Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (11/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 177670 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 01942-99 del 1 de junio de 1999, se declaró en Situación de Urgencia, por un período de 3 (tres) meses, la prestación del servicio de recepción final de residuos sólidos en la jurisdicción del distrito de Los Olivos y se aprobó la contratación de dicho servicio, mediante el procedimiento de Adjudicación Directa de menor cuantía; Que, la Dirección de Servicios a la Comunidad, a través de los Informes de Vistos, señala que estando próxima la culmina- ción de la Situación de Urgencia del servicio de recepción final de residuos sólidos en el distrito, dispuesta mediante Resolu- ción de Alcaldía Nº 01942-99 y subsistiendo las causas que la motivaron, deben realizarse las coordinaciones correspon- dientes a efectos de prorrogar la misma. Asimismo, mediante Memorándum Nº 212-99-MDLO-DSC, informa que en la ac- tualidad la administración edil se haya elaborando las Bases de la convocatoria a Concurso Público para la contratación del referido servicio hasta diciembre de 1999; Que, a través del Informe Nº 432-99-MDLO/OAL, la Oficina de Asesoría Legal, considera que el proceso de Concurso Público para la prestación del servicio de recepción final de Residuos Sólidos demorará aproximadamente veinte días y que el para- lizarlo hasta que culmine el referido proceso traería consecuen- cias nefastas para la población, higiene y salud pública, siendo de la opinión que en virtud a lo dispuesto por los Artículos 19º inciso c) y 21º de la Ley Nº 26850, se amplíe la vigencia de la situación de urgencia declarada con Resolución de Alcaldía Nº 01942-99 por el término de 40 días (contados desde el 1 de setiembre hasta el 12 de octubre de 1999), término durante el cual deberá llevarse a cabo el proceso de selección correspondien- te a efectos de contratar el servicio de octubre hasta diciembre del presente año, facultándose a la administración que mientras tanto contrate el servicio vía adjudicación directa de menor cuantía; Que, el Despacho de Dirección Municipal, a través del Proveído Nº 1267-99 ordena proyectar la Resolución de Alcal- día conforme a lo opinado por la Oficina de Asesoría Legal; Que, las Municipalidades representan al vecindario, pro- mueven la adecuada prestación de los servicios públicos loca- les, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, conforme a lo estipulado por el Artículo 66º, inciso 12) y 71º inciso 4), es función de las Municipalidades Distri- tales en materia de población, salud y saneamiento ambien- tal, ejecutar, sostener o supervigilar, por lo menos, el servi- cio de limpieza pública, ubicar las áreas para la acumulación de basura y/o el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado Nº 26850, en su Artículo 19º inciso c), establece que están exonera- das de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia declaradas. Asimismo, el Artículo 21º del precitado dispositivo señala que se considera situación de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operacio- nes productivas; o cuando la utilización de licitación o concurso no cumpla función alguna, debido a que los bienes no admiten sustitutos o existiendo sustitutos, éstos pueden afectar negati- vamente el servicio o proceso productivo; Estando a lo informado, contando con el visto bueno de la Dirección de Servicios a la Comunidad, Oficina de Aseso- ría Legal, Oficina de Administración y Dirección Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA por el término de cuarenta (40) días, la presta- ción del servicio de recepción final de residuos sólidos en la jurisdicción del distrito de Los Olivos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Dicho período se computará desde el 1 de setiembre hasta el 12 de octubre de 1999. Artículo Segundo.- APROBAR, la contratación del servicio Recepción Final de Residuos Sólidos por el período a que se refiere el artículo precedente, mediante el procedi- miento de Adjudicación Directa de menor cuantía. Artículo Tercero.- DISPONER, se ejecuten las accio- nes que correspondan a efectos de llevar a cabo el proceso de selección conducente a la contratación del servicio de recep- ción final de residuos sólidos en la jurisdicción del distrito de Los Olivos, hasta el mes de diciembre del presente año. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Admi- nistración y Dirección Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución y su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y a la Oficina de SecretaríaGeneral el hacerla de conocimiento del Ministerio de Econo- mía y Finanzas, la Contraloría General de la República y Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 11551 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE NASCA Ratifican aprobación del Plan Director de Nasca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0011-99-AMPN Nasca, 12 de agosto de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE NASCA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Nasca, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de agosto de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 254-97-AMPN de fecha 26 de setiembre de 1997 se aprobó el Plan Director de Nasca, elaborado por el Inadur y presentado en cuatro volúmenes; Que, los planes de Desarrollo Urbano, deben ser elabora- dos por Ordenanza, debiéndose por lo tanto dar rango de Ordenanza a la Resolución de Alcaldía antes citada; Que, el inciso 1) del Artículo 70º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece como atribución de las Municipalidades Provinciales, aprobar, ejecutar y supervi- sar los Planes Integrales de Desarrollo, de acondicionamien- to territorial de la provincia y los Planos Urbanos; Que, tanto la Ley Orgánica de Municipalidades, como el Reglamento de acondicionamiento territorial, desarrollo urbano y medio ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85.VC, establece que el desarrollo local se rige por el Plan Integral de Desarrollo Provincial, el Plan de Acondicio- namiento Territorial, los Planes Urbanos; Que, el Concejo Municipal de Nasca, por acuerdo de Concejo de fecha 4 de agosto de 1999, aprobó elevar al rango de Ordenanza la Resolución de Alcaldía Nº 254-97-AMPN que aprueba el Plan Director de Nasca; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades y el Regla- mento de Acondicionamiento Territorial, aprobado por D.S. Nº 007-85-VC establece que corresponde a las Municipalida- des Provinciales, la oficialización de los Planes Urbanos de su jurisdicción y los formulados por las Municipalidades Distritales. Aprobando la siguiente Ordenanza: Ordenanza para la Elevación de la Resolución de Alcaldía Nº 254-97-AMPN al rango de Ordenanza. Artículo Primero.- ELEVAR al rango de Ordenanza a la Resolución de Alcaldía Nº 254-97-AMPN de fecha 26 de setiem- bre del año 1997, que aprueba el Plan Director de Nasca. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza ratifica la aprobación del Plan Director de Nasca, como principal instrumento del urbanismo y el desarrollo local, otorgándole un especial tratamiento a fin de procurar su legitimidad en la sociedad civil con eficacia hasta el término de su vigencia. Artículo Tercero.- La división de Ingeniería y Desarro- llo Urbano, se encargará del cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. AROLDO CORZO CATALAN Alcalde 10980