Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2000 (18/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 014-2000-EF/76.01
AMPLIACION DE CALENDARIO DE COMPROMISOS 1999 (EN NUEVOS SOLES)

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2000

PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL RECURSOS ORDINARIOS CANON Y SOBRECANON RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 362,152 5 3,841 5 5 5 5 5 REC. POR OPERAC. OFICIALES DE CRED. INTERNO REC. POR OPERAC. OFICIALES DE CRED. EXTERNO 1,041,059 727,516 3,133,772 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 799,511 663,727 847,827 814,558 906,585 819,740 450,326 3,072,499 428,474 373,846 376,922 64,415

ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

11,901,251 10,385,686 11,043,243 12,121,197 10,537,012 10,333,472 10,177,133 11,037,026 10,814,964 10,738,846 11,500,391 12,492,567

192,029 822,560 90 260,726

SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS RECURSOS ORDINARIOS CANON Y SOBRECANON RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 339,053 183,985 211,534 1,389,120 9,186 46,345 REC. POR OPERAC. OFICIALES DE CRED. INTERNO REC. POR OPERAC. OFICIALES DE CRED. EXTERNO DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

2,222 591

124

584,634 301,287 301,287 369,760 301,287 301,720 301,287 366,552 4,679,246

2,486 4,699,876

34,067 33,314 76,834 996 76,820 18,880 119,822 87,925 8,859 30,587 959,749

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ENERGIA Y MINAS
Aprueban cesion de posicion contractual en contrato de servicios para explotacion de hidrocarburos en el Lote 1-AB, aprobado por el D.S. Nº 024-96-EM
DECRETO SUPREMO Nº 007-2000-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se MORDAZA las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-96-EM, de fecha 29 de MORDAZA de 1996, se aprobo la adecuacion a la normatividad vigente y modificacion del Contrato de Servicios Petroleros con Riesgo del Lote 1-AB, bajo la denominacion de Contrato de Servicios para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 1-AB, ubicado en las provincias de Alto Amazonas y MORDAZA, departamento de MORDAZA, suscrito entre PERUPETRO S.A. y Occidental Peruana Inc., Sucursal del Peru; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; Que, el Articulo 17º de la Ley Nº 26221, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podran ceder su posicion contractual o asociarse con terceros previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; agrega, asimismo, que las cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista;

Que, al MORDAZA de lo establecido en la clausula decimo setima del citado contrato, la empresa Occidental Peruana, Inc., Sucursal del Peru, comunico a PERUPETRO S.A. su intencion de ceder el total de su participacion contractual a favor de la empresa Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/ 008-2000 de fecha 24 de febrero del 2000, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Servicios para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 1-AB, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los Articulos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, Decreto Legislativo Nº 668, y demas normas aplicables, es procedente extender las garantias senaladas en estos dispositivos al MORDAZA Contratista; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221 - Ley Organica de Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Servicios para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 1-AB, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-96-EM, por parte de Occidental Peruana Inc., Sucursal del Peru, a favor de Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, asi como la modificacion del citado contrato, derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A., a suscribir con la empresa Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la cesion y modificacion del Contrato de Servicios para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 1-AB, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 4380

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