Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2000 (30/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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Pag. 196527

"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, sabado 30 de diciembre de 2000 ANO XVIII - Nº 7495

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27388
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 15275

LEY Nº 27389
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRORROGA EL PLAZO PARA LA ADAPTACION DE LAS SOCIEDADES A LO DISPUESTO EN LA LEY Nº 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES, Y PRORROGA LA SUSPENSION PREVISTA EN LA OCTAVA DISPOSICION TRANSITORIA
Articulo 1º.- Prorroga el plazo de adecuacion de las empresas a la nueva Ley General de Sociedades Prorrogase el plazo a que se refiere la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, modificada por las Leyes N°s. 26977 y 27219, por MORDAZA vez, hasta el 31 de diciembre del ano 2001. Articulo 2º.- Modifica la Octava Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades Modificase la Octava Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, modificada por la Ley Nº 27237, en los terminos siguientes: "Octava.- Articulos suspendidos Quedan en suspenso, por una MORDAZA vez, hasta el 31 de diciembre del ano 2001, los efectos de lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 176º, en el Articulo 220º y en el inciso 4) del Articulo 407º de esta Ley." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre de dos mil. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

PRORROGA DE LA LEY SOBRE LA REPROGRAMACION DE APORTES AL SPP (REPRO-AFP)
Articulo 1º.- Periodo y plazo de acogimiento de deudas por concepto de aporte al SPP Sustituyense el texto del parrafo 2.1 del Articulo 2º y el Articulo 3º de la Ley Nº 27358, Ley que establece el Regimen de Reprogramacion de Aporte al Fondo de Pensiones, en los terminos siguientes: "2.1 Podra ser materia de acogimiento al REPRO-AFP toda deuda por concepto de aportes al Sistema Privado de Pensiones (SPP), pendientes al 30 de noviembre de 2000. Articulo 3º.- Plazo de acogimiento El plazo para la MORDAZA de la solicitud de acogimiento vencera el 30 de MORDAZA de 2001." Articulo 2º.- Reglamentacion Encargase al Poder Ejecutivo la reglamentacion de la presente Ley, en el plazo de 20 (veinte) dias calendario, contados a partir de su vigencia. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre de dos mil. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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