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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (25/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 192034 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de agosto de 2000 CONSIDERANDO: Que han venido presentándose algunos inconvenientes res- pecto a la acreditación, frente a terceros, de los auxiliares coacti- vos designados por esta Superintendencia; Que con la finalidad de evitar que sigan produciéndose tales situaciones se ha estimado conveniente que, a partir de la fecha, las referidas designaciones se efectúen mediante resoluciones que otorguen mayor formalidad a las mismas, sin que ello implique desconocer las designaciones efectuadas hasta la fecha; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso d) del Artículo 7º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, correspondería al Superintendente Nacional Adjunto formalizar dichas designaciones; Que encontrándose vacante el cargo de Superintendente Na- cional Adjunto, corresponde al titular de la institución, en su condición de tal, disponer y formalizar tales medidas; Que, sin embargo y considerando la cantidad de nombramien- tos de auxiliares coactivos que debe normalmente efectuarse y la oportunidad en la que tales nombramientos deben producirse, resulta conveniente autorizar al Intendente de Principales Con- tribuyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regionales a realizar -mediante Resoluciones de Intendencia- las indicadas designaciones; De conformidad con lo establecido en el primer párrafo del Artículo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT y en uso de las facultades conferidas en los incisos o) y p) del referido artículo; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Facultar al Intendente de Principales Con- tribuyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coacti- vos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME R. IBERICO Superintendente 9627 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican diversas disposiciones referidas al Proyecto Especial "El Tea- tro Municipal Renace" DECRETO DE ALCALDIA Nº 066 Lima, 8 de agosto de 2000 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 056 del 6 de agosto de 1998 la Municipalidad Metropolitana de Lima constituyó el Pro- yecto Especial "El Teatro Municipal Renace" a fin de organizar y conducir las acciones y evaluar los proyectos necesarios para la recuperación del Teatro Municipal y el desarrollo de la Zona Cultural; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007 de 15 de enero de 1999 se aprobó los objetivos del Proyecto del Estudio Urbanístico de la Zona Cultural del Centro Histórico de Lima; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 032 del 29 de abril de 1999 se precisó la finalidad, la organización y las funciones del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace"; Que, el Comité Técnico y el Comité de Finanzas creados por el Decreto de Alcaldía Nº 056 del 6 de agosto de 1998, han cumplido las labores a su cargo; Que, es necesario proceder a modificar la composición de la Comisión Directiva, designar a sus nuevos integrantes y precisar la Organización del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Rena- ce" a la nueva etapa del Proyecto; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 47º inciso 6) y 136º inciso 10) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853; DECRETA: Artículo 1º.- Sustitúyase los Artículos Primero y Cuarto del Decreto de Alcaldía Nº 056 del 6 de agosto de 1998, por el siguiente texto:Artículo Primero.- Constitúyase en la Municipalidad Metro- politana de Lima el "Proyecto Especial el Teatro Municipal Rena- ce", encargado de organizar y conducir las acciones y evaluar los proyectos necesarios para la recuperación del Teatro Municipal y el desarrollo de la Zona Cultural, en concordancia con el Plan Maestro del Centro de Lima, así como de diseñar y proponer el modelo de gestión correspondiente. El Proyecto Especial contará con una Comisión Directiva y una Comisión Consultiva y un Comité de Honor con funciones de asesoramiento de alto nivel y una Dirección Ejecutiva. Artículo Cuarto.- La Comisión Consultiva del Proyecto Espe- cial "El Teatro Municipal Renace" estará constituida por persona- lidades vinculadas a la actividad cultural y empresarial, designa- das por el Alcalde Metropolitano de Lima. Artículo 2º.- Derógase los Artículos Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto del Decreto de Alcaldía Nº 056 del 6 de agosto de 1998. Artículo 3º.- Sustitúyese los Artículos 2º y 3º del Decreto de Alcaldía Nº 032 del 29 de abril de 1999, por el siguiente texto: Artículo 2º.- El Proyecto Especial "El Teatro Municipal Rena- ce", contará con una Comisión Directiva y una Dirección Ejecuti- va. El Proyecto tendrá asimismo como órgano asesor al Comité de Honor. Artículo 3º.- La Comisión Directiva del Proyecto Especial: "El Teatro Municipal Renace", estará integrado por: a. Un representante del Alcalde Metropolitano de Lima, quien lo presidirá. b. Seis (6) representantes de diferentes sectores de la sociedad civil, designados por el Alcalde Metropolitano de Lima en consulta con el Comité de Honor establecido en el Artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 056 del 6 de agosto de 1998. Los miembros de la Comisión Directiva son designados por un período de dos (2) años, pudiendo renovarse su designación. La Comisión Directiva del Proyecto Especial "El Teatro Munici- pal Renace", se instalará dentro del plazo máximo de treinta (30) días útiles a partir de la expedición de la resolución de su designación. Artículo 4º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" de manera permanente informa y da cuenta documentada a la Comisión Directiva del funcionamiento administrativo y financiero y de los avances en los proyectos técnicos. Artículo 5º.- Créase la Dirección de Proyectos y Obras del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" y que dependerá de la Comisión Directiva, la misma que tendrá a su cargo las funciones de apoyo a la supervisión del proceso constructivo, en coordinación con las dependencias, empresas o profesionales encargados y/o responsables de su ejecución. Artículo 6º.- Las Direcciones Municipales, las empresas y organismos descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima, brindarán de manera preferente, al Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace", el apoyo necesario para el cum- plimiento de sus objetivos y funciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 9694 Ratifican ordenanzas que aprueban el Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos de la Municipalidad Distri- tal de Magdalena del Mar ACUERDO DE CONCEJO Nº 157 Lima, 17 de agosto de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, mediante Oficios Nº 240-2000-A-MDMM y Nº 268-2000-A-MDMM para la ratificación de la Ordenanza Nº 052-MDMM y su modificatoria, Ordenanza Nº 054-MDMM, que aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Ejercicio 2000; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Adminis- tración Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000195- 2000-SAT/04 y Oficio Nº 0073-00-SAT/02 de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presu- puesto en su Dictamen Nº 0070-2000-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Ordenanza Nº 211;