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Pág. 195546 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de diciembre de 2000 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ratifican resolución que recepciona obras de habilitación urbana corres- pondientes a lotes destinados para uso residencial RESOLUCIÓN Nº 1178-2000-RASS Expediente Nº 009565.2000.2 Santiago de Surco, 20 de noviembre de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El pedido de la Cooperativa de Vivienda del Colegio de Ingenieros del Perú Ltda. Nº 317 sobre Ratificación de la Resolución Nº 045-99-MML-DMDU expedida por la Municipali- dad Metropolitana de Lima recepcionando las Obras de Habili- tación Urbana correspondiente a los lotes Nº 03 y Nº 09 de la Mz. "D", el lote Nº 10 de la Mz. "G" destinados para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2" y los lotes Nºs. 05, 12, 13 y 14 de la Mz. "I" y el lote Nº 09 de la Mz. "J" destinados para Uso Residencial de Alta Densidad "R-5" ubicados en la urbanización La Caste- llana, distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, el recurrente cumple con adjuntar la documentación siguiente: - Copia autenticada de la Resolución Nº 045-99-MML-DMDU, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima (fs. 5 y 6). - Copia del Testimonio de Acumulación inscrito en el As. 1 del rubro bZ de la Ficha Nº 102774 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima (fs. 7 al 11). - Plano de Ubicación 1/500 y Localización 1/5000 con las respectivas coordenadas UTM (fs. 12). - Plano de Replanteo de Lotización correspondiente a los lotes ubicados en el área de compensación (fs. 16). - Copias del Plano de Replanteo de Lotización para ser sellado por la Municipalidad de Santiago de Surco: Presenta 3 juegos (fs. 17). - Comprobante Unico de Pago Nº 158185 por la cantidad de S/ . 624.00 Nuevos Soles, por concepto de derecho de trámite (fs. 1). Que, la Subdirección de Obras Privadas emite el Informe Nº 219-2000-SDOP-DDU (fs. 34 al 36), precisando que efectuada la inspección ocular concluye que procede ratificar la Resolución Nº 045-99-MML-DMDU emitida por la Municipalidad Metropo- litana de Lima; De conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 10-99- MSS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y facultad expresa conferida mediante Artículo 47º, numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el pedido formula- do por la Cooperativa de Vivienda del Colegio de Ingenieros del Perú Ltda. Nº 317 y en consecuencia RATIFICAR la Resolución Nº 045-99-MML-DMDU de fecha 22.4.99, de conformidad con el Plano signado con el Nº 050-2000-MSS-DDU-SDOP autorizándose la libre venta de los lotes de acuerdo al Cuadro de Areas siguientes: MANZANA LOTES NUMERACION AREA M2 "D" 2 3 y 9 749,90 M2 "G" 1 10 356,25 M2 "I" 4 5, 12, 13 y 14 1,106,20 M2 "J" 1 9 613,05 M2 TOTAL 2,825,40 M2 Artículo Segundo.- Disponer que el propietario de la Habilitación especificada en el artículo precedente, queda obli- gado a insertar en el contrato de compraventa que celebre, las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes sin contar con la previa autorización de la Municipalidad de Santia- go de Surco. Artículo Tercero.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 5 días útiles contados a partir del día siguiente de su notificación; debiendo la Cooperativa de Vivienda del Colegio de Ingenieros del Perú Ltda. Nº 317 asumir los gastos que irrogue dicha publicación.Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano, a través de la Subdirección de Obras Privadas la incorporación de la presente Habilitación en el Catastro Urbano de la jurisdicción de Santiago de Surco; así como el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 13748 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 020-2000-MPH Por Oficio Nº 555-00-MPH/A la Municipalidad Provincial de Huaral solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 020-2000-MPH, publicada en nuestra edición del día 25 de noviembre de 2000, en la página 195282. DICE: Artículo Sétimo .- Establecer que el beneficio de pago de Papeletas por Infracciones de Tránsito se aplicará de acuerdo a la siguientes escala: INFRACCIONES Y MULTAS AL REGLAMENTO DE TRANSITO D.S.-94-MTC. INFRACCIONES MUY GRAVES Dentro de los 5 días S/. 30.00 Pasado los 5 días 50.00 INFRACCIONES GRAVES Dentro de los 5 días S/. 20.00 Pasado los 5 días 30.00 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-98.CMH- H.18 Dentro de los 10 días S/. 90.00 H.19 Pasado los 10 días 120.00 H-03 Dentro de los 10 días 30.00 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-MPH/00 I-23-24-25 Dentro de los 5 días 60.00 Pasado los 10 días 90.00 II-12-13-14-15-16-17-18-19 y 20 Dentro de los 5 días 50.00 Pasado los 5 días 70.00 I.01 al I-11 Dentro de los 5 días 30.00 Pasado los 5 días 50.00 DEBE DECIR: Artículo Sétimo .- OTORGUESE, el Beneficio de Pago Unico por la suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) por Papeletas de Sanción de Tránsito, comprendidas en las siguien- tes disposiciones: INFRACCIONES Y MULTAS AL REGLAMENTO DE TRANSITO D.S. Nº 017-94-MTC. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-98-CPH ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-00-CPH DICE: Artículo Octavo .- Compréndase dentro de este beneficio a las Papeletas de Infracción impuestas por los años 98-99 y 2000, aquellas que se encuentren en cobranza en la vía coactiva, también aquellas que se impongan hasta la vigencia de la presente ordenanza; exceptuándose de este beneficio todas aquellas papeletas de Infracciones de Tránsito que se encuen- tran en proceso de ejecución y/o con mandato de capturas del vehículo infractor a nivel nacional. DEBE DECIR: Artículo Octavo .- Compréndase dentro de este beneficio a las Papeletas de Infracción impuestas en los períodos 1998, 1999 y el 2000 impuestas hasta el 23 de noviembre del año en curso, así como las que se encuentran en cobranza en la vía coactiva; exceptuándose de este beneficio todas aquellas Pape- letas de Infracción de Tránsito que se encuentran en proceso de ejecución y/o con mandato de capturas del vehículo infractor a nivel nacional. 13667