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Pág. 179319 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de octubre de 1999 Artículo 2º.- Utilizar el referido volumen de alimentos en el marco de la Enmienda del Plan de Operaciones del Proyecto "Rehabilitación ecológica de Pequeñas Cuencas Hidrográficas de la Zona Andina" PER 5162. Artículo 3º.- Agradecer al Programa Mundial de Ali- mentos de las Naciones Unidas por su importante contribu- ción. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloría General de la República (CGR) y a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 13019 SALUD Aceptan renuncia de Director Ejecuti- vo de Apoyo Técnico de la Dirección Regional de Salud de Arequipa RESOLUCION SUPREMA Nº 106-99-SA Lima, 7 de octubre de 1999 Vista la renuncia formulada por el doctor Carlos Felipe Palacios Rosado; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar, con efectividad al 1.Oct.99, la renuncia formu- lada por el doctor CARLOS FELIPE PALACIOS ROSADO, al cargo de Director Ejecutivo de Apoyo Técnico de la Dirección Regional de Salud de Arequipa, Nivel F-4, dándo- sele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 13102 M T C Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a presuntos responsables de delito contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 364-99-MTC/15.02 Lima, 27 de setiembre de 1999 VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 02177011, 18698011, 00625011, 28539004, 00614011, 00629011,00640011, 00641011, 00679011, 00677011 y 00710011, organizados en torno a los oficios remitidos por diversas delegaciones de la Policía Nacional del Perú, Informes Nºs. 402, 634, 638, 685, 635, 689, 633, 639, 536, 529 y 632-99- MTC/15.18.05.3 elaborados por la Subdirección de Otorga- miento de Licencias de Conducir y el Informe Legal Nº 295- 99-MTC/15.18.05.AL. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 665-96-MTC/15.15, de fecha 31 de diciembre de 1996, la Dirección General de Circulación Terrestre se encargó del proceso de canje obligatorio de las licencias de conducir, acto que concluyó el 31 de diciembre de 1998, según dispone el Artículo Segundo de la Resolución Direc- toral Nº 083-99-MTC/15.18; Que, después del citado proceso de canje, la Subdi- rección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial ha pro- cedido a revisar, a través de la Base de Datos de Conducto- res, Antecedentes Registrales y Padrón General a su cargo, la autenticidad de las licencias de conducir presentadas por las siguientes personas: Nº APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIAS CAT. 01.- SALA AGUILAR, Javier Enrique F-131882 2-B2 02.- QUISPE HINOSTROZA, César S-006189 2-D 03.- ATUNCAR HUAMAN, Pedro S-013910 2-B2 04.- CARRASCO AGÜERO, Luis Pablo G-348339 2-D 05.- CADENAS DE LA CRUZ, Roberto P-023582 2-C 06.- TRUJILLO PRETEL, Armando Luciano G-321763 2-D 07.- CIPIRAN BERIAN, Juan Antonio X-031909 2-B2 08.- SALCEDO CARRASCO, Máximo Luis G-322894 2-D 09.- CHIPANA URTADO, Hénry S-012945 2-C 10.- SAENZ RUIZ, Christian Omar S-013025 2-C 11.- VALDEZ PABLO, Marino Zoa R-006923 2-D Que, conforme se aprecia en los informes que sustentan esta resolución, la Subdirección de Otorgamiento de Licen- cias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial ha detectado que los números de las licencias de conducir presentadas por los sujetos antes mencionados corresponden a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, por lo tanto se ha determinado que aquéllas son falsas; Que, los hechos descritos constituirían delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resul- tando pertinente autorizar al Procurador Público de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspon- dientes contra las personas referidas en el segundo con- siderando de esta resolución y los que resulten responsa- bles; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspondien- tes contra las personas citadas en la parte considerativa de la presente resolución y los que resulten responsables, por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Direc- ción General de Circulación Terrestre remitirle los antece- dentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 13039PUERTO: CALLAO PRODUCTO VAPOR BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Pescado enlatado "Maipo" 273 213.470 178.214 356,428.00 372,223.80