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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (23/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 196293 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de diciembre de 2000 dispuesto por el Artículo 541º inciso 1) del Código Procesal Civil, entre otras consideraciones; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar derivadas de la sentencia Suprema de fecha 12 de setiembre del 2000, Expediente Nº 229-98 expedido por la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República en los seguidos por GUICON S.A. EMPRESA CONSTRUCTORA - GUI- CONSA sobre impugnación de resolución administrativa y restitución del importe de la fianza ejecutada, por los hechos expuestos en los considerandos que anteceden. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procura- duría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Emb. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 14781 ECONOMÍA Y FINANZAS Convocan a entidades que manejan ope- raciones de endeudamiento para conci- liar desembolsos recibidos hasta el 31 de diciembre de 2000, con la Dirección Ge- neral de Crédito Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2000-EF/75.01 Lima, 22 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27211 de fecha 3 de diciembre de 1999, se aprobó la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año fiscal 2000; Que, el Artículo 8º de la Ley Nº 27211, establece que las entidades u órganos que administran operaciones de Endeu- damiento están obligadas a conciliar semestralmente con la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, los desembolsos que reciban al 31 de diciembre de 2000, estableciéndose como plazo máximo el 31 de enero del año fiscal 2001, bajo responsabilidad del Titular de la entidad u órgano correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27211; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Convocar, según cronograma que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral, a las entidades que manejan operaciones de Endeudamiento, para conciliar con la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, los desembolsos que hayan recibido hasta el 31 de diciembre de 2000, bajo la responsabilidad del Titular de la entidad u órgano correspon- diente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27211. Regístrese y comuníquese. JOSE F. LITUMA AGUERO Director General de Crédito Público CRONOGRAMA DE CONCILIACIONES DE LOS INGRESOS POR ENDEUDAMIENTO INTERNO Y EXTERNO CON GARANTIA DEL GOBIERNO CENTRAL AL 31-12-2000 DIAS SECTORES (*) 09-01-2001 MINISTERIO DE DEFENSA 09-01-2001 PODER JUDICIALDIAS SECTORES (*) 10-01-2001 MINISTERIO DE SALUD 11-01-2001 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 15-01-2001 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 15-01-2001 MINISTERIO DE EDUCACION 15-01-2001 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL 16-01-2001 MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION 18-01-2001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 18-01-2001 MINISTERIO DE PROMOCION DE LA MUJER Y DEL DESARROLLO HUMANO 19-01-2001 MINISTERIO DE AGRICULTURA 22-01-2001 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS 23-01-2001 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 23-01-2001 GOBIERNOS LOCALES (*) INCLUYE LOS PROYECTOS ESPECIALES QUE CORRESPONDEN A CADA SECTOR 14829 Sustituyen anexo y modelos de la Directi- va para la Aprobación, Ejecución y Con- trol del Proceso Presupuestario del Sec- tor Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 048-2000-EF/76.01 Lima, 18 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Directoral Nº 046-2000- EF/76.01 de fecha 14 de diciembre de 2000, se aprobó la Directiva Nº 001-2001-EF/76.01, Directiva para la Apro- bación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Público del Año Fiscal 2001; Que, resulta necesario sustituir el Anexo Nº 01 de la precitada Directiva, a fin de ajustar los plazos estableci- dos para el cumplimiento adecuado en la administración y flujo de la Información Presupuestaria; Que, asimismo es pertinente que los Modelos 02 y 03 se adecuen a los lineamientos para la elaboración, la denomina- ción y publicación a que se refiere la Ley Nº 26889 -Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; De conformidad con los Títulos II y III de la Ley Nº 27209, Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, Resolución Viceministerial Nº 148- 99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas modificada por la Reso- lución Viceministerial Nº 108-2000-EF/13; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Primera Dispo- sición Final del Decreto Legislativo Nº 909-2000 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Sustituir el Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 001-2001-EF/76.01 – “Directiva para la Aproba- ción, Ejecución y Control del Proceso Presupuesta- rio del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral Nº 046-2000- EF/76.01, correspondiente al año fiscal 2001, publicada en Separata Especial del Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de diciembre de 2000, por el Anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo 2º .- Sustituir los Modelos 02 y 03 de la Directiva Nº 001-2001-EF/76.01 – “Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presu- puestario del Sector Público”, por los Modelos 02 y 03 que forman parte de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. REYNALDO BRINGAS DELGADO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público