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Pág. 195692 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de diciembre de 2000 Estando a la Resolución Nº 063-2000-MP-FN y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluidas las designa- ciones del doctor Plácido Antenor Córdova Díaz, Fiscal Adjunto Provincial Provisional, materia de las Resolucio- nes Nº 569-99-MP-CEMP del 3 de agosto de 1999, Nº 615- 99-MP-CEMP del 25 de agosto de 1999 y Nº 550-2000-MP- CEMP del 21 de agosto del 2000. Artículo Segundo.- Designar a la doctora Gina Lilia- na Coronado López, Fiscal Provincial Titular asignada a la Cuadragésimo Sexta Fiscalía Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de Lima, como Fiscal Provincial Especia- lizada, para que con retención de su cargo se avoque a todas las investigaciones y procesos que se encuentren en trámite y se inicien como consecuencia de los casos materia de las Resoluciones Nº 569-99-MP-CEMP de fecha 3 de agosto de 1999, ampliada por la Nº 615-99-MP-CEMP de fecha 25 de agosto de 1999 y Nº 550-2000-MP-CEMP de fecha 21 de agosto del 2000. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscales Supremos, Presidente de la Corte Superior de Lima, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima, Oficina de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 13964 Disponen destaque de magistrados a la Fiscalía Suprema de Control Interno y a la Tercera Fiscalía Superior en lo Penal de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 082-2000-MP-FN Lima, 6 de diciembre de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por razones de servicio y de conformidad con el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Destacar a la doctora Elsa Maritza Aragón Hermoza, Fiscal Superior Titular de la Tercera Fiscalía Superior en lo Penal de Lima a la Fiscalía Suprema de Control Interno, con retención de su cargo. Artículo Segundo.- Destacar al doctor Pedro Abra- ham Chávez-Riva Castañeda, Fiscal Superior Titular de Lima, a la Tercera Fiscalía Superior en lo Penal de Lima. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto todas las Resolu- ciones de la Fiscalía de la Nación, así como las Resoluciones y Acuerdos de la ex Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, que se opongan a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución a los señores, Presidente de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscales Supremos, Presi- dente de la Corte Superior de Lima, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima, Oficina de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 13965S B S Prorrogan plazo para que el Banco Inte- ramericano de Finanzas proceda a enajenar bien adjudicado en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 854-2000 Lima, 28 de noviembre de 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, para que se le otorgue prórroga del plazo para la enajenación del bien recibido en dación de pago de acreen- cias conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provi- sión hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prórroga del plazo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presenta- das con una anticipación de, por lo menos (15) días antes de su vencimiento, caso contrario la solicitud será rechazada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "C" mediante Infor- me Nº DESF "C" 165-OT/2000, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Ase- soría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante las Resoluciones SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Interamericano de Finanzas proceda a la enajena- ción del bien señalado en el Anexo que forma parte inte- grante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Interamericano de Finanzas deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes pro- visiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 854-2000 Bien mueble recibido en dación de pago de obligacio- nes del deudor, sobre el cual se autoriza al Banco Interamericano de Finanzas la prórroga del plazo para su enajenación (venta), conforme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000.