Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 1999 (14/10/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 179321

cesiones de Telecomunicaciones - UECT, del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a la MORDAZA de MORDAZA - Suiza, del 8 al 17 de octubre de 1999. Articulo 2º.- El presente viaje no ocasionara gastos al Estado. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberalizacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 13050

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Correos 13046

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

Sancionan con destitucion a servidor por su actuacion como secretario del Tercer Juzgado Especializado en lo Sancionan con multa a empresa por Penal de MORDAZA infraccion al Reglamento de Servicios QUEJA DISTRITAL Nº 37-99 y Concesiones Postales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 020-99-MTC/15.20 MORDAZA, 1 de octubre de 1999 Vista la accion de supervision llevada a cabo a la empresa LUMA COURIER E.I.R.L. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Nº 685 y el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC, para la prestacion del servicio postal se requiere de concesion otorgada por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que con fecha 12 de agosto de 1999, dentro del programa de supervision programado por la Direccion General de Correos se llevo a cabo una visita de inspeccion a las instalaciones de la empresa LUMA COURIER E.I.R.L., con RUC Nº 32726143 ubicada en Palacio Viejo Nº 216 Of. 202, distrito Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, encontrando que la mencionada empresa ha venido ofreciendo el servicio postal sin autorizacion, acto que constituye infraccion de caracter postal tipificada en el inciso a) del Articulo 38º del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales; Que la Direccion de Normas y Supervision Postal mediante Informe Nº 364-99-MTC/15.20.03 de fecha 29 de setiembre de 1999, ha emitido su opinion al respecto, encontrando que debe imponerse la sancion administrativa correspondiente; De conformidad con lo establecido en los Articulos 39º y 43º del Reglamento de Servicios y Concesiones Postales y atribuciones conferidas en el Articulo 8º inciso j) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion General de Correos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 397-95MTC/15.04; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR a la empresa LUMA COURIER E.I.R.L., con una multa equivalente a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al haber incurrido en la infraccion postal indicada en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- El importe de la multa impuesta debera ser abonada en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario contados a partir del dia siguiente de notificada o publicada la presente resolucion en la Tesoreria del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario se procedera a efectuar la cobranza coactiva. Articulo Tercero.- Requerir a la empresa LUMA COURIER E.I.R.L., se abstenga de prestar el servicio postal, en tanto formalice su concesion postal, conforme a Ley. Articulo Cuarto.- La Direccion de Normas y Supervision Postal queda encargada de verificar el cumplimiento de la presente resolucion, emitiendo el informe que corresponda en su oportunidad. MORDAZA, veintisiete de setiembre de mil novecientos noventinueve. VISTOS; el expediente que contiene la Queja Distrital numero treintisiete guion noventinueve, interpuesta ante la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretario del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Arequipa; de conformidad con la propuesta de destitucion formulada por el senor Vocal Supremo - Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del veinticuatro de agosto de mil novecientos noventinueve, y CONSIDERANDO; que con lo actuado ha quedado acreditado el grave cargo atribuido al auxiliar de justicia procesado, quien ha atentado contra la respetabilidad de este Poder del Estado, por lo que corresponde aplicar la medida disciplinaria prevista en el Articulo doscientos once de la Ley Organica del Poder Judicial; por tal motivo, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley numero veintiseis mil quinientos cuarentiseis, sus modificatorias y ampliatorias, en concordancia con el inciso decimo del Articulo ochentidos de la Ley Organica del Poder Judicial, RESUELVE; imponer la medida disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretario del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, comprension del Distrito Judicial del mismo nombre. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 13071

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Convierten organo jurisdiccional de MORDAZA en Juzgado Penal especializado en el delito de Trafico Ilicito de Drogas
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 088-STP-TID MORDAZA, 13 de octubre de 1999 MORDAZA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ESPECIALIZADA EN EL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.