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Pág. 195522 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de diciembre de 2000 los que se establece que la Unidad de Ejecución Coac- tiva depende orgánicamente de la Oficina de Adminis- tración; Que, la Resolución de Alcaldía Nº 1868-2000-MPL de fecha 16 de junio de 2000, aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, en el que se encuentran establecidas las plazas correspondientes al Jefe de la Unidad de Ejecución Coactiva y a los Auxiliares Coac- tivos, las mismas que se encuentran debidamente presupuestadas; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 116-99 de fecha 16 de febrero de 1999, se aprobó el Concurso Público de Méritos Nº 001-98 designándose al señor Roberto Bedón Serpa en el cargo de Ejecutor Coactivo y como Auxiliares Coactivos a los señores William Guevara Cho- ta y Luis Casas Pereyra, a cargo en ese entonces de la Dirección de Rentas de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 377-99 de fecha 4 de mayo de 1999, se acepta la renuncia de don William Guevara Chota, al cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; Que, en virtud de la Resolución de Alcaldía Nº 1111-2000-MPL/A de fecha 17 de abril de 2000 y de la Resolución de Alcaldía Nº 1856-2000-MPL/A de fecha 29 de mayo de 2000 se designa a los señores Javier Alberto Ruiz Sosa y Edwin Hermógenes Millares He- redia respectivamente, como Auxiliares Coactivos de la Municipalidad; Que, a fin de que se proceda conforme a las facultades que le confiere la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Munici- palidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publíquese que el señor RO- BERTO BEDON SERPA es el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y los señores LUIS CASAS PEREYRA, JAVIER ALBERTO RUIZ SOSA y EDWIN HERMOGENES MILLARES HERE- DIA son los Auxiliares Coactivo de la misma, siendo que los citados continúan en el ejercicio de sus funcio- nes. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Planifi- cación, Presupuesto y Racionalización y a la Oficina de Administración, el cumplimiento de la presente resolu- ción. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y ar- chívese. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 13719 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Modifican resolución mediante la cual se autorizó adquisición de combusti- bles y lubricantes para el manteni- miento de maquinarias mediante pro- ceso de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1072-2000-MPCP Pucallpa, 22 de noviembre del 2000VISTOS: La Resolución de Alcaldía Nº 989-2000-MPCP de fecha 6.NOV.00 y Oficio Nº 443-2000 (GAE-MON), de fecha 17.NOV.00; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 989-2000- MPCP del 6.NOV.00, Artículo Primero se declara Desier- to el Proceso de Licitación Pública Nº 003-2000-CL-Se- gunda Convocatoria por no haberse presentado postores, al amparo de lo dispuesto por el Art. 32º de la Ley Nº 26850 y demás fundamentos expuestos en la parte considerati- va, respecto de los siguientes bienes-suministros: A) PETRÓLEO DIESEL Nº 02. B) GASOLINA DE 84 OCTANOS. C) LUB. PARA TRANSMISIONES - ACEITE SAE-90. D) LUB. PARA TRANSMISIONES - ACEITE SAE-140. E) LUB. PARA MOTOR GASOLINERO - ACEITE SAE-40. Que, efectuada la publicación de la Resolución en mención, mediante Oficio Nº 443-2000 (GAE-MON) de fecha 17.NOV.00 notificada el mismo día vía fax, CON- SUCODE formula observación en el sentido que en dicha Resolución no aparece que se hubiera dispuesto la remi- sión del expediente a la Contraloría General de la Repú- blica para su evaluación dentro de los diez (10) días siguientes al de su aprobación; disponiendo que se subsa- ne dicha omisión en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 59º, Inc. a) de la Ley Nº 26850 y se le comunique dentro de tres (3) días de recibido dicho Oficio. Que, el Inc. f) del Art. 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exonerados de Licitación Pública y Concurso Públi- co las adquisiciones que se realicen cuando se declaren desiertos en dos oportunidades, debiendo la Contraloría General de la República evaluar las causas que la motiva- ron, para lo cual las Entidades remitirán dentro de los diez (10) días siguientes a la declaración, el expediente correspondiente . Que, siendo la mencionada observación por cuestión de forma, ante la exigencia por CONSUCODE y al ampa- ro de lo establecido por el Art. 19, Inc. f) y Art. 20º, Inc. c) de la citada Ley Nº 26850 y estando a las facultades establecidas por el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFIQUESE la parte resolu- tiva de la Resolución de Alcaldía Nº 989-2000-MPCP del 6.NOV.00 y consecuentemente INCORPÓRESE a la mis- ma el Artículo Séptimo, según detalle: "Artículo séptimo.- ELÉVESE a la Contraloría Gene- ral de la República todos los actuados en el expediente respecto de la Licitación Pública Nº 003-2000-MPCP-CL - Segunda Convocatoria, dentro de los diez (10) días si- guientes a la Declaración de Desierto del Proceso en mención, en aplicación de lo dispuesto por el Art. 19º, Inc. f) de la Ley Nº 26850; encargándose su cumplimiento a la Dirección de Abastecimientos de la Municipalidad Pro- vincial de Coronel Portillo". Artículo Segundo.- DISPONER que la Resolución de Alcaldía Nº 989-2000-MPCP surte todos sus efectos en cuanto no se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- PUBLIQUESE la presente reso- lución conforme a Ley en el Diario Oficial El Peruano, encargándose de su cumplimiento a la Dirección de Abas- tecimientos de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Secretaría General la debida notificación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 13677