Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2000 (22/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 22 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, el Informe Nº 016-97-INC/DCH presenta un registro fotografico del inmueble y detalla sus caracteristicas arquitectonicas considerando procedente su declaracion como Monumento; Que, mediante Acuerdo Nº 03/07.01.99 la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos considera que el inmueble en MORDAZA reune valores historicos al haber sido construido por el Estado Peruano para vivienda del Mariscal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo destinado despues de su fallecimiento, a ser la sede de la Benemerita Sociedad Fundadores de la Independencia y que constituye un ejemplo de la arquitectura contemporanea correspondiente al inicio del trazado de la Av. MORDAZA, motivos por los que propone su declaracion como Monumento; Con las visaciones de la Direccion de Centros Historicos, la Direccion Ejecutiva y la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decretos Supremos Nºs. 039-70-VI y 063-70-IV que aprueban el "Reglamento Nacional de Construcciones", Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura", Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR MONUMENTO Integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, el inmueble ubicado en Av. MORDAZA Nº 410, MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional Titular del Pliego RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 809/INC MORDAZA, 1 de diciembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 130-99-INC/DGPMC de la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 130-99-INC/DGPMC se da cuenta de los errores materiales advertidos en la Resolucion Directoral Nacional Nº 083-99-INC de fecha 5 de febrero de 1999 y Resolucion Directoral Nacional Nº 08899-INC de fecha 9 de febrero de 1999, por cuanto en el ultimo considerando de MORDAZA se consigna: "(...) Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-IV (...)", debiendo decir: "(...) Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI (...)"; Que, el error material de una resolucion podra ser rectificado de oficio en cualquier momento cuando perjudique intereses del Estado, segun lo establecido en el Articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Con la visacion de la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y el Articulo 96º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion Directoral Nacional Nº 083-99-INC de fecha 5 de febrero de 1999 y la Resolucion Directoral Nacional Nº 088-99-INC de fecha 9 de febrero de 1999, por cuanto consignan en el ultimo considerando: Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-IV. Debiendo decir: Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI, quedando vigente todo lo demas resuelto en MORDAZA resoluciones.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. BENZA PFLUCKER Director Ejecutivo Encargado de la Direccion Nacional 9251

Precisan alcances de resolucion que declaro Patrimonio Cultural de la Nacion al Caballo Peruano de Paso
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 843/INC MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 452/ INC, de fecha 28 de MORDAZA del 2000, se declaro Patrimonio Cultural de la Nacion al Caballo Peruano de Paso; Que, la Asociacion Nacional de Criadores y Propietarios de Caballos Peruanos de Paso, es una persona juridica de derecho privado, sin fines de lucro, encargada de promover y oficializar los certamenes, seminarios, concursos y demas que se llevan a cabo en el Peru y en el extranjero, relacionadas con la cria y difusion del Caballo Peruano de Paso; Que, por Decreto Ley Nº 25919 y Ley Nº 27203, la Asociacion Nacional de Criadores y Propietarios de, Caballos Peruanos de Paso esta encargada de velar por la preservacion del material genetico del Caballo Peruano de Paso; Que, por Decreto Ley Nº 25919 se ha declarado de interes nacional la exportacion del Caballo Peruano de Paso, sus aperos y las artesanias relacionadas con estas actividades, con el objeto de promoverlas internacionalmente; Que, por las razones MORDAZA expuestas se hace necesario precisar los alcances de la Resolucion Directoral Nacional Nº 452/INC; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Produccion para el Desarrollo Cultural y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad lo dispuesto en la Ley Nº 24047 - Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y el Decreto Supremo Nº 50-94-ED "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura"; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PRECISAR que lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nacional Nº 452/INC, no contraviene, limita ni restringe los derechos taxativamente otorgados por las leyes especiales a la Asociacion Nacional de Criadores y Propietarios de Caballos Peruanos de Paso, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA O. REPETTO MALAGA Director Nacional 8505

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazos para pago de cuotas del impuesto predial y arbitrios asi como la vigencia de normas referidas a la regularizacion de diversas obligaciones tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 11-2000-MDSM San MORDAZA, 18 de agosto de 2000 LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA

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