Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2000 (06/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 6 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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SBS

mento de MORDAZA, quedando subsistente los demas extremos de la misma. Registrese, comuniquese y publiquese.

Autorizan a institucion bancaria la aperSOCORRO HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca tura de agencias en los distritos de La 0062 MORDAZA e Independencia, provincia de MORDAZA Prorrogan plazo para que institucion RESOLUCION SBS Nº 1116-99 bancaria proceda a enajenar bien inLima, 21 de diciembre de 1999 mueble adjudicado en pago de deudas
LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA RESOLUCION SBS Nº 1117-99 VISTA: MORDAZA, 21 de diciembre de 1999 La solicitud presentada por la empresa MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. - MIBANCO, para que se le autorice la apertura de 2 Agencias en: la Av. MORDAZA Nºs. 1630 - 1632 del distrito de La MORDAZA, y la Av. Las Victorias Nºs. 718 - 720 del distrito de Independencia, MORDAZA en la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "E", mediante Informe ASIF"E" Nº 189-OT/99 del 99.12.17; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular SBS Nº B-1996-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. - MIBANCO, la apertura de las Agencias ubicadas en: la Av. MORDAZA Nºs. 1630 - 1632 del distrito de La MORDAZA, y la Av. Las Victorias Nºs. 718 - 720 del distrito de Independencia, MORDAZA en la provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 0061 RESOLUCION SBS Nº 1129-99 MORDAZA, 27 de diciembre de 1999 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La Comunicacion Nº 7134/99 del 99.12.27, presentada por la empresa MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. MIBANCO, en el sentido que la direccion de la Agencia ubicada en la Av. Las Victorias Nºs. 718 - 720 del distrito de Independencia, provincia y departamento de MORDAZA, es Av. Las Violetas Nºs. 718-720 del distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1116-99 de fecha 99.12.21, este Organismo de Supervision y Control autorizo a la empresa MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. - MIBANCO, la apertura de una Agencia ubicada en la Av. Las Victorias Nºs. 718 - 720 del distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "E", mediante Informe ASIF"E" Nº 193-OT/99 del 99.12.27; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular SBS Nº B-1996-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la Resolucion SBS Nº 1116-99 del 99.12.21, en la parte referida a la direccion de la Agencia ubicada en la Av. Las Victorias Nºs. 718 - 720 del distrito de Independencia, provincia y departamento de MORDAZA, por la de Av. Las Violetas Nºs. 718-720 del distrito de Independencia, provincia y departaLA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion del bien que forma parte del Anexo de la presente Resolucion, adjudicado en cobro de acreencias, presentada por el Banco de Comercio conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, el Banco debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, el numeral 4 de la Circular Nº B-2017-98 establece que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario, sera rechazada la solicitud; Que, estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "C" mediante Informe Nº ASIF"C"261-OT/99, y con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 0807-99 de fecha 99.8.26; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley Nº 26702; para que el Banco de Comercio proceda con la enajenacion del bien inmueble senalado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, el Banco de Comercio debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que se vendio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 1117-99 Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco de Comercio, prorroga de seis (6) meses para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702.
FECHA DE ADJUDICACION 98.12.30 Total DESCRIPCION / UBICACION MORDAZA MORDAZA X Nº 134 San MORDAZA VALOR CONTABLE PRORROGA DE (En Nuevos Soles) TENENCIA 358 617.00 358 617.00 2000.6.30

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