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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2000 (06/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 182444 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de enero del 2000 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL Aprueban resultados de proceso de evaluación de personal del CTAR Piura RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 618-99/CTAR PIURA-P Piura, 23 de diciembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 002-99 CTAR PIURA-CCE, de fecha 16 de diciembre de 1999, sobre resultado del Proceso de Evaluación de Personal del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura, correspondiente al Primer Semestre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 26093 se dispuso que los titulares de los Ministerios y de las Instituciones Públicas Descentralizadas deben realizar semestralmente Programas de Evaluación de Personal; Que, con Resolución Ministerial Nº 353-98/PRES de fecha 12 de agosto de 1998, el Ministerio de la Presidencia aprobó la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR que norma el Programa de Evaluación del Rendimiento Laboral a ser aplicado al personal de los Consejos Transitorios de Administración Regional en todo el país, la misma que es modificada por Resolución Ministerial Nº 357-98; Que mediante Resolución Presidencial Nº 516-99/CTAR PIU- RA-P, del 4 de noviembre de 1999, se designaron a los integrantes de la Comisión de Evaluación del Personal del Nivel Regional, que se encargue de realizar el Programa de Evaluación de Personal en el Consejo Transitorio de Administración Regional Piura, correspondiente al I Semestre de 1999; Que, con Resolución Presidencial Nº 515-99-CTAR-PIURA-P del 4 de noviembre de 1999 se aprobó el "Reglamento Interno de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral" para ser aplica- do al personal nombrado del ámbito administrativo del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura; Que, la Comisión de Evaluación de Personal de nivel Regio- nal ha cumplido con efectuar todas las fases evaluativas corres- pondientes al I Semestre de 1999, del Personal Nombrado de la Sede Central y de la Gerencia Subregional "Luciano Castillo Colonna" de Sullana, así como fiscalizar los procesos de las Direcciones Regionales y Subregionales Sectoriales, las cuales conformaron oportunamente las Comisiones de Evaluación del Personal las mismas que han cumplido con realizar el Proceso de Evaluación de Personal en las diversas dependencias de su jurisdicción, por la que la citada Comisión Regional ha emitido el informe del "Visto" que es procedente aprobar, así como disponer su implementación; De conformidad a lo recomendado por la Comisión Regional de Evaluación de Personal del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional Piura; Con la visación de la Gerencia Regional de Administración, Asesoría Jurídica y la Secretaría Técnica del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura; y, En uso de las atribuciones conferidas al Despacho por la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-96-PRES y Resolución Supre- ma Nº 187-98/PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los resultados de la Evalua- ción del Personal de la Sede del CTAR PIURA, Gerencia Regional "Luciano Castillo Colonna", Direcciones Regionales y Subgeren- cias Regionales del ámbito administrativo del Consejo Transito- rio de Administración Regional Piura correspondiente al I Se- mestre de 1999, de acuerdo al Cuadro de Méritos pertenecientes al nivel Directivo, Grupos Ocupacionales Profesional, Técnico y Auxiliar, comprendidos en el Informe Nº 002-99/CTAR PIURA- CCE de fecha 16 de diciembre de 1999 que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- TRANSCRIBASE, la presente Resolu- ción al Viceministerio de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Economía y Finanzas y demás órganos competentes del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura.Regístrese y comuníquese. ALBERTO V. JOO CHANG Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional Piura 16378 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento de Ejecución Coac- tiva de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-99 Chaclacayo, 1 de diciembre de 1999 POR CUANTO: Que, el Concejo Municipal en su Sesión Extraordinaria de fecha 99.11.26, ha revisado el proyecto modificatorio de Arance- les de Gastos y Costas del Procedimiento de Ejecución Coactiva a aplicarse en la Municipalidad de Chaclacayo; Que habiéndose expedido la Ley Nº 26979 -Ley de Procedi- miento de Ejecución Coactiva, y en tanto no sean publicados los topes a que se refiere su Primera Disposición Complementaria y Transitoria; es necesario adecuar a la nueva normatividad legal para su mejor aplicación, los conceptos por los cuales se cobran las costas, modificándose la Ordenanza Municipal Nº 001-96 en lo referente al cobro de los Aranceles por Actuaciones en el Procedimiento Coactivo; y al mismo tiempo disminuir la carga económica asumida por los administrados en el citado procedi- miento; De conformidad con los Arts. 10º y 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y en uso de sus atribuciones, los señores regidores aprobaron por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Arancel de Gastos y Cos- tas del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de Chaclacayo el mismo que consta en el cuadro anexo y forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Modificar la Ordenanza Municipal No. 001-96 que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos de esta Municipalidad, en lo referente a los Aranceles por Actuaciones en el Procedimiento Coactivo, derogándose toda norma que contravenga la presente Ordenanza; encargándose a la Oficina de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad el cumpli- miento de la misma. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia, a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARIA DELIA VERGARA PEREZ Alcaldesa ARANCEL DE GASTOS Y COSTAS A COBRARSE EN EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA EN LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Gastos Administrativos por Ejecución Coactiva se cobrarán de acuerdo a los costos que se regularán por Decreto de Alcaldía: Con un Mínimo 1% UIT 28.00 Con un Máximo 10% UIT 280.00 Por notificación de Resolución de Ejecución Coactiva personal o por correo certificado. Cada uno 0.25% UIT 7.00 Por diligencia de embargo en forma de intervención en Recaudación, administración o información, el 1% del monto total adeudado Con un mínimo de 1 %UIT 28.00 Con un máximo de 12%UIT 346.00 Por diligencia de embargo en forma de depósito o secuestro conservativo, el 1% del monto total adeudado. Con un mínimo de 1 %UIT 28.00 Con un máximo de 12%UIT 346.00 Por diligencia de embargo en forma de intervención o depósito frustrado 0.50%UIT 14.00