Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2000 (07/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 7 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 195709

CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL EN VEHICULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA A. INFRACCIONES DE LA PERSONA JURIDICA
SANCIONES COD A-1 A-2 A-3 A-4 A-5 A-6 A-7 A-8 INFRACCION Permitir que los conductores presten servicio sin estar registrados o autorizados. Transferir la resolucion de circulacion o el certificado de operacion. Incorporar unidades sin contar con autorizacion municipal para ello. Tomar posesion de zonas de estacionamiento no autorizadas y que corresponden a otra persona juridica. No controlar la utilizacion correcta de la autorizacion para el servicio. Negarse a la realizacion del Curso de Educacion y Seguridad Vial dirigido a los conductores. Prestar servicio sin contar con la Resolucion de Circulacion y Certificado de Operacion. Por no cumplir con las demas obligaciones establecidas en la presente Ordenanza, normas reglamentarias y/o dispositivos conexos. MULTA % UIT 5% 5% 2% 3% 2% 3% 5% 2% OTRAS Internamiento del vehiculo

Internamiento de los vehiculos de la flota

B. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR
SANCIONES COD INFRACCION B-1 Transferir la Credencial de Conductor B-2 Prestar el servicio sin estar afiliado a una persona juridica que cuenta con autorizacion de operacion municipal B-3 Prestar el servicio bajo los efectos del alcohol, drogas o sustancias toxicas B-4 B-5 B-6 B-7 B-8 B-9 B-10 B-11 B-12 B-13 B-14 B-15 B-16 B-17 Trasladar mayor numero de pasajeros a la capacidad establecida en la Tarjeta de Propiedad. Poner en riesgo la seguridad e integridad fisica de los pasajeros Realizar el servicio en vias de alta velocidad, aceras o avenidas no autorizadas Adelantar vehiculos entablando competencia o MORDAZA de velocidad Detenerse a la espera de pasajeros en areas publicas no autorizadas, prohibidas o zonas rigidas. Negarse a prestar el servicio a escolares, ancianos o minusvalidos Prestar servicio en vehiculos que se encuentran en mal estado de conservacion y funcionamiento Prestar el servicio sin cuidar la apariencia y el aseo personal No portar la credencial de conductor correspondiente Conducir vehiculo menor sin contar con el distintivo municipal. Conducir vehiculo menor con toldera sin razon social, numero de la flota y numero de placas laterales Prestar el servicio de transporte sin Poliza de Seguros vigente Ubicarse con el vehiculo menor a la espera de pasajeros en zonas de estacionamiento que no le corresponde Recoger pasajeros a menos de 40 metros lineales de los paraderos autorizados, siempre que no existan vehiculos en dichos paraderos las zonas de estacionamiento autorizadas MULTA % UIT 5% 5% 5% 1% 3% 2% 5% 3% 2% 1% 1% 3% 2% 2% 4% 3% 1% 5% 2% 5% 3% 1% 1% 3% 3% OTRAS Internamiento del vehiculo Suspension de credencial e internamiento de vehiculo

Suspension de Credencial Internamiento y suspension de credencial

Internamiento de vehiculo

Internamiento de vehiculo

B-18 Hacer caso omiso o fugarse ante el requerimiento del Inspector Municipal B-19 Por no cumplir con las demas obligaciones establecidas en la presente Ordenanza, normas reglamentarias y/o dispositivos conexos B-20 Invadir paraderos y zonas de trabajo no autorizadas B-21 Incurrir en maltrato fisico o verbal al pasajero B-22 Negarse a prestar el servicio a escolares, ancianos o minusvalidos B-23 Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad fisica B-24 Conducir vehiculo menor sin la calcomania vehicular o distintivo de autorizacion municipal B-25 Realizar servicio de transporte fuera del horario establecido

Internamiento de vehiculo

Internamiento de vehiculo Internamiento de vehiculo

Internamiento de vehiculo

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Establecen disposiciones aplicables al MORDAZA de privatizacion del MORDAZA Municipal del distrito
ORDENANZA Nº 060-MDMM MORDAZA MORDAZA, 6 de diciembre de 2000 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo en Sesion Extraordinaria de la fecha, adopto por MAYORIA y con dispensa del tramite de Aprobacion de Acta; y,

CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26569 dispone que la privatizacion de los mercados publicos de propiedad de los municipios provinciales o distritales conlleva bajo sancion de nulidad que la enajenacion o transferencia bajo cualquier titulo de los puestos y demas establecimientos y/o servicios de dichos mercados, debera considerar, en primera oferta a los actuales conductores de los mismos, que soliciten esa preferencia; Que, con fecha 11 de marzo del 2000, se aprobo el Decreto Supremo Nº 002-2000-PRES -que establece las Normas Complementarias del Reglamento de Privatizacion de los Mercados Publicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-96-PRES-. Dicho dispositivo establece en el MORDAZA parrafo de su Articulo 3º la facultad a favor del Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA) de determinar la valorizacion de los mercados a privatizarse sobre la base del valor arancelario si se tratase de la

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