Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 1999 (11/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 11 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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miso de Capacitacion; a pesar de haber sido comunicada mediante escrito de Correo Electronico de fecha 9.6.99, respondiendo encontrarse en Mexico, estudiando otro curso, estar con tratamiento medico y solicitando se le conceda o facilite alguna licencia y/o vacaciones; infringiendo sus obligaciones dispuestas en el inciso a) y c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, por lo que estaria incurriendo en grave falta disciplinaria tipificada en los incisos a) y k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 150º y 153º del D.S. Nº 005-90-PCM Reglamento del dispositivo legal MORDAZA mencionado; Estando a lo recomendado por el Oficio de visto de la Comision Permanente de Procesos Administrativos del Instituto MORDAZA Perinatal; En uso de las atribuciones conferidas por la R.M. Nº 14187-SA-P y su ampliatoria R.M. Nº 239-90-SA-P Delegacion de Funciones; SE RESUELVE: 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a la TAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico I, servidora del Instituto MORDAZA Perinatal, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, a efecto de que cumpla con presentar su descargo en el plazo que determina la Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MASCARO MORDAZA Director General (e) Instituto MORDAZA Perinatal 11575

25862, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC - Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, en lo pertinente, el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 105-98-MTC/15.16 del 7.8.98, mediante la cual se concedio a AERO MONTANAS S.A., la Renovacion y Modificacion del Permiso de Operacion del Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo, conforme se detalla. MATERIAL AERONAUTICO: - Aeronave Cessna 185-A - Aeronave Cessna R172K. - Aeronave Cessna U206-G. Articulo 2º.- Incorporese al texto de la Resolucion Directoral Nº 105-98-MTC/15.16 del 7.8.98, los siguientes articulos: "Articulo 15º.- Las aeronaves de AERO MONTANAS S.A., estan autorizadas para operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus Tablas de Performance aprobadas por el Fabricante y la Autoridad correspondiente." "Articulo 16º.- AERO MONTANAS S.A., debera, cada ano, presentar el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente." Articulo 3º.- Los demas articulos de la Resolucion Directoral Nº 105-98-MTC/15.16 del 7.8.98, se mantienen vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo

MTC

Modifican permiso de operacion del 11560 servicio de transporte aereo no regular nacional de pasajeros, carga y co- Otorgan concesion a empresas para rreo otorgado a empresa que presten servicio publico de transRESOLUCION DIRECTORAL porte terrestre interprovincial de pasaNº 159-99-MTC/15.16 jeros MORDAZA, 25 de agosto de 1999
Visto el Expediente Nº 01321006 mediante el cual AERO MONTANAS S.A. solicita Modificacion del Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 105-98-MTC/15.16 del 7.8.98, publicada el 23.8.98. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 030199-MTC/15.16.02, Memorandum Nº 0477-99-MTC/ 15.16.06, Memorandum Nº 245-99-MTC/15.16.05.3, Memorandum Nº 236-99-MTC/15.16.05.2, y las Constancias de Inscripcion Registral emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Subdireccion de Operaciones Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico y el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, respectivamente; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC - Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos; conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, los Decretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2129-99-MTC/15.18 MORDAZA, 10 de agosto de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 01520010, organizado por "EMPRESA DE TRANSPORTES Y REPRESENTACIONES TURISMO CENTRAL" S.A. ("TURISMO CENTRAL S.A."), sobre concesion de ruta: MORDAZA - PUCALLPA y viceversa e Informe Nº 385-99-MTC/15.18.04.1.atr, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, "EMPRESA DE TRANSPORTES Y REPRESENTACIONES TURISMO CENTRAL" S.A. mediante el expediente indicado en visto, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: MORDAZA - PUCALLPA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 385-99-MTC/15.18.04.1.atr, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640, el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862;

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