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Pág. 185740 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de abril de 2000 FUNCION 13 :Relaciones Exteriores PROGRAMA 045 :Política Exterior SUBPROGRAMA 0118 :Relaciones Diplomáticas ACTIVIDAD 00465 :Servicio Exterior de la República CATEGORIA DE GASTO 6 GASTO DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital 4 869 813,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 4 869 813,00 ========== Artículo 3º.- Autorízase, en vía de regularización, un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 1999, hasta por la suma de CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 194 055,00), de acuerdo al siguiente detalle: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 12 :RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 4.0.0 :Financiamiento 4.1.0 :Operaciones Oficiales de Crédito 4.1.2 :Operaciones Oficiales de Crédito Externo 4.1.2.010 :Operaciones Oficiales de Crédito Externo - OECF Japón 1 485 936,00 4.1.2.017 :Operaciones Oficiales de Crédito Externo - Gobierno de Francia 3 708 119,00 ----------------- TOTAL DE INGRESOS 5 194 055,00 ========== EGRESOS SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 011 :Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 :Administración Central - MINSA FUNCION 14 :Salud y Saneamiento PROGRAMA 003 :Administración SUBPROGRAMA 0011 :Edificaciones Públicas PROYECTO 0294 :Infraestructura, Equipamiento y Reequipamiento 6 GASTOS DE CAPITAL 5 INVERSIONES 3 708 119,00 UNIDAD EJECUTORA 003 :Proyecto de Fortalecimiento de Servicios de Salud FUNCION 14 :Salud y Saneamiento PROGRAMA 003 :Administración SUBPROGRAMA 0006 :Administración General PROYECTO 0262 :Programa de Fortalecimiento de Servicios de Salud 6 GASTOS DE CAPITAL 5 INVERSIONES 1 485 936,00 TOTAL DE EGRESOS 5 194 055,00 ========== Artículo 4º.- Autorízase, en vía de regularización, una opera- ción de Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 1999, hasta por la suma de DIECIOCHO MIL NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 096,00), conforme al siguiente detalle: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS DE LA: SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 :Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 :Administración General FUNCION 03 :Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 :Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 :Planeamiento Presupuestario y Financiero ACTIVIDAD 00010 :Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público (EN NUEVOS SOLES) CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 18 096,00 TOTAL 18 096,00 ========= A LA: SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL 13 997,00 SECCION SEGUNDA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 4 099,00 TOTAL 18 096,00 ========= Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilitados son detallados en los Anexos N°s. 1, 2, 3 y 4. Artículo 5º.- El Titular del Pliego mediante Resolucion, aprueba dentro de los tres (3) días siguientes a la vigencia de la presente norma legal, los recursos incorporados en los Artículos 1°, 2° y 3° así como los recursos transferidos en el Artículo 4°, a nivel de Sección, Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruye a las Unidades Ejecutoras a fin que elaboren las corres- pondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en los artículos precedentes. Copia de la Resolución correspondiente, será remitida a los Organismos señalados en el Artículo 5° de la Ley N° 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, dentro de los cinco (5) días de su aprobación. La documentación a ser remitida a la Dirección Nacional de l Presupuesto Público comprende además, el envío de los disquetes conteniendo la información presupuestal resultante de la aplicación del pre- sente Decreto de Urgencia, bajo el procedimiento del "Soft- ware del Proceso Presupuestario 1999". Artículo 6º.- Prorrógase hasta cinco (5) días hábiles pos- teriores a la vigencia de la presente norma, el plazo señalado en los Artículos 5° y 7° de la Directiva N° 008-99-EF/76.01 del Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público para 1999. Artículo 7º.- Autorízase a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público y a la Dirección General del Tesoro Público a modificar en vía de regularización los calendarios de compromisos mensuales y las autorizaciones de giro, respectivamente, corres- pondiente al año fiscal 1999. Artículo 8º.- El Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a dictar las normas que sean necesarias para la correcta aplicación del presente dispositivo legal. Artículo 9º.- El presente Decreto de Urgencia será refrenda- do por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 4377 P C M Autorizan viaje de representante de PROMPYME a Brasil, para participar en evento de la UIT RESOLUCION SUPREMA Nº 165-2000-PCM Lima, 14 de abril del 2000