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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (29/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 186052 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de abril de 2000 Que, de acuerdo con la información al cierre del Ejercicio Presupuestario 1999, proveniente del Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector Público al 31 de diciembre de 1999, los saldos que son administrados por las Vicepresidencias de la República, correspondiente a las Fuentes de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Donaciones y Transferencias, determi- nan la existencia Saldos de Balance que deben ser incorporados en el Presupuesto del Pliego para el Año Fiscal 2000; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000" autoriza a los titulares de los Pliegos Presupues- tarios a incorporar en sus respectivos Presupuestos, mediante la Resolución correspondiente, la mayor dis- ponibilidad financiera de los recursos provenientes de las Fuentes de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, asimismo incorporar los saldos de balance de Fuentes de Financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios; Estando a lo informado por el Primer Vicepresidente de la República, la Oficina de Asuntos Financieros y con las visaciones de los Directores Generales de Administración y de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado"; la Ley Nº 27212 "Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; la Ley Nº 27210 "Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2000", la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01 "Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Público - Año Fiscal 2000"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presiden- cia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, correspondiente a la Unidad Ejecutora 004 Vicepresiden- cias de la República, por la incorporación de Saldos de Balance del Ejercicio Presupuestario 1999, hasta por la suma de VEINTISIETE MIL NOVENTA y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 27,090.00) de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) INGRESOS 09. RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 4.0.0 FINANCIAMIENTO 27,090 4.2.0 SALDO DE BALANCE 4.2.1 SALDO DE EJERCICIOS ANTERIORES 4.2.1.001 Saldo de Ejercicios Anteriores 27,090 ---------- TOTAL INGRESOS 27,090 ====== EGRESOS SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 001 Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA : 004 Vicepresidencias de la República FUNCION : 03Administración y Planeamiento PROGRAMA : 006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0005 Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD :1.00110 Conducción y Orientación Superior 5.GASTOS CORRIENTES 27,090 3. BIENES Y SERVICIOS 27,090 ---------- TOTAL EGRESOS 27,090 ====== Artículo 2º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, correspon- diente a la Unidad Ejecutora 004 Vicepresidencias de la República, por la incorporación de Saldos de Balance del Ejercicio Presupuestario 1999, hasta por la suma de CUA- RENTISEIS MIL SETECIENTOS OCHENTITRES y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 46,783.00) de acuerdo al siguien- te detalle: (En Nuevos Soles) INGRESOS 13. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 4.0.0 FINANCIAMIENTO 46,783 4.2.0 SALDO DE BALANCE 4.2.1 SALDO DE EJERCICIOS ANTERIORES 4.2.1.001 Saldo de Ejercicios Anteriores 46,783 ---------- TOTAL INGRESOS 46,783 ====== EGRESOS SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO :001 Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA :004 Vicepresidencias de la República FUNCION :03 Administración y Planeamiento PROGRAMA :006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0005 Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD :1.00110 Conducción y Orientación Superior 5.GASTOS CORRIENTES 44,404 3.BIENES Y SERVICIOS 44,404 6.GASTOS DE CAPITAL 2,379 7. OTROS GASTOS DE CAPITAL 2,379 ---------- TOTAL EGRESOS 46,783 ====== Artículo 3º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, instruirá a la Unidad Ejecutora 004 Vicepresidencias de la Repúbli- ca, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como con- secuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República y a la Contra- loría General de la República, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada. Regístrese y comuníquese. JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 4726 AGRICULTURA Modifican artículos de resolución que aprobó nuevas categorías de especies maderables provenientes de bosques del Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0245-2000-AG Lima, 28 de abril de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Reglamento de Extracción y Transformación Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 161-77-AG, establece que el Ministerio de Agricultura fijará el valor por unidad de superficie de los bosques a ser otorgados en contratos de exploración y evaluación de recursos forestales, así como otras tasas forestales con fines específicos para la extracción forestal, el valor de los docu- mentos impresos usados en la administración y control que deben adquirir los extractores; Que, por el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 039-99- AG, el valor de la madera al estado natural y los demás pagos que correspondan serán fijados periódicamente me- diante Resolución Ministerial. Para estos efectos, previo estudio técnico-económico, se convocará a las organizacio-