TEXTO PAGINA: 17
Pág. 179635 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de octubre de 1999 PMBEMT :Precio Medio en la Barra Equivalente de Medía Tensión del Sistema Eléctrico en comparación, en céntimos de S/./kW.h. Artículo Octavo.- El Precio Promedio de la Energía a nivel Generación (PPEG) a que se refiere el Artículo 107º de la Ley de Concesiones Eléctricas será el correspon- diente al Precio de Energía en Horas Fuera de Punta (PEMF) de las Barras Base siguientes: • Para el Sistema Interconectado Centro Norte (S.I.C.N.), Barra Lima 220 kV. • Para el Sistema Interconectado Sur (S.I.S), Barra Socabaya 138 kV. • Para los Sistemas Aislados, S.E.B. Típico B. Artículo Noveno.- Fíjase el valor del Costo de Racio- namiento en 86,58 céntimos de S/./kWh para todos los sistemas eléctricos. Artículo Décimo.- Las condiciones de aplicación de las Tarifas en Barra son las fijadas en la Resolución Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias, en tanto no se opon- gan a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Décimo Primero .- Modifíquese a partir del 1º de noviembre de 1999 el cargo fijado en el cuadro del Artículo Primero, numeral A.2.1), fila “SIS-Resto del SPT”, de la Resolución Nº 004-99 P/CTE, al valor de 2,18 S/./kW-mes. Como consecuencia de esta fijación, modifí- quese a S/. 11 536 307 el valor de S/. 11 064 827 determi- nado en el Artículo Décimo de la Resolución Nº 004-99 P/ CTE. Artículo Décimo Segundo.- Precísase que la regu- lación anual de los costos de transmisión previstos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento corres- ponde a lo dispuesto en la Resolución Nº 004-99 P/CTE y sus modificatorias. Artículo Décimo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1º de noviembre de 1999. Artículo Décimo Cuarto.- Derógase o déjase en suspenso las disposiciones que se opongan al cumplimien- to de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO ZOLEZZI CHACON Presidente Comisión de Tarifas de Energía 13438 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban proyectos de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 407-99/MDC Lima, 17 de setiembre de 1999 VISTO: El Expediente Nº 01514-98-S, seguido por la Empresa de Transportes Santa Luzmila S.A., por el que solicitan la aprobación de los Proyectos de Habilitación Urbana, Ins- cripción Provisional Individualizada de Lotes y autoriza- ción de Ejecución de Obras de tipo Progresivo del terreno de 30,000.00 m2, constituido por la Parcela Nº 69 del predio denominado Punchauca, Condevilla y anexos Con- con y Huacoy, ubicado en el distrito de Carabayllo, provin- cia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de abril de 1998, por la Empresa de Transportes Santa Luzmila S.A., presentó el Expediente Nº 01514-98-S, solicitando aprobación de los Estudios de Habilitación Urbana para el terreno de 30,000.00 m2, constituido por la Parcela Nº 69 del predio denominadoPunchauca, Condevilla y anexos Concon y Huacoy, ubica- do en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; Que, con fecha 15 de octubre de 1999 la recurrente presenta documento solicitando acogerse al silencio ad- ministrativo positivo, en aplicación de lo normado en el numeral 1 del Artículo 4º de la Ley General de Habili- taciones Urbanas Nº 26878, así como del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 022-97-MTC - Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas; Que, la Ley Nº 26878 que aprueba la Ley de Habilita- ciones Urbanas faculta a las Municipalidades Distritales a efectuar los trámites de Habilitación Urbana de los Programas de Vivienda ubicados dentro de su jurisdic- ción; Que, de acuerdo al Certificado de Zonificación y Vías Nº 302-96-MML/DMDU, de conformidad con el Plano Nº 097-MLM-DMDU-ZGLM aprobado por Acuerdo de Con- cejo Nº 069-94 del 11.4.94, con el cual se aprueba para Uso como Vivienda-Taller I-1 R-4 y Residencial de Densidad Media R-4. Asimismo indica en el Plano Nº 731-96-MML/ DMDU-OPDM/DPTN, que corre en el expediente, se encuentra afecto por la Sección Vial A-26 con 68 mts. correspondiente a la Av. Universitaria, forma parte del Plan Vial Metropolitano aprobado por Acuerdo de Conce- jo Nº 287 del 21.12.89; Estando al Informe Nº 006-99-MDC-CDHU/AT de fecha 25 de marzo de 1999, emitido por el Area Técnica y al Informe Nº 003-99-MDC/CDHU-AL de fecha 25 de marzo de 1999 emitido por el Area Legal de la Comisión Distrital Especial de Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853 y la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 022-97- MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, los proyectos de Habilitación Urbana de acuerdo al Plano signado con el Nº 006-99-MDC/CDHU, del terreno de 30,000.00 m2, consti- tuido por la Parcela Nº 69 del predio denominado Pun- chauca, Condevilla y anexos Concon y Huacoy, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de tipo Progresivo, dejando diferida las obras de pavimentación de pistas, construc- ción de veredas y sardineles, ornamentación de parques, muretes de señalización y rampas de minusválidos, AU- TORIZANDO a la Empresa de Transportes Santa Luzmi- la S.A. para que ejecute en el plazo de veinticuatro (24) meses, las obras de energía eléctrica, agua potable, alcan- tarillado y demarcación de lotes del terreno de TREINTA MIL METROS CUADRADOS (30,000.00), cuyos proyec- tos se aprueban debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguien- te: AREA BRUTA 30,000.00 m2 AREA UTIL 16,998.50 m2 AREA DE VIAS 8,986.50 m2 APORTES RNC PROYECTO DEFICIT (*) Area de R. Pública 3.415.00 3,415.00 _._ Area M. Educación 600.00 600.00 _._ El aporte para el Area de Recreación se encuentra ubicado en el Parque Nº 01 con un área de 2,040.55 m2 y Parque Nº 02 con área de 1,374.45 m2. El aporte al Ministerio de Educación es de 600.00 m2. Pavimentos.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesa- rio efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mez- clándose con riesgos sucesivos y cercanos al óptimo conte- nido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2".