Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 1999 (17/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 17 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº. 031-93-INDECOPI/CNM y Nº 033-93-INDECOPI/ CNM, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion Permanente de Carnes y Productos Carnicos de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 19 de MORDAZA de 1999, el comite tecnico senalado, presento a la Secretaria Tecnica de la Comision el Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana detallado a continuacion, el cual fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Revision, utilizando el Sistema Ordinario, y sometido a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 19 de MORDAZA del ano en curso. El proyecto presentado fue el siguiente: PNTP 201.019:1999 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Practicas de Higiene de los Productos Carnicos Elaborados. Requisitos

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Disponen que retiro y sustitucion de vehiculos por parte de empresas concesionarias del servicio de transporte publico de pasajeros, no seran simultaneos
RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 054-99-MML/DMTU MORDAZA, 14 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Municipal Nº 318-98MML/DMTU de fecha 11 de noviembre de 1998, se dispuso que, solo las Empresas Concesionarias del Servicio de Transporte Publico de Pasajeros, autorizados por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, podian acogerse al procedimiento denominado "Retiro-Sustitucion de Vehiculos"; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 005 de fecha 19 de enero de 1999, se declaro en emergencia el transporte, el MORDAZA y la vialidad en MORDAZA Metropolitana, con el fin de lograr un eficiente sistema de transporte y MORDAZA, y un adecuado Sistema Vial Metropolitano; Que, la superposicion de autoridades y organismos publicos han generado la congestion, el desorden y la perdida del MORDAZA de autoridad que el transporte requiere; asimismo han permitido el incremento desmesurado del MORDAZA automotor que presta servicio de transporte publico de pasajeros, en vias de la jurisdiccion de la provincia de MORDAZA, siendo estas entre otras razones, los motivos por los cuales se declaro en emergencia el transporte y MORDAZA en MORDAZA Metropolitana; Que, como consecuencia de lo senalado en el considerando precedente, las empresas concesionarias, no han podido generar recursos que les hubiesen permitido la renovacion de sus flotas operativas, ni cumplir con el procedimiento de Retiro-Sustitucion de sus unidades vehiculares que por diversos motivos, ya no prestan servicio en las mismas, hecho que ha ocasionado que presten dicho servicio, con un numero menor de unidades vehiculares que figura en el Padron de Vehiculos Registrados (PVR); razon por la cual es necesario que la autoridad administrativa establezca un procedimiento que permita a estas empresas concesionarias, retirar y sustituir a las unidades vehiculares de modo independiente; Que, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, esta facultada a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de las normas que regule el servicio de transporte, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 104; De conformidad a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 104, el Acuerdo de Concejo Nº 005 y demas disposiciones legales pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que el Retiro de vehiculo o vehiculos del Padron de una Concesionaria, y la sustitucion de unidades vehiculares en una Empresa Concesionaria no sera simultaneo. La Empresa Concesionaria debera en el plazo de 90 dias calendario sustituir la unidad retirada. Articulo Segundo.- El Formato Nº 005 se usara para la sustitucion de vehiculos. El Formato MORDAZA referido constituye anexo de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Los requisitos y derechos establecidos para el retiro del padron de empresas concesionaria y la sustitucion de vehiculos se encuentran establecidos en el TUPA. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan al presente dispositivo. Articulo Quinto.- Facultar a la Direccion General de Transporte de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la adecuacion y mejor cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Municipal (e) Direccion Municipal de Transporte MORDAZA

Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion del Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana MORDAZA senalado, como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 031-93-INDECOPI/CNM, y con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 25 de agosto de 1999; RESUELVE: Primero.- APROBAR como MORDAZA Tecnica Peruana, la siguiente: NTP 201.019:1999 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Practicas de Higiene de los Productos Carnicos Elaborados. Requisitos

Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana: NTP 201.019:1975 CARNE Y PRODUCTOS CARNICOS. Practicas de Higiene de los Productos Carnicos Elaborados

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 11897

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