NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (29/09/1999)
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Pág. 178808 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de setiembre de 1999 vía de regularización, de la servidumbre de electroducto de las líneas de Transmisión en 10 y 20 kV. de los sistemas Eléctricos de Moyobamba - Rioja, ubicadas en los distritos de Moyobamba, Jepelacio, Yantalo, Calzada, Habana, Soritor, Yorongos, Posic, Yucacyacu y Nueva Cajamarca, provincias de Moyobamba y Rioja, departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, la Empresa Regional de Servicio Público de Electri- cidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., concesio- naria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Supre- ma Nº 035-97-EM de fecha 24 de abril de 1997, ha solicitado la regularización de la servidumbre de electroducto de las líneas de Transmisión de los Sistemas Eléctricos de Moyo- bamba - Rioja; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93- EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 205-99-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 110º y Artículo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer, a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - ELEC- TRO ORIENTE S.A., en vía de regularización con carácter permanente, la servidumbre de electroducto de las líneas de Transmisión en 10 y 20 kV. de los Sistemas Eléctricos de Moyobamba - Rioja, ubicadas en los distritos de Moyobam- ba, Jepelacio, Yantalo, Calzada, Habana, Soritor, Yorongos, Posic, Yuracyacu y Nueva Cajamarca, provincias de Moyo- bamba y Rioja, departamento de San Martín; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Diario Oficial El Peruano los días 1 y 2 de julio de 1999. Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 10721 FE DE ERRATAS DECRETOS SUPREMOS Nºs. 041 y 042-99-EM Por Oficio Nº 591-99-SCM-PR, se solicita la publicación de la Fe de Erratas de los Decretos Supremos Nºs. 041 y 042- 99-EM, publicados en nuestra edición del día 15 de setiem- bre de 1999, en las páginas 177816 y 177837.Decreto Supremo Nº 041-99-EM Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos Dice: "Artículo 15º.- ... adjuntando lo siguientes" ... Debe decir: "Artículo 15º.- ... adjuntando los siguientes requisitos:" ... Dice: "Artículo 38º.- ... ... Igualmente, dentro de los veinte (20) días calendario del mes de abril ... ..." Debe decir: "Artículo 38º.- ... ... Igualmente, dentro de los primeros veinte (20) días calendario del mes de abril ... ..." Dice: "Artículo 40º.- ... ... ... a partir del primer día de inicio de ejecución de obras." Debe decir: "Artículo 40º.- ... ... ....a partir del primer día de inicio de ejecución de obras o del inicio de la prestación del servicio, lo que ocurra primero." Dice: "Artículo 42º.- Los Contratos que celebre el Concesiona- rio ..." Debe decir: "Artículo 42º.- Los contratos que celebre el Concesiona- rio..." Dice: "Artículo 117º.- ... criterios que señalan en el Artículo 120º, ... Debe decir: "Artículo 117º.- ... criterios que se señalan en el Artículo 120º, ..." ANEXO 1 NORMAS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS POR DUCTOS Dice: (En el índice) "... Capítulo 6 Construcción de Estaciones y Docu- mentación de obra ..." Debe decir: (En el índice) "... Capítulo 6 Documentación de Obra ..." Dice: "Artículo 2º.- Definiciones ...