Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 1999 (14/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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lucion Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; PUERTO: CALLAO PRODUCTO Arveja MORDAZA VAPOR "Wilson" BULTOS BRUTAS 600

Articulo 1º.- Aceptar la donacion procedente del Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, consistente en:

TONELADAS NETAS 30.068

TONELADAS FOB US$ 30.000

VALOR CIF US$ 9,600.00

VALOR 14,718.64

Articulo 2º.- Utilizar el referido volumen de alimentos en el MORDAZA de la Enmienda del Plan de Operaciones del Proyecto "Asistencia Alimentaria a Grupos de Mujeres, Escolares Primarios y Pacientes Tuberculosos Ambulatorios" PER 2341-II. Articulo 3º.- Agradecer al Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas por su importante contribucion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los terminos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 13018 RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 461-99-PRONAA/P MORDAZA, 7 de octubre de 1999 VISTA: Las Solicitudes de Caritas del Peru, formuladas mediante las Cartas Nºs. C8.735/99.108, C8.736/99.110, C8.710/ 99.102, C8.711/99.105, C8.738/99.107, C8.716/99.103, C8.714/99.104, C8.715/99.101, C8.740/99.109, C8.739/ 99.111, C8.712/99/100 y C8.713/99.106 de los meses de agosto y setiembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando Nº 890-99-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por Caritas del Peru, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA el arribo de la Nave "Wilson" a los puertos peruanos de Matarani, Callao y Salaverry, trayendo diversos alimentos correspondientes a la ayuda alimentaria para el ano 1999; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru celebraron un Convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario No Lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del Instrumento citado, el 16 de MORDAZA de 1999 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los PUERTO: MATARANI PRODUCTOS Trigor/Bulgur Harina de Maiz con Soya Harina de Trigo Aceite Vegetal TOTAL BULTOS 3,942 7,584 10,000 3,792 25,318 TONELADAS BRUTAS 197.547 192.644 501.134 77.918 969.243

Estados Unidos de MORDAZA, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 86,150 toneladas metricas de alimentos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 29,750 tm. se usaran en Programas de Distribucion Directa y 56,400 tm. se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo I: Aceptacion de la Donacion del referido Instrumento, la donacion esta sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la distribucion directa y monetizacion seran de propiedad exclusiva de las Agencias Voluntarias de Titulo II, entre las cuales se encuentra Caritas del Peru, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo utilizarlos en los Programas Sociales y de Apoyo Alimentario que ejecutan en el MORDAZA del Plan Nacional de Nutricion y Alimentacion 1998-2000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a Instituciones y Organismos Publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran del tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema Nº 50893-PCM, Resolucion de Contraloria Nº 112-98-CG y Resolucion Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para Caritas del Peru, consistente en:

TONELADAS NETAS 197.100 189.600 500.000 70.005 956.705

VALOR FOB US$ 38,109.32 51,078.20 92,000.16 51,104.62 232,292.30

VALOR CIF US$ 70,953.77 83,664.48 175,260.97 65,289.47 395,168.69

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