Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 1999 (14/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de octubre de 1999

Que mediante el escrito del visto, la empresa MEGA CORPORACION DE COMERCIO EXTERIOR S.A. - MEGAX S.A., interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 016-99-PE/DNA, sustentando que la evaluacion y calificacion de los estudios ambientales se realizan en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 232-94-PE y el Decreto Supremo Nº 04-99-PE, precisando ademas que para el desarrollo de su actividad acuicola, contara con un conjunto de acciones preparadas para prevenir y contrarrestar cualquier afeccion al medio ambiente (enfoque precautorio), como resultado del desarrollo de dicha actividad con la precision de los margenes de probabilidad de efectos perjudiciales a la salud, al ambiente, a los recursos naturales, entre otros, como consecuencia de la actividad humana. Asimismo, ha efectuado un analisis de riesgo integral, habiendo designado un comite de emergencia conformado por personal de dicha empresa comprometiendose a asumir las responsabilidades del caso, ante dichas eventualidades; Que con escrito de fecha 2 de MORDAZA de 1999, la empresa recurrente alcanza el mencionado analisis de riesgo a fin de cumplir con el ordenamiento juridico vigente y se compromete a asumir la responsabilidad ante posibles situaciones de emergencia, como son los efluentes liquidos provenientes de las plantas pesqueras, entre otros; Que del analisis de los documentos presentados por la recurrente asi como de los que obran en el expediente, se desprende que la evaluacion del Estudio de Impacto Ambiental, conjuntamente con el analisis de riesgo presentado y los compromisos asumidos por la empresa, han determinado su calificacion favorable por la Direccion de Medio Ambiente, a traves del Oficio Nº 498-99-PE/DIREMA, asimismo, ha cumplido con los demas requisitos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, por lo que deviene en fundado el recurso de apelacion y, en consecuencia, resulta procedente el otorgamiento de la concesion para desarrollar la actividad de acuicultura con el recurso "concha de abanico" (Argopecten purpuratus) en la MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, a favor de MEGA CORPORACION DE COMERCIO EXTERIOR S.A. - MEGAX S.A.; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 8º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810 y, el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas mediante Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto por la empresa MEGA CORPORACION DE COMERCIO EXTERIOR S.A. - MEGAX S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 016-99-PE/DNA de fecha 4 de MORDAZA de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Otorgar a la empresa MEGA CORPORACION DE COMERCIO EXTERIOR S.A. - MEGAX S.A., concesion para desarrollar la actividad de acuicultura con el recurso "concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de quince hectareas y cuatro mil metros (15.4 Has.) ubicada en la MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE A B C D A B C D A B C D LATITUD SUR 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 13° 50' 21.4" 25.8" 32.4" 28.9" 17.2" 20.7" 28.0" 24.5" 12.8" 16.3" 23.6" 20.1" LONGITUD OESTE 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 76° 15' 29.1" 24.9" 29.8" 35.5" 35.4" 30.6" 35.8" 40.6" 41.4" 36.6" 41.8" 46.6"

Articulo 4º.- La concesion a que se refiere el articulo precedente se otorga por un plazo de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, debiendo la beneficiaria cumplir con lo siguiente: a) Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte o altere el medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico del sistema MORDAZA circundante. b) Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion de area de mar. c) Tramitar ante la Direccion Nacional de Extraccion el permiso correspondiente para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del area de la concesion otorgada. d) Presentar Informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura, con MORDAZA a la Direccion Regional de Pesqueria Ica, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. e) La transferencia de la propiedad o posesion de las respectivas instalaciones acuicolas debera ser comunicada a la Direccion Nacional de Acuicultura. Articulo 5º.- La utilizacion del objeto de la concesion con una finalidad distinta a aquella por la cual se otorgo, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, no acreditar la ejecucion de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolucion Directoral, seran causales de caducidad o reversion del derecho concedido y estara sujeta a las sanciones que correspondan. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Viceministerial a la Direccion Regional de Pesqueria Ica y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARRUS ROKOVICH Viceministro de Pesqueria 13021

Aprueban cambio de nombre de titular de licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 128-99-PE/DNPP MORDAZA, 7 de octubre de 1999 Visto el escrito con Registro Nº CE-00165003 de fecha 23 de setiembre de 1999, presentados por FIMA S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 532-97-PE, de fecha 9 de octubre de 1997, se otorgo a CORPORACION PESQUERA ILO S.A. licencia de operacion, para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial ubicado en el distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento de materia prima; Que el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 10794-PE de fecha 15 de marzo de 1994, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita el cambio de nombre de titular de la licencia de operacion otorgada a CORPORACION PESQUERA ILO S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 532-97-PE, a favor de FIMA S.A. en virtud de la cesion de posicion contractual efectuada por la primera a favor de la MORDAZA empresa mencionada, en aplicacion de la clausula trigesimo setima del contrato de Arrendamiento Financiero celebrado entre las empresas WIESE LEASING S.A. y CORPORACION PESQUERA ILO S.A. con intervencion de FIMA S.A. mediante escritura publica de fecha 7 de octubre de 1994, otorgada ante Notario Publico de MORDAZA MORDAZA de Osma;

Articulo 3º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha, dentro de las coordenadas que delimitan su concesion.

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