NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (11/09/1999)
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Pág. 177663 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de setiembre de 1999 VISTOS: El Recurso de Apelación de fecha 10 de agosto de 1999, interpuesto por la señora Elba Yolanda Plasencia Medina, ex Médico IV de la División Central de Exámenes Médico Legales del Instituto de Medicina Legal, contra la Resolu- ción de Gerencia General Nº 181-99-MP-FN-GG de fecha 7 de julio de 1999, el Oficio Nº 1349-MP-FN-GG del 31 de agosto de 1999, de la Gerencia General y el Informe Nº 274- 99-MP-SE-OAJ del 31 de agosto de 1999, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 181-99-MP-FN-GG de fecha 7 de julio de 1999, se aplicó la medida disciplinaria de destitución a la señora Elba Yolanda Plasencia Medina, por haber recibido de una abogada la suma de S/. 100.00 (cien con 00/100 nuevos soles), para emitir un peritaje médico legal en favor de su patrocinado; Que, con fecha 10 de agosto de 1999 la citada servido- ra interpone recurso de apelación contra la Resolución de Gerencia General señalada en el considerando prece- dente; Que, en su recurso de apelación la señora Elba Yolan- da Plasencia Medina, manifiesta que fue injustamente destituida en un proceso administrativo disciplinario sustanciado en forma irregular, donde sólo se le imputó y nunca se demostró que había intencionalmente recibi- do de una abogada la suma de S/. 100.00 (cien con 00/100 nuevos soles), con el fin de emitir un Peritaje Médico Legal ordenado por la autoridad judicial, que favoreciera a su patrocinado. Asimismo manifiesta, que si bien es cierto fue interceptada por la letrada; recibiendo el certificado médico y el sobre cerrado, nunca tuvo una aprehensión, un apoderamiento absoluto de tales espe- cies, debido a que en la intervención policial se entrega- ron las especies a la representante del Ministerio Públi- co en el vehículo policial y se le instó a firmar un acta de decomiso, donde se precisaba datos de dos billetes de S/ . 50.00 (cincuenta con 00/100 nuevos soles), dinero que nunca solicitó a la letrada y que tampoco llegó a ver; Que, los argumentos expuestos por la señora Elba Yolanda Plasencia Medina, no enervan los fundamentos que sirvieron de base para dictar la Resolución apelada, al no haber sustentado su recurso impugnativo en dife- rente interpretación de las pruebas producidas, como se preceptúa en el Artículo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis- trativos; por lo que el recurso interpuesto deviene en infundado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26623 ampliada y modificada por las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009, el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público aprobado por Resolución Nº 035-96-MP-FN-CEMP, modificada por Resolución Nº 335-98-MP-CEMP y Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público aprobado por Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 005- 96-SE-TP-CEMP modificada por las Resoluciones Nºs. 019, 381, 586-97-SE-TP-CEMP y Resolución Nº 117-98- SE-TP-CEMP; Estando a la visación del Gerente de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DECLARAR INFUNDADO el Re- curso de Apelación interpuesto por la señora Elba Yolan- da Plasencia Medina, ex Médico IV de la División Cen- tral de Exámenes Médico Legales del Instituto de Medi- cina Legal, contra la Resolución de Gerencia General Nº 181-99-MP-FN-GG de fecha 7 de julio de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía adminis- trativa en la presente causa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO D. ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego 11567COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Encargan despacho de la Segunda Fis- calía Suprema en lo Civil RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 674-99-MP-CEMP Cajamarca, 10 de setiembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 068-99-MP-2da.F.SUPR.C. cursado por la doctora Flora Adelaida Bolívar Arteaga, Fiscal Suprema Titular de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Civil, median- te el que solicita vacaciones del 13 al 17 de setiembre de 1999; y, estando al Acuerdo Nº 5750 adoptado por unanimi- dad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que el doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se encuentra presente por haberse excusado de realizar el viaje por motivo de salud, y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Concédase vacaciones a la doctora Flora Adelaida Bolívar Arteaga, Fiscal Suprema Titular de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Civil, del 13 al 17 de setiembre de 1999. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Segun- da Fiscalía Suprema en lo Civil al doctor José Humberto Pereira Rivarola, Fiscal Adjunto Supremo de la referida Fiscalía, por el término que dure la licencia de la señora Fiscal Suprema Titular. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordi- nación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magis- tratura, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Presidente de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Supre- ma de Control Interno y Fiscales mencionados en los artícu- los precedentes, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 11639 S B S Amplían plazo otorgado a institución bancaria para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS Nº 0835-99 Lima, 6 de setiembre de 1999