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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (22/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 179560 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de octubre de 1999 te con el Artículo 46º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Procedimientos Administrativos, para la presentación de la referida constancia, que venció el 6.Set.99 sin haber cumpli- do el recurrente con tal requisito, por lo que se considera que la impugnación no ha sido debidamente interpuesta; Que, con fecha 8.Set.99, presentó nuevamente el recur- so impugnativo sin acompañar la constancia a que se refiere el requisito señalado en el Art. 20º del Reglamento de Multas, el que adicionalmente debe considerarse extem- poráneo por haberse presentado fuera del plazo otorgado; Que, a tenor de lo expuesto carece de relevancia analizar el fondo del recurso impugnativo presentado; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Multas aprobado con la Resolución de Contraloría Nº 060- 99-CG del 21.May.99; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar inadmisible el recurso impugnativo interpuesto por el señor GUILLERMO RA- MIREZ VELA, por no haber cumplido con presentar la constancia a que se refiere el Artículo 20º, literal e) del Reglamento de Multas; además de no haberlo presentado dentro del plazo otorgado para su subsanación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 13363 J N E Declaran que alcalde del Concejo Provincial de Chota continúa en ejerci- cio del cargo y convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora RESOLUCION Nº 1630-99-JNE Lima, 21 de octubre de 1999 VISTOS: Las solicitudes de declaratoria de vacancia del cargo de alcalde de Carlos Adolfo Sánchez Arrascue del concejo provincial de Chota, departamento de Cajamarca, por causal de impedimento del desempeño del cargo munici- pal y, la de declaratoria de vacancia del cargo de regidor de Rolando Vitón Torres en el concejo referido, bajo acusación de haber incurrido dicho regidor en las causales de vacancia previstas por el Artículo 26º, incisos 2), 4) y 5), de la Ley Nº 23853, formuladas por el señor Carlos Adolfo Sánchez Arrascue mediante el escrito recibido el 24 de setiembre de 1999; El Oficio Nº 200-99-A-MPCH, recibido el 27 de setiem- bre de 1999, remitido por el señor Carlos Roncal Noriega, teniente alcalde del concejo provincial de Chota, que comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor de Rolando Vitón Torres; y, solicita se convoque al candi- dato correspondiente para que asuma el cargo vacante de regidor; CONSIDERANDO: Que, el señor Carlos Adolfo Sánchez Arrascue, me- diante Oficio Nº 171-99-A-MPCH de fecha 16 de agosto de 1999, corriente a fojas 95, y Oficio Nº 178-99-A-MPCH del 31 de agosto de 1999, corriente a fojas 89, comunicó al concejo provincial de Chota que a partir del primero de setiembre de 1999, dejaría el cargo de alcalde de dicho concejo, por la necesidad de dedicarse a la defensa de sus derechos en diversos procesos judiciales seguidos en su contra y para velar su precario estado de salud, hechos que impedirían el ejercicio de las funciones del cargo municipal que posee; Que, se aprecia de la copia certificada del acta de la sesión ordinaria de concejo de fecha 16 de agosto de 1999, corriente a fojas 130 y vuelta, que los miembros del concejo provincial de Chota se opusieron al cese de las funciones de alcalde del señor Carlos Sánchez Arrascue;y, en la sesión del 23 de agosto del mismo año, cuya acta corre de fojas 131 a 134, el concejo provincial de Chota acordó elevar en consulta a este órgano supremo electoral la solicitud de cese definitivo del cargo de alcalde presen- tada por dicha autoridad; Que, corresponde a los concejos municipales declarar la vacancia de los cargos de alcalde y de regidor, conforme lo dispuesto por el Artículo 36º, inciso 10), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, cumpliendo con el procedi- miento establecido por el Artículo 27º de la ley citada; Que, la declaratoria de vacancia de cargos municipales debe sustentarse por alguna de las causales prevista por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, que los hechos expuestos por el alcalde del concejo provincial de Chota, que estarían contemplados por el Artículo 26º, inciso 1), de la ley acotada, deben acreditarse ante el concejo municipal competente; Que, respecto de la consulta formulada por el conce- jo provincial de Chota, este supremo órgano electoral está facultado sólo para absolver consultas de carácter genérico no referidas a casos concretos, que los organis- mos electorales formulen sobre la aplicación de las leyes electorales, conforme lo previsto por el Artículo 5º, literal p), de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, respecto de la solicitud de declaratoria de vacancia del cargo de regidor de Rolando Vitón Torres, se aprecia que dicho regidor, mediante carta presentada ante el concejo provincial de Chota el 23 de marzo de 1999, docu- mento corriente a fojas 113, comunicó que no podía asistir a partir de dicha fecha a las sesiones del referido concejo por razones de trabajo, por lo que solicitó dicho regidor la declaratoria de vacancia del cargo municipal que posee; Que, el concejo provincial de Chota, con el voto apro- batorio de la mayoría del número legal de sus miembros, en la sesión extraordinaria de fecha 26 de julio de 1999, corriente a fojas 129 y vuelta, declaró la vacancia del cargo de regidor de Rolando Vitón Torres, por estar incurso en las causales de vacancia establecidas por el Artículo 26º, incisos 2), 4) y 5), respectivamente, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, se aprecia de fojas 114 a 116, los informes de fechas 25 y 31 de setiembre de 1999 del secretario general del concejo provincial de Chota, mediante los que se da cuenta de la inasistencia del regidor Rolando Vitón Torres por más de seis oportunidades a las sesiones ordinarias de concejo llevadas a cabo entre el mes de marzo y agosto del presente año, pese haber sido citado a dichas sesiones y posterior- mente notificado personalmente del acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo, como consta a fojas 116, acompañándose copias certificadas de las actas de las sesiones de concejo de fechas 15 de febrero, 1 de marzo, 3 de mayo, 18 de junio, 20 de julio, 26 de julio, 16 y 23 de agosto de 1999, que corren de fojas 109 a 134, que acreditan la inasistencia del regidor vacado a dichas sesiones; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concor- dante con el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipa- les Nº 26864, en caso de vacancia del cargo de regidor, debe incorporarse al suplente de la respectiva lista del regidor vacado, correspondiendo asumir el cargo de regidor del concejo provincial de Chota a la señora Gaudelia Isabel Coronado de Jimenes, integrante de la agrupación inde- pendiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solici- tud de vacancia del cargo de alcalde del concejo provincial de Chota, departamento de Cajamarca, presentada por el señor Carlos Adolfo Sánchez Arrascue, alcalde del citado concejo, debiendo procederse conforme a lo dispuesto por el Artículo 36º, inciso 10), concordante con el Artículo 27º, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Carlos Adolfo continúa ejerciendo el cargo de alcalde del concejo provincial de Chota, elegido para el período 1999-2002. Artículo Tercero.- Declarar fundada la solicitud de convocatoria del candidato correspondiente para que asu- ma el cargo de regidor del concejo provincial de Chota, por la vacancia del cargo de regidor de Rolando Vitón Torres, declarada conforme a ley por el concejo provincial de Chota en la sesión de fecha 26 de julio de 1999.