NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (11/09/1999)
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Pág. 177669 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de setiembre de 1999 del CTAR-CUSCO, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Modificar el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 144-99-CTAR-CUS- CO/PE del 22 de junio de 1999 sustituyéndose con el siguien- te texto: "Artículo Primero.- Imponer Sanción Administrati- va Disciplinaria de DESTITUCION, al servidor Carlos Mario De la Borda Cusiyupanqui, Cargo Ingeniero II de la Subge- rencia de Desarrollo Social y Productivo de la Gerencia Regional de Operaciones del CTAR-CUSCO, a partir del 22 de abril de 1999"; dejando subsistentes los demás extremos de la mencionada resolución. Artículo Tercero.- La Subgerencia de Personal, otor- gará los beneficios que por ley les corresponda a los servido- res destituidos, previa entrega de sus respectivos cargos. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, inste las acciones judiciales pertinen- tes en contra de los servidores destituidos por la presente resolución, a efecto de recuperar los importes pagados inde- bidamente, como consecuencia de haber accedido a una categoría remunerativa mayor. Regístrese y comuníquese. DARWIN WIESSE MUJICA Presidente Ejecutivo CTAR-CUSCO 11582 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican ordenanza que crea contribución especial de obras públi- cas a aplicarse en área territorial cons- tituida por el Damero de Gamarra ORDENANZA Nº 031-MDLV La Victoria, 9 de setiembre de 1999 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Victoria, en Sesión Extra- ordinaria de 8 de setiembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de agosto de 1999, se publicó la Orde- nanza Nº 027-MDLV, que crea la Contribución Especial de Obras Públicas, la misma que grava los beneficios derivados de la ejecución de obras públicas efectuada por la Municipa- lidad Distrital de La Victoria, en el área territorial constitui- da por el Damero de Gamarra; Que, el Artículo 7º de la referida Ordenanza dispone que en aplicación de los criterios para la determinación de la contribución individual, se establece en los Anexos I y II los importes de las Contribuciones Individuales a cargo de los contribuyentes o responsables; Que, asimismo el Anexo I de la Ordenanza establece el Importe por Contribución Especial de Obras Públicas, tra- tándose de casa habitación o de predios sin edificar; Que, el Artículo 8º establece la forma y el plazo para el pago de la citada Contribución; Que, atendiendo a la situación económica actual por la que atraviesa el país es necesario modificar los plazos para el pago de la Contribución Especial de Obras Públicas; así como los importes contenidos en el Anexo I de la Ordenanza Nº 027-MDLV; Estando, a lo dispuesto por el numeral 3 del Artículo 36º y los Artículos 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por, UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 027-MDLV, en los términos siguientes:"Artículo 8º.- Del Pago de la Contribución La obligación de pago de la Contribución Especial de Obras Públicas, según la alternativa por la que se opte, vence: a) Pago al Contado: 30 de setiembre de 1999. b) Pago fraccionado sin intereses, cuando el pago se efectúe hasta: Primera Cuota :30 de setiembre de 1999 Segunda Cuota :31 de diciembre de 1999 Tercera Cuota :31 de mayo del 2000 Cuarta Cuota :29 de setiembre del 2000 Cada una de las cuotas equivaldrá a una cuarta parte del monto de la Contribución Individual correspondiente" Artículo Segundo.- Modifíquese el Anexo I de la Orde- nanza Nº 027-MDLV, en los siguientes términos: ANEXO I IMPORTE POR CONTRIBUCION ESPECIAL DE OBRAS PUBLICAS USO CASA HABITACION Y PREDIOS SIN EDIFICAR AREA TOTAL CONSTRUIDA / IMPORTE IMPORTE AREA DEL TERRENO CUOTA TOTAL (m2) S/. S/. hasta 60 25,0 100,0 Más de 60 hasta 70 30,0 120,0 Más de 70 hasta 80 35,0 140,0 Más de 80 hasta 90 40,0 160,0 Más de 90 hasta 100 45,0 180,0 Más de 100 hasta 110 50,0 200,0 Más de 110 hasta 120 55,0 220,0 Más de 120 hasta 130 60,0 240,0 Más de 130 hasta 140 65,0 260,0 Más de 140 hasta 150 70,0 280,0 Más de 150 75,0 300,0 DISPOSICION FINAL Primera.- Los contribuyentes que opten por la modali- dad del pago al contado dentro de la fecha establecida en el presente dispositivo (Art. 8º inciso a)) gozarán de un des- cuento del 20% del monto de la contribución individual correspondiente. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSE FORT LAGUARDIA Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 11643 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban la contratación del servicio de recepción final de residuos sólidos mediante adjudicación directa de me- nor cuantía RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 02971-99 Los Olivos, 31 de agosto de 1999 VISTOS: Los Informes Nº 166-99-MDLO/DSC y Nº 174- 99/MDLO/DSC de la Dirección de Servicios a la Comunidad, Nº 432-99/MDLO/OAL de la Oficina de Asesoría Legal, Memorándums Nº 210-99-MDLO/DM y Nº 219-99-MDLO/ DM de Dirección Municipal, Nº 212-99-MDLO-DSC, Proveí- do Nº 1267-99 de Dirección Municipal; y,