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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2000 (16/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

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Pág. 182791 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de enero de 2000 "d) La Municipalidad Distrital de Ate." POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 0558 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Presupuesto institucional de Apertura del Año Fiscal 2000 ACUERDO DE CONCEJO Nº 28-99/MDB Breña, 27 de diciembre de 1999 VISTO: El Dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas y Presu- puesto poniendo a consideración del Pleno el Presupuesto Insti- tucional de Apertura del Año Fiscal 2000; y, CONSIDERANDO: Que, el Inc. 1) del Art. 193º de la Constitución Política del Estado establece que las municipalidades tienen competencia para aprobar su presupuesto; Que, con arreglo a las disposiciones del Gobierno Central, la Administración municipal ha cumplido con elaborar su Presu- puesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2000, el mismo que está sustentado en la Escala de Prioridades delineada por el Sr. Alcalde, atendiendo a los Objetivos Institucionales; Que, estando al Dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas y Administración; De conformidad con lo dispuesto por la Directiva Nº 007-99- EF/76.01 aprobada por Resolución Directoral Nº 036-99-EF/76.01, Ley Nº 26703, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y Arts. 36º numeral 4, 103º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDO: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2000, el mismo que asciende a S/. 15'280,400 nuevos soles, presentado con su Exposición de Moti- vos y Formatos A-1, A-3, A-5, A-5A, A-6, A-6A, A-6B y A-7, adjuntos al presente Acuerdo. Artículo Segundo.- FACULTAR al Sr. Alcalde para que promulgue el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego Presu- puestario: Municipalidad Distrital de Breña y oportunamente disponga su remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 0499 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Fijan montos por derechos de emisión y distribución de formularios y recibos de pago del Impuesto Predial y arbi- trios municipales DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-00/MJM Jesús María, 11 de enero de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIACONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributación Municipal-, establece que aquellas Mu- nicipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de reci- bos de pago, incluida su distribución a domicilio, quedan faculta- das a cobrar por dichos servicios hasta 0.4% de la Unidad Impo- sitiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable, lo que sustituiría a la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el procesamiento de datos, derecho de emi- sión mecanizada de actualización de valores y distribución a domicilio de los formularios de declaraciones juradas, liquidacio- nes, recibos de pago de los diferentes tributos y multas de la Administración Municipal, para el ejercicio 2000; Estando a las atribuciones conferidas en el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Fíjese en S/. 9.60 (Nueve y 60/100 Nue- vos Soles), el monto que deben abonar los contribuyentes o responsables que tengan hasta dos predios por concepto de derecho emisión mecanizada de actualización de valores, deter- minación del impuesto, distribución de los formularios de declara- ciones juradas, liquidaciones y recibos de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2000. Por cada predio adicional deberán abonar S/. 4.80 (Cuatro y 80/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Artículo Segundo.- Fíjese el derecho de emisión y distribu- ción de los formularios, liquidaciones y recibos de pago, para los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y Relleno Sanitario en S/. 1.20 (Uno y 20/100 Nuevos Soles), por cada uno trimestralmente. Artículo Tercero.- Fíjese en S/. 0.80 (80/100 Nuevos Soles) el pago por derecho de emisión y distribución de los formularios, liquidaciones y recibos de pago para los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y Relleno Sanitario a los pensionistas y a los que se encuentren incluidos en la Tasa Social, por cada uno trimestralmente. Artículo Cuarto.- Fíjese en S/. 3.00 el derecho de emisión y distribución de multas administrativas y tributarias que deberán abonar los infractores a las normas municipales. Artículo Quinto.- Los montos a que se refiere el presente decreto son fijos y serán prorrateados entre el número de recibos correspondientes a cada tributo. Artículo Sexto.- El presente decreto será de aplicación para el ejercicio gravable 2000. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 0500 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Establecen procedimiento de imposi- ción de papeletas de multa por uso de zonas de parqueo vehicular evadiendo el control municipal DECRETO Nº 009-99-MDLV La Victoria, 30 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 023-99-MDLV de fecha 31 de mayo de 1999, el Concejo Distrital de La Victoria, en uso de legales atribuciones que la Constitución reconoce, estableció el tributo denominado Derecho de Estacionamiento Vehicular, correspondiente a la prestación efectiva del servicio que brinda la Municipalidad en determinadas vías públicas de alta circulación, pertenecientes a la circunscripción; Que, mediante Ordenanza Nº 034-99-MDLV de fecha 15 de octubre de 1999, se ha modificado la norma antes citada con relación a su horario, monto y las vías de estacionamiento; Que, en uso de las facultades reglamentarias expresamente conferidas en la Ordenanza Nº 023-99-MDLV, este Despacho considera necesario establecer un procedimiento para la imposi- ción de las multas por evasión al control municipal en las zonas