Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2000 (18/04/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 185749

INDECOPI
Aprueban Lineamientos sobre Competencia Desleal
RESOLUCION Nº 006-2000/CCD-INDECOPI MORDAZA, 27 de enero de 2000 Lineamientos sobre Competencia Desleal La Comision de Represion de la Competencia Desleal: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 807 faculta a las Comisiones a aprobar pautas o lineamientos que, sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tienen encomendadas; que, uno de los fines que se ha propuesto la Comision es tomar las medidas que MORDAZA necesarias para contribuir a reducir las situaciones de conflicto detectadas en los ambitos de su competencia; que, la regulacion contra la competencia desleal requiere de un MORDAZA que permita establecer reglas claras para los agentes economicos que intervienen en el MORDAZA, lo que solo sera posible si la actuacion de la administracion es predecible para dichos agentes; en uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25868, y por el Decreto Ley Nº 26122; RESUELVE: Aprobar los Lineamientos de la Comision de Represion de la Competencia Desleal sobre Competencia Desleal, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA Cantuarias, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Alcazar, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Perla. MORDAZA CANTUARIAS Presidente Comision de Represion de la Competencia Desleal LINEAMIENTOS SOBRE COMPETENCIA DESLEAL MORDAZA, 27 de enero del 2000 INTRODUCCION El presente documento ha sido elaborado de conformidad con la facultad de aprobar y difundir lineamientos contenida en el Decreto Legislativo Nº 807, Ley sobre Facultades, Normas y Organizacion del INDECOPI1. Los lineamientos constituyen una recopilacion de los criterios utilizados hasta la fecha por la Comision de Represion de la Competencia Desleal y la Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi para solucionar los casos de competencia desleal en las distintas modalidades contenidas en la legislacion de la materia2. Proposito La difusion del presente documento tiene por finalidad: a) Facilitar a los agentes economicos el conocimiento de las reglas de juego a fin de cautelar el derecho de informacion de los consumidores y b) promover el correcto funcionamiento del MORDAZA, para que de esta manera la MORDAZA y honesta competencia genere bienestar para todos. I. PRINCIPIOS GENERALES 1.1. Constitucion de 1993 ¿Que principios y criterios generales toma en cuenta la Comision? De conformidad con lo establecido por el Articulo 58º de la Constitucion Politica de 1993, la iniciativa privada en materia economica es libre3 y se ejerce dentro del MORDAZA de una economia social de MORDAZA, en la cual corresponde al Estado orientar el desarrollo del MORDAZA, interviniendo principalmente en las areas de promocion del empleo, salud, educacion, seguridad, servicios publicos e infraestructura. Por otro lado, el Articulo 59º 4 senala que el Estado garantiza la MORDAZA de trabajo, empresa, comercio e industria y agrega que el ejercicio de dichas libertades no debe ser lesivo a la moral, la salud y a la seguridad publicas. Al momento de interpretar las normas contenidas en el Decreto Ley Nº 26122, Ley sobre Represion de la Competencia Desleal, la Comision debe tener en cuenta los principios y criterios

generales a los cuales hemos hecho referencia en el parrafo precedente, con el fin de evitar situaciones de inseguridad juridica al desnaturalizarse los verdaderos alcances de las normas legales vigentes. 1.2. Ambito de aplicacion de la legislacion sobre competencia desleal ¿La ley exige para su aplicacion la existencia de una relacion de competencia entre los sujetos involucrados? Conforme a lo dispuesto en la ley, su aplicacion no se encuentra condicionada a la existencia de una "relacion de competencia"5 entre el denunciante y el presunto autor del supuesto acto de competencia desleal denunciado. En este sentido, el Articulo 20º senala que cualquiera que sea afectado o pudiese verse afectado por un acto de competencia desleal podra iniciar accion contra quien lo MORDAZA realizado u ordenado. ¿Quienes se encuentran legitimados para interponer acciones por competencia desleal? Se encuentran legitimados para ello, no solo los empresarios que se consideren afectados por un presunto acto desleal cometido por su competidor, sino tambien los consumidores, otras empresas, las asociaciones de Derecho Privado, los Organismos Publicos, Organismos no Gubernamentales, Asociaciones Civiles sin fines de lucro, Asociaciones de Consumidores, Gremios Empresariales, entre otros. El denunciado, por su parte, debera ser una persona que realice actividades economicas6, es decir, que concurra en el MORDAZA, tales como personas naturales o juridicas de derecho publico o privado, asociaciones sin fines de lucro, sociedades de hecho, gremios, entre otros. ¿Hay excepciones a esta regla general? La unica excepcion, conforme veremos mas adelante7, esta incluida en el Articulo 16º de la ley, referido al supuesto desleal de induccion a la infraccion contractual, en el cual se exige la existencia de una "relacion de competencia" entre el que realiza el acto y quien se considera afectado por el mismo, como condicion indispensable para la configuracion del acto de competencia desleal. ¿La ley se aplica solo a las relaciones empresarios consumidores? Teniendo en cuenta que los empresarios compiten entre si no solo por las preferencias de los consumidores, sino tambien por los MORDAZA de venta, por los proveedores de insumos para la elaboracion de sus productos, asi como por los trabajadores que les permitan realizar de manera mas eficiente su actividad economica, el ambito de aplicacion del Decreto Ley Nº 26122 se extiende

1

Decreto Legislativo Nº 807 "Articulo 9º.- Las Comisiones y Oficinas podran aprobar pautas o lineamientos que, sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tiene encomendada cada Comision u Oficina". (el subrayado es nuestro) Cuando en el presente lineamiento se haga referencia a "la ley", se entendera al Decreto Ley Nº 26122, Ley sobre Represion de la Competencia Desleal; mientras que, las menciones a "la Comision" y "la Sala" corresponden a la Comision de Represion de la Competencia Desleal y a la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, respectivamente. Constitucion Politica del Peru "Articulo 58º.- La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economia social de mercado. Bajo este regimen, el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA y actua principalmente en las areas de promocion de empleo, salud, educacion, seguridad, servicios publicos e infraestructura." Constitucion Politica del Peru "Articulo 59º.- El Estado estimula la creacion de riqueza y garantiza la MORDAZA de trabajo y la MORDAZA de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad publicas. El Estado brinda oportunidades de superacion a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequenas empresas en todas sus modalidades." Sobre el particular, ver punto 1.2.2 Decreto Ley Nº 26122: "Articulo 2º.- La presente Ley sera de aplicacion a todas las personas naturales o juridicas, MORDAZA de derecho publico o de derecho privado, incluidas las asociaciones sin fines de lucro, sociedades de hecho, gremios o cualquier otra que realice actividades economicas." Ver punto 2.10

2

3

4

5

6

7

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.