Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2000 (08/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 8 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 38º.- Las sanciones con Multa a las infracciones que comete la persona juridica asi como el conductor seran impuestos de acuerdo al cuadro de infracciones y sanciones que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 39º.- Los pagos por todos los conceptos que emane por la aplicacion de la presente Ordenanza se haran exclusivamente a la partida correspondiente del distrito y que sera para su respectivo control; como son: - 60% Para el mantenimiento de las vias de la jurisdiccion de distrito. - 40% Para gastos administrativos, operativos, capacitaciones y otros. Articulo 40º.- El infractor con la MORDAZA o MORDAZA de la papeleta debera acercarse a la Division de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad para obtener la calificacion y con la Orden de Pago que debera cancelar la sancion en la Tesoreria (caja) de la Municipalidad con un 50% de reduccion dentro de los 8 primeros dias habiles como MORDAZA, pudiendo acogerse al fraccionamiento en partes con el 100% del total de la multa pasado de los 8 dias. Articulo 41º.- Ante la falta de cancelacion de la papeleta de sancion por el termino MORDAZA de 30 dias habiles se procedera la Cobranza Coactiva, despues de haberse agotado las sanciones de multa via administrativa por parte de la Division de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad. Articulo 42º.- Los recursos impugnativos a la imposicion de papeleta de sancion seran dentro de las 24 horas y la calificacion seguira el procedimiento siguiente: a) Reconsideracion en primera instancia sera resuelto por la Division de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad. b) Apelacion en MORDAZA instancia que sera resuelto por la Comision Tecnica Mixta. c) Revision en tercera instancia sera resuelta por el senor Alcalde. Articulo 43º.- Las sanciones y las infracciones segun los Codigos 9050 y 9058 tendran como sancion accesoria el internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial de Vehiculos menores de la Municipalidad distrital de MORDAZA MORDAZA, en caso de reincidencia se aplicara el Art. 19º del D.S. Nº 004-2000-MTC, (en cuanto al Codigo 9050 sera previo certificado del Dosaje Etilico correspondiente). Articulo 44º.- Los vehiculos internados en el Deposito Oficial de Vehiculos menores deben ser reclamados por sus propietarios, quienes acreditaran el Acta de Internamiento, tarjeta de propiedad (o contrato de compraventa, legalizada notarialmente). El propietario puede hacerse presentar por la persona juridica con Permiso de Operacion para recuperar el vehiculo, el que retire el vehiculo presentara el recibo de cancelacion de la papeleta de sancion y asi mismo suscribira el acta de recepcion del vehiculo, en caso de los vehiculos no motorizados debera presentar factura, boleta y contrato de compra-venta notarialmente. Articulo 45º.- Los vehiculos internados en el Deposito Oficial Municipal sin ser reclamados por mas de 180 dias por sus propietarios, la Municipalidad distrital procedera a rematarlos en subasta publica previa publicacion en el Diario Oficial El Peruano, previo a la tasacion y valorizacion del vehiculo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Las resoluciones de permiso de operacion otorgadas a las personas juridicas a la fecha tendran vigencia hasta su vencimiento que establece dicha Resolucion a excepcion de las Resoluciones que han sido observados por la Comision Tecnica Mixta. Segunda.- Para la aplicacion del cuadro de sanciones o infracciones a la presente Ordenanza, para la persona juridica y el conductor del vehiculo menor no motorizado sera el 50% menos con relacion a los vehiculos motorizados y de conformidad al procedimiento que establece la presente Ordenanza. Tercera.- La persona juridica que preste el servicio de transporte publico en vehiculos menores no motorizados, contaran con un fondo de ahorro bancario solidario contra accidentes que sera certificado se vigencia por el Banco semestralmente a la Municipalidad, debiendo ser depositado el 4% de la UIT. Por cada unidad vehicular tal como lo establece el Art. 11º Inc. 5) de nuestra Ordenanza. Cuarta.- El incremento o disminucion de autorizacion de permiso de operacion a las personas juridicas dentro del cercado de MORDAZA MORDAZA, sera cada 3 anos previo estudios tecnicos y a propuesta de la Comision Tecnica Mixta. Quinta.- Para los expedientes de las personas juridicas que se encuentran en tramite deberan adecuarse a la presente Ordenanza aplicandose en lo pertinente la Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035 y su Reglamento.

Sexta.- Las personas naturales que vienen prestando el servicio especial, se adecuaran a la MORDAZA Disposicion Transitoria del D.S. Nº 009-2000-MTC. Septima.- Lo no previsto en la presente Ordenanza, se adecuaran a lo que establece la Ley Nº 27189 y los D.S. Nºs. 0042000-MTC y 009-2000-MTC y la Ley Nº 27l8l y su Reglamento en lo que corresponde a vehiculos menores. Octava.- Dejese sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 00197-MDPP. Novena.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA ORDENANZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA A.) INFRACCION AL TRANSPORTADOR O PERSONA JURIDICA Codigo Infraccion Porcentaje 0.5% UIT 1 % UIT 5 % UIT 1 % UIT 5 % UIT 3 % UIT 5 % UIT 0.5 % UIT

9030 Por modificar la ruta autorizada, salvo indicacion de la Policia o por motivo de fuerza mayor. ................................ 9031 Por no contribuir en el aseo de la MORDAZA de los paraderos Inicial y Final. .................................................................... 9032 Por prestar servicios sin tener concesion o concesion vencida o cancelada. ......................................................... 9033 Por incrementar o sustituir vehiculos sin conocimiento Autorizado......................................................................... 9034 Por tomar posesion de la MORDAZA de estacionamiento no autorizado. ........................................................................ 9035 Por permitir conducir vehiculos motorizado a menores de edad (DOV)................................................................. 9036 Transferir la Resolucion del Permiso de Operacion....... 9037 Incumplimiento de las obligaciones senaladas en el Art. 23º Inc. c). de la presente Ordenanza................................. B.) INFRACCION DE LOS CONDUCTORES

9038 Por prestar servicio en mal estado de conservacion de vehiculo motorizado o no motorizado................................... 0.5% 9039 Por maltrato verbal o fisico a los pasajeros por parte del conductor. ......................................................................... 0.5% 9040 Por permitir que los pasajeros viajen colgados en el estribo del vehiculo o en el asiento del conductor o sobresaliendo alguna parte del cuerpo (DOV). .................... 1 % 9041 Por no asistir al curso de Seguridad Vial, de acuerdo a su programacion (DOV). .................................................... 1 % 9042 Por carecer del fotocheck entregado por la empresa. .......... 0.5% 9043 Por circular con radio y altoparlantes a volumenes en exceso............................................................................... 2 % 9044 Por prestar el servicio sin el debido aseo personal del conductor (uniforme) y carecer de higiene el vehiculo 0.5% 9045 Por no exhibir el letrero con el numero del vehiculo y de las siglas de la empresa a las que pertenecen (DOV). ......... 3 % 9046 Por no respetar las senales de MORDAZA y ubicarse en paraderos no autorizados, o voltear en "U".......................... 2 % 9047 Por agresion fisica a la autoridad mas la retencion del vehiculo por 72 horas (DOV). ............................................ 2.5% 9048 Por agresion verbal a la autoridad. ..................................... 2 % 9049 Por fuga mas orden de captura y retencion del vehiculo por 48 horas (DOV). .......................................................... 4 % 9050 Por conducir un vehiculo en estado de ebriedad (DOV . 5 % 9051 Por prestacion de servicio por la Pan. Norte (DOV). ............ 5 % 9052 Por circular en la noche sin llevar encendidas las luces respectivas........................................................................ 2 % 9053 Por estacionar interrumpiendo el MORDAZA ............................ 2 % 9054 Por circular sin placa de rodaje y sin el permiso correspondiente .......................................................................... 2 % 9055 Por no hacer senales, ni tomar las precauciones para voltear, pasar de un carril de la calzada a otro, o detener el vehiculo......................................................................... 1 % 9056 Por no mantener vigente la poliza de seguro obligatorios para pasajeros, terceros, conductor y/o cobrador................. 3 % 9057 Por dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad fisica................ 2 % 9058 Prestar el servicio sin estar afiliado a una persona juridica o transportador, con permiso de Operacion Municipal correspondiente. ................................................................. 5 % 9059 Transferir la credencial de conductor a otra persona.............2 % 9060 Recoger pasajeros de un paradero autorizado a otra persona juridica. ......................................................................2 % 9061 Incumplimiento de las obligaciones senaladas en el Art. 25º de la presente Ordenanza. ............................................ 0.5%

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