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Pág. 182427 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de enero del 2000 CORROCHANO MOYANO, Viceministro de Justicia, como Pre- sidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos, en repre- sentación del Ministro de Justicia; Que, en virtud a las funciones y atribuciones asignadas al Consejo Nacional de Derechos Humanos mediante Ley Nº 27234, resulta necesario que el Ministro de Justicia reasuma la Presi- dencia de este organismo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del doctor LUIS ALFONSO GARCIA-CORROCHA- NO MOYANO, Viceministro de Justicia, como Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 0067 M T C Otorgan a empresa concesiones para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3081-99-MTC/15.18 Lima, 10 de diciembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 05419010, organizado por la empresa de transportes "HALCON ANDINO" E.I.R.L., sobre Concesiones de Rutas del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 979-99-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direc- ción de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes "HALCON ANDINO" E.I.R.L., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado las concesiones de las rutas: Lima - Huancasancos y viceversa (Vía Galeras), Ica - Huancasancos y viceversa (Vía Llauta) e Ica - Cayara y viceversa (Vía Galeras), al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 979-99-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido for- mulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes "HAL- CON ANDINO" E.I.R.L., las concesiones de las rutas: Lima - Huancasancos y viceversa (Vía Galeras), Ica - Huancasancos y viceversa (Vía Llauta) e Ica - Cayara y viceversa (Vía Galeras), para prestar Servicio Público de Transporte Terres- tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo con los siguien- tes términos: RUTA Nº 1 :LIMA - HUANCASANCOS y VICEVERSA ORIGEN :LIMA DESTINO :HUANCASANCOS ITINERARIO :CAÑETE-CHINCHA-ICA-PALPA-NASCA-SA- CSAMARCAESCALA COMERCIAL :ICA FRECUENCIA :UNA SEMANAL HORARIOS DE SALIDA :DE LIMA: JUEVES A LAS 07.00 HORAS DE HUANCASANCOS: SABADOS A LAS 06.30 HORAS TIEMPO DE VIAJE: :19.00 HORAS APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA :UF-1801 (1990) FLOTA DE RESERVA :UF-1792 (1982) RUTA Nº 2 :ICA - HUANCASANCOS y VICEVERSA ORIGEN :ICA DESTINO :HUANCASANCOS ITINERARIO :PALPA-LLAUTA-PUCARA FRECUENCIA :UNA SEMANAL HORARIOS DE SALIDA :DE ICA:MARTES A LAS 10.00 HORAS DE HUANCASANCOS: MIERCOLES A LAS 08.00 HORAS TIEMPO DE VIAJE: :12.00 HORAS APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA :UQ-2089 (1994) FLOTA DE RESERVA :UF-1792 (1982) RUTA Nº 3 :ICA - CAYARA y VICEVERSA ORIGEN :ICA DESTINO :CAYARA ITINERARIO :PALPA-NASCA-CHUMBILLA-CANARIA-TIQUI- HUA-HUALLA FRECUENCIA :UNA SEMANAL HORARIOS DE SALIDA :DE ICA: SABADOS A LAS 10.00 HORAS DE CAYARA: LUNES A LAS 06.00 HORAS TIEMPO DE VIAJE: :14.00 HORAS APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA :UQ-2089 (1994) FLOTA DE RESERVA :UF-1792 (1982) Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las nor- mas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concer- nientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su notificación. Cuarto.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 0060 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Prorrogan designación de Vocales Superiores Especializados en Tráfico Ilícito de Drogas RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 091-STP-TID Lima, 4 de enero del 2000 SEGUNDA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ESPECIALIZADA EN EL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 328-CME-PJ de fecha 25 de febrero de 1997 se facultó a la Segunda Sala Penal