Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2000 (22/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 22 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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solicitando la Declaracion de las zonas Arqueologicas de "Wayna Tauqaray", "Wimpillay", "Surihuaylla", "Rayallacta", "Huasca - Huascan", "Molinuyoc Pampa", "Muro Orqo" como area intangible y teniendo en cuenta el Informe Nº 00693-INC/DI; La Comision Nacional Tecnica Calificadora de Investigacion y Conservacion de Monumentos Arqueologicos del Instituto Nacional de Cultura por Acuerdo Nº 015 de fecha 17 de febrero de 1993, propone aceptar la propuesta del arquitecto MORDAZA Araoz MORDAZA, de Declaracion de las siguientes Zonas Arqueologicas: - MORDAZA Arqueologica de WAYNA TAUQARAY - MORDAZA Arqueologica de WIMPILLAY - MORDAZA Arqueologica de SURIWAYLLA - MORDAZA Arqueologica de RAYALLACTA - MORDAZA Arqueologica de HUASCA HUASCAN - MORDAZA Arqueologica de MOLINUYOC MORDAZA - MORDAZA Arqueologica de MUYO ORQO ubicadas en el departamento del MORDAZA, Region Inka; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 24047 Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que los inmuebles culturales prehispanicos descubiertos o por descubrir son propiedad del Estado, siendo imprescriptible este derecho; Que, es necesario delimitar y declarar las areas que ocupan las zonas arqueologicas de "Waynatauqaray", "Wimpillay", "Surihuaylla", "Rayallacta", "Huasca - Huascan", "Molinuyoc Pampa", "Muyo Orqo", a fin de precisar y demarcar las areas intangibles de propiedad del Estado, en resguardo y defensa del Patrimonio Arqueologico de la Nacion; Con las visaciones de la Direccion General de Conservacion del Patrimonio Cultural y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 24047 y su modificatoria Ley Nº 24193, los Decretos Supremos Nºs. 01-84-ED, 17-84ED, Decreto Ley Nº 25762 y la Resolucion Jefatural Nº 100391-INC/J; SE RESUELVE: 1º.- DECLARAR MORDAZA Arqueologica intangible a las siguientes zonas arqueologicas: - MORDAZA Arqueologica de WAYNATAUQARAY.- Con area de 27.861.70 m2, perimetro de 2.136 m.l., ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento del Cusco; - MORDAZA Arqueologica de WIMPILLAY.- Con area de 13.76 hectareas, perimetro de 1,549 m.l., ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento del Cusco; - MORDAZA Arqueologica de SURIWAYLLA.- Con area de 7,336 metros cuadrados, perimetro de 376.00 m.l., ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento del Cusco; - MORDAZA Arqueologica de RAYALLACTA.- Con area de 8,433.80 metros cuadrados, perimetro de 1,277 m.l., ubicado en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchis, departamento del Cusco; - MORDAZA Arqueologica de HUASCA HUASCAN.- Con area de 18,156 metros cuadrados, perimetro de 2,202.50 m.l., ubicado en el distrito de Andahuaylillas, provincia de Quispicanchis, departamento del Cusco; - MORDAZA Arqueologica de MOLINUYOC PAMPA.- Con area de 1,408.77 metros cuadrados, perimetro de 163.00 m.l., ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento del Cusco; - MORDAZA Arqueologica de MUYO ORQO.- Con area de 16.02 hectareas, perimetro de 1,613 m.l., ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento del Cusco; Conforme a las delimitaciones, memorias descriptivas y planos, que forman parte de la presente Resolucion. 2º.- APROBAR los siguientes Planos: - Plano CA-82 Escala 1/1,000 - MORDAZA Arqueologica de WAYNATAUQARAY - Plano CA-78 Escala 1/1,000 - MORDAZA Arqueologica de WIMPILLAY - Plano CA-79 Escala 1/200 - MORDAZA Arqueologica de SURIWAYLLA - Plano CA-83 Escala 1/1000 - MORDAZA Arqueologica de RAYALLACTA - Plano CA-83 Escala 1/1000 - MORDAZA Arqueologica de HUASCA HUASCAN - Plano S/N Escala 1/100 - MORDAZA Arqueologica de MOLINUYOC MORDAZA

- Plano CA-74 Escala 1/2000 - MORDAZA Arqueologica de MUYO ORQO. 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, como caminos, carreteras, MORDAZA, restauraciones, denuncios mineros y agropecuarios, obras habitacionales urbanas y otras que puedan alterar el paisaje o afectar la MORDAZA delimitada, debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. 4º.- INSCRIBASE como bien inmueble de propiedad del Estado integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, en los Registros Publicos y en la Superintendencia de Bienes Nacionales (actualmente perteneciente al Ministerio de la Presidencia de conformidad al Decreto Ley Nº 25556), las Zonas Arqueologicas Intangibles denominadas "WAYNATAUQARAY", "WIMPILLAY", "SURIWAYLLA", "RAYALLACTA", "HUASCA HUASCAN", "MOLINUYOC PAMPA" y "MUYU ORQO" ubicadas en el departamento del MORDAZA, Region Inka. 5º.- Transcribase la presente Resolucion, a la Municipalidad Provincial del Qosco, Region Inka, para los fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA GJURINOVIC CANEVARO Jefe del Instituto Nacional de Cultura RESOLUCION JEFATURAL Nº 704 MORDAZA, 15 de setiembre de 1992 Visto el Oficio Nº 074-92-INC/DGICIPC, de la Direccion General de Inventario, Catalogacion e Investigacion del Instituto Nacional de Cultura, remitiendo los Acuerdos Nºs. 05/12.11.91, 07/10.12.91 y 11/10.12.91 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas antecedentes, relativos a la inclusion de nuevos monumentos historicos-artisticos del Patrimonio Monumental de la Nacion. CONSIDERANDO: Que, es deber del Estado velar por la conservacion del Patrimonio Monumental de la Nacion; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor deben ser declarados integrantes del Patrimonio Monumental de la Nacion; Que, la Ley Nº 24047 dispone que deberan ser declarados monumentos los inmuebles de la epoca Colonial y Republicana que por sus meritos arquitectonicos, esteticos, urbanisticos, historicos o documentales deben ser conservados y puestos en valor; Estando a las visaciones de la Oficina de Asesoria Juridica, de las Direcciones Generales de Conservacion del Patrimonio Cultural y de Inventario, Catalogacion e Investigacion del Instituto Nacional de Cultura; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley Nº 24047 Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural Monumental de la Nacion, la Resolucion Ministerial Nº 115088-ED, los Decretos Supremos Nºs. 01-84-ED, 17-84-ED y 0014-91-ED, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura aprobado por Resolucion Jefatural Nº 1003-91-INC/J; SE RESUELVE: 1º.- DECLARENSE Monumentos y Ambientes MORDAZA Monumental a los siguientes: DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA Provincia de Pataz Distrito de Parcoy Declarar Monumento Conjunto arquitectonico conformado por la Iglesia del Senor de los Desamparados (matriz), atrio y arco triunfal de pueblo de Parcoy. Declarar Ambiente MORDAZA Monumental La totalidad del area MORDAZA y rural del pueblo de Parcoy.

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