Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2000 (06/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 6 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 182441

Modifican Procedimiento General de Importacion Temporal INTA-PG.04 (V.2)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Nº 000 ADT/1999-002170 Callao, 31 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001059 publicada el 19.SET.99 se aprueban entre otros el procedimiento de "Importacion Temporal" INTA-PG.04 adecuado al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, el Decreto Supremo Nº 186-99-EF del 29.DIC.99, aprueba el Reglamento para la Valoracion de Mercancias del Acuerdo sobre Valoracion en Aduana de la Organizacion Mundial de Comercio (OMC), disponiendose la aplicacion de las Normas de Valoracion de la OMC a partir de 1 de enero del 2000 solo a las Partidas del Sistema Armonizado que figuran en el Anexo que forma parte de la R.M. 256-99-EF/15 y a partir del 1 de MORDAZA del 2000 las Partidas restantes contenidas en el Arancel de Aduanas; Que, resulta necesario adecuar el citado procedimiento de despacho establecido por ADUANAS a los dispositivos legales MORDAZA mencionados; En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 01223-99 respectivamente, y estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001322 del 16.DIC.99; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Procedimiento General de "Importacion Temporal" INTA-PG.04 (V.2), conforme se detalla a continuacion: . Numeral 15 de la Seccion VI. NORMAS GENERALES, por el siguiente texto: "La regularizacion por Reexportacion, Nacionalizacion y Destruccion por caso fortuito o fuerza mayor .... En la nacionalizacion, se debe presentar el respectivo Certificado de Inspeccion o Informe de Verificacion tramitado en destino, cuando corresponda." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 0025

. MORDAZA parrafo del Numeral 10 de la Seccion VI. NORMAS GENERALES, por el siguiente texto: "En la nacionalizacion se debe presentar el respectivo Certificado de Inspeccion o Informe de Verificacion tramitado en destino, cuando corresponda; exceptuandose de su MORDAZA cuando las mercancias admitidas temporalmente a nacionalizar se encuentren contenidas en productos compensadores o excedentes con valor comercial." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 0026

Modifican Procedimiento Especifico de Aplicacion de Tributos, Derechos Antidumping y Compensatorios INTAPE.01.08 (V.1)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Nº 000 ADT /2000-000001 Callao, 4 de enero de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001071 del 23.SET.99, se aprueba entre otros, el Procedimiento Especifico de "Aplicacion de Tributos, Derechos Antidumping y Compensatorios" INTA-PE.01.08 (V.1), adecuado al Sistema de Calidad de Aduanas; Que, por el Articulo 1º de la Ley Nº 27215 del 10.DIC.99, se modifica el primer parrafo del Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF, disponiendo que las exoneraciones contenidas en los Apendices I y II tendran vigencia hasta el 31 de diciembre del ano 2000; Que, resulta necesario actualizar el numeral 2. del Rubro A.5 IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS de la Seccion VII. A del citado Procedimiento Especifico, de acuerdo a la MORDAZA senalada en el parrafo precedente; En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 01223-99 respectivamente, y estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001322 del 16.DIC.99; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el numeral 2 del Rubro A.5 IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS de la Seccion VII.A, del Procedimiento Especifico de "Aplicacion de Tributos, Derechos Antidumping y Compensatorios" INTA-PE.01.08 (V.1), adecuado al Sistema de Calidad de Aduanas, en los terminos siguientes: "2. Las importaciones de mercancias exoneradas del Impuesto General a las Ventas se encuentran comprendidas en el Apendice I del Decreto Supremo Nº 055-99-EF, sustituido por Decreto Supremo Nº 119-99-EF, y estan vigentes hasta el 31.12.2000 segun Ley Nº 27215, detallandose las mismas en Anexo 3 del presente procedimiento". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 0028

Modifican Procedimiento General de Admision Temporal INTA-PG.06 (V.2)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Nº 000 ADT/1999-002171 Callao, 31 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001059 publicada el 19.SET.99 se aprueban entre otros el procedimiento de "Admision Temporal" INTA-PG.06 adecuado al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, el Decreto Supremo Nº 186-99-EF del 29.DIC.99, aprueba el Reglamento para la Valoracion de Mercancias del Acuerdo sobre Valoracion en Aduana de la Organizacion Mundial de Comercio (OMC), disponiendose la aplicacion de las Normas de Valoracion de la OMC a partir de 1 de enero del 2000 solo a las Partidas del Sistema Armonizado que figuran en el Anexo que forma parte de la R.M. 256-99-EF/15 y a partir del 1 de MORDAZA del 2000 las Partidas restantes contenidas en el Arancel de Aduanas; Que, resulta necesario adecuar el citado procedimiento de despacho establecido por ADUANAS a los dispositivos legales MORDAZA mencionados; En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia Nº 01223-99 respectivamente, y estando a la delegacion de facultades contenidas en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001322 del 16.DIC.99; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el Procedimiento General de "Admision Temporal" INTA-PG.06 (V.2), conforme se detalla a continuacion:

Fijan factores de conversion monetaria a utilizarse en declaracion de la base imponible en ADUANAS
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADR/2000-000002 Callao, 4 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del Art. 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. Nº 121-96-EF, senala que

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