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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (25/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 192032 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de agosto de 2000 funcionario Nivel F-2 JUSTINO CATUNTA MAMANI, ex Direc- tor de Administración de la Dirección Regional Altiplano - Puno, en mérito al resultado de las investigaciones del Informe Nº 018- 99-INPE/DRS-ARE/OAI; Que, analizado y merituado lo actuado ha quedado acreditado que el ex funcionario JUSTINO CATUNTA MAMANI, ex Direc- tor de Administración de la Dirección Regional Altiplano - Puno, incumplió lo establecido en la Resolución Directoral Nº 005-99- INPE-DRAP-D de fecha 21.ENE.99, que asignó a los administra- dores de los E.P. Azángaro, Huancané, Macusani y Challapalca un fondo para pagos en efectivo, originando que éstos no puedan solventar en su oportunidad los gastos menudos y urgentes; por tanto, ha incurrido en las faltas prevista en los Incs. a) y d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Estando a lo recomendado en el informe de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y con las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nº 262-99-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DISPONER que a través de la Oficina de Recursos Humanos se imponga la sanción disciplinaria de SUS- PENSION por espacio de TRES (3) Días, Sin Goce de Remunera- ciones, al ex Funcionario JUSTINO CATUNTA MAMANI, ex Director de Administración de la Dirección Regional Altiplano - Puno, por los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Peni- tenciario, para los efectos legales consiguientes. Regístrese y comuníquese. GUSTAVO O. BRAVO VARGAS Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 9677 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Na- ción a la zona arqueológica denomina- da "Cerro Zorro" ubicada en el distrito de Comas, provincia de Lima RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 929/INC Lima, 11 de agosto de 2000 VISTO, el Expediente Nº 3839, de fecha 1 de octubre de 1999 que contiene la carta sin número, de fecha 1 de octubre de 1999, del Sr. Enrique Niquin Castillo y el Informe Nº 904-99-INC/ DGPA/RAF, de fecha 6 de diciembre de 1999, del arqueólogo Rommel Angeles Falcón mediante el cual solicita la Declaración como Patrimonio Cultural de la Nación; y, CONSIDERANDO: Que, es de urgente necesidad la "Declaración de Patrimonio Cultural de la Nación" por su importancia cultural, científica y arqueológica; Que, mediante el Acuerdo Nº 356, de fecha 7 de diciembre de 1999, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología del Instituto Nacional de Cultura recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico "Cerro Zorro", ubicado a la altura del Km. 16 de la autopista Túpac Amaru, en el distrito de Comas, provincia de Lima, departamento de Lima; Que, ante la depredación es necesario ejercer acciones de protección y conservación de la zona arqueológica antedicha; Que, de acuerdo con la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación y su modificatoria, Ley Nº 24193; los sitios arqueológicos tienen carácter intangible, ina- lienable y imprescriptible siendo deber del Instituto Nacional de Cultura, establecer las acciones de salvaguarda de los sitios arqueológicos por ser conformantes del Patrimonio Cultural de la Nación;Que el Artículo 20º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, establece que los miembros de las Comisiones del Indecopi serán designados por el Directorio; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 22 de agosto del 2000; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir del 23 de agosto del 2000, al señor Pablo Delgado Carrillo en el cargo de miembro de la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9763 Designan miembro de la Comisión Ad Hoc que opera en la Oficina Descentrali- zada del Indecopi en la Pontificia Universidad Católica del Perú RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 075-2000-INDECOPI/DIR Lima, 24 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que por Decreto de Urgencia Nº 064-99 se han establecido normas transitorias de excepción destinadas a crear las condicio- nes necesarias para el desarrollo de programas de saneamiento y fortalecimiento patrimonial en las empresas a través de un procedimiento denominado Procedimiento Transitorio; Que el Artículo 4º del referido Decreto establece que el Direc- torio del Indecopi debe nombrar las Comisiones Ad Hoc que se encargarán exclusivamente de atender los incidentes vinculados al Procedimiento Transitorio; Que en ese contexto, el Indecopi ha suscrito un Convenio de Delegación de Funciones con la Pontificia Universidad Católica del Perú, a través del cual se le han delegado funciones relativas a las Comisiones Ad Hoc; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 22 de agosto del 2000; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir del 23 de agosto del 2000, al señor Oscar Alfredo Díaz Becerra en el cargo de miembro de la Comisión Ad Hoc que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 9764 I N P E Sancionan con suspensión a ex fun- cionario de la Dirección Regional Alti- plano - Puno RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 540-2000-INPE-P Lima, 15 de agosto de 2000 Visto, el Informe Nº 024-2000-INPE-CEPAD de fecha 4 de julio del 2000, de la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia Nº 239-2000- INPE-P, se instauró proceso administrativo disciplinario al ex