunta el oficio N° 002-99-NFC-MTH de fecha 31 de agosto de 1999, mediante el cual, el citado docente reitera una vez mas, al ex Presidente del Tribunal de Honor de esta MORDAZA Superior de Estudios, que le informe si existen expedientes pendientes de dictamen por parte del Tribunal de Honor de la UNE y que convoque a reunion, sin encontrar respuesta alguna a dicha peticion, hechos que demuestran ausencia de responsabilidad del referido docente, respecto de los cargos imputados en su contra; En consecuencia, del analisis de las pruebas presentadas como descargo por el Dr. MORDAZA FUTURE CUTIRE, se concluye, que no tiene responsabilidad alguna en los hechos investigados, evidenciandose su alto MORDAZA de colaboracion para esclarecer la verdad y el cumplimiento de sus obligaciones como docente universitario, por lo que debe ser absuelto de los cargos imputados; Que, en relacion al docente M. Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del suspendido Tribunal de Honor de esta MORDAZA Superior de Estudios, fue debidamente notificado a fin que cumpla con realizar los descargos correspondientes en el plazo de Ley, ante la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle; Que, es necesario indicar que el referido docente procesado, solicito prorroga de cinco dias adicionales, plazo que fue concedido por el citado organo disciplinario, a fin de garantizar el derecho de defensa del docente M. Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del suspendido Tribunal de Honor de la UNE, sin embargo, haciendo caso omiso y renunciando a su derecho de defensa, no cumplio con absolver los cargos formulados en su contra; asimismo, no se presento al informe oral concedido conforme a Ley, por lo que el organo disciplinario acordo dar por no presentados los descargos y por respondidos en sentido afirmativo y por ciertos los cargos contenidos en el pliego interrogatorio, subsistiendo plenamente los cargos de negligencia en el desempeno de cargos y encargos oficiales, previstos en el Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolucion Nº 223-88-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988 concordante con el Articulo 25º, incisos a), b), d), del Articulo 28º del Decreto Legislativo N° 276 y Articulos 163º, 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, respecto de la ex docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no cumplio con presentar la Absolucion al Pliego Interrogatorio de Cargos, notificado por la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de esta MORDAZA Superior de Estudios en el plazo de Ley, porque el referido organo disciplinario, acordo dar por no presentada la absolucion correspondiente, y considerar por ciertos y respondidos afirmativamente los cargos contenidos en el pliego interrogatorio. Que, asimismo, a fin de garantizar el derecho de defensa de la ex docente procesada, el referido organo disciplinario, cito a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de Informar Oralmente sobre la absolucion al pliego de cargos de manera personal o a traves de sus apoderados, incumpliendo con asistir el dia cinco (05) de octubre de 1999, a horas 10:20 a.m., a pesar de estar debidamente notificada conforme a Ley, hecho que demuestra la renuncia voluntaria a ejercer su derecho de defensa y a dar por MORDAZA los cargos imputados en su contra; Que, en merito a los hechos expuestos se advierte que existe evidencias razonables de Negligencia en el Desempeno de Cargos y Encargos Oficiales, de los docentes procesados: M. Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del Tribunal de Honor de la UNE, Mg. Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Docente cesante y ex miembro del suspendido Tribunal de Honor de esta MORDAZA Superior de Estudios, en consecuencia los docentes MORDAZA senalados, incumplieron, lo prescrito en los Articulos 449º, concordante con los incisos a) y b) del Articulo 451º, inciso a) del Articulo 452º, 456º y 462º del Reglamento General de la UNE, aprobado mediante Resolucion N° 223-88-R de fecha 12 de MORDAZA de 1988, concordante con el Articulo 25°, incisos a), b) y d), del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276º y Articulos 163º y 173º, 174º del Decreto Supremo N° 005-90-PC-Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle; De conformidad con lo previsto en el inciso b) del Articulo 33º de la Ley N° 23733- Ley Universitaria, concordante con lo previsto en el Articulo 84º, 85º del Decreto Supremo Nº 002-94-

JUS - Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, modificado por las Leyes Nºs. 26654, 26810 y 26960; En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 4º de la Ley Nº 26457 modificado por el Art. 3º de la Ley Nº 26614 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26797 y 26880 y a lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 411-97-PCM de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ABSOLVER: a don MORDAZA FUTURE CUTIRE, Docente Ordinario y ex Decano de la Facultad de Tecnologia de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, de los cargos imputados en la Resolucion Nº 0729-99-PCR-UNE, de fecha 26 de agosto de 1999, por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- IMPONER: a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Docente Ordinario y ex Decano de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, la Medida Disciplinaria de CESE TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES de un (1) mes por los fundamentos expuestos Ut Supra. Articulo 3º.- IMPONER: a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Docente Cesante y ex Decana de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, la Medida Disciplinaria de CESE TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES de un (1) mes, conforme a los fundamentos expuestos Ut Supra. Articulo 4º.- DISPONER: que la Oficina de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA proceda a insertar la presente Resolucion, en el respectivo legajo personal de los docentes descritos en los articulos precedentes. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR: la presente Resolucion a la Comision de Educacion y Cultura del Congreso de la Republica, Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 6º.- ENCARGAR: a la Secretaria General de Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Secretario General 13083

INDECOPI
Disponen la aplicacion de derechos antidumping provisionales ad valorem FOB a las importaciones de tablas MORDAZA "bodyboard" de correr olas, de recreo y MORDAZA "kickboard" para piscinas originarias y/o procedentes de la Republica Popular China y sobre las importaciones de tablas MORDAZA "bodyboard" de correr olas originarias y/o procedentes de Taiwan
N. de E.- Se publica por MORDAZA vez consecutiva la siguiente resolucion conforme a lo dispuesto en el Articulo 19º del D.S. Nº 133-91-EF. COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS RESOLUCION Nº 023-1999/CDS-INDECOPI MORDAZA, 1 de octubre de 1999 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI
Vistos, el Decreto Supremo Nº 133-91-EF, el Decreto Supremo Nº 051-92-EF, el Decreto Supremo Nº 043-97-EF del

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