Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2000 (23/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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A LA: SECCION PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : : : : : : : :

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de diciembre de 2000

MITINCI
Autorizan creacion del Comite Consultivo de Turismo Regional de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 204-2000-ITINCI/DM MORDAZA, 19 de diciembre de 2000
(En Nuevos Soles)

CONSIDERANDO: Que, el Articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2000-ITINCI, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 026-2000ITINCI, dispone que el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales podra autorizar la conformacion de Comites Consultivos de Turismo Regionales en los departamentos del pais; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el citado articulo, las Direcciones Regionales de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales propondran al Viceministro de Turismo la formacion y composicion de su correspondiente Comite Consultivo de Turismo Regional; Que, asimismo, la MORDAZA senala que las funciones y acciones de los Comites Consultivos de Turismo Regional seran precisadas en la Resolucion Ministerial que autorice su creacion; Que, la Direccion Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales de Ica ha propuesto al Viceministerio de Turismo la conformacion de su respectivo Comite Consultivo de Turismo Regional, senalando las instituciones publicas y privadas que integrarian dicho Comite; De conformidad con el Articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2000ITINCI, con la modificacion incluida en el Decreto Supremo Nº 026-2000-ITINCI y el Decreto Ley Nº 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Con la opinion favorable del Viceministerio de Turismo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la creacion del Comite Consultivo de Turismo Regional de Ica, como organo de coordinacion entre el sector publico y privado. Los acuerdos del Comite Consultivo de Turismo Regional de Ica tienen caracter de recomendaciones y por lo tanto no obligan a la Direccion Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales de Ica, en asuntos que son de su responsabilidad. Articulo 2º.- El Comite Consultivo de Turismo Regional de Ica estara integrado por: . El Director Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales de Ica, quien lo presidira. Actuara como alterno el Director de Turismo; . Un representante de la Municipalidad Provincial de Ica; . Un representante de la Municipalidad Provincial de Pisco; . Un representante de la Municipalidad Provincial de Nasca; . Un representante de la Municipalidad Provincial de Palpa; . Un representante de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA - Palpa; . Un representante de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de Ica; . Un representante del Instituto Nacional de Cultura, INC - Filial Ica; . Un representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA- Ica; . Un representante de la IX Region de la Policia Nacional del Peru;

(A nivel de Categoria de Gasto y Grupo Generico del Gasto) 5.- GASTOS CORRIENTES 6.- GASTOS DE CAPITAL _____________ TOTAL EGRESOS ===========
1 Articulo.- Obligacion de desagregar las Transferencias de Partidas

Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan , en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el articulo precedente, a nivel de Categoria del Ingreso, Generica del Ingreso, Subgenerica del Ingreso y Especifica del Ingreso. Los citados anexos son remitidos a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (05) dias siguientes de su aprobacion . Articulo. - Codificaciones La Oficina de Presupuesto del (los) Pliego (s) comprendido(s) en la presente Transferencia de Partidas, solicitara(n) a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos asi como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruyen a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) bajo su ambito para que elabore(n) las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo .- (Indicar sumilla acorde al texto del articulo que se quiere incluir) ............................................................................................. ............................................................................................. Articulo .- Remision MORDAZA del presente Dispositivo se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 909-2000 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001.

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