Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2000 (16/01/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 182778
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de enero de 2000

Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca dispone en sus Articulos 43º y 47º que para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, por parte de personas naturales y juridicas, se requiere del permiso de pesca correspondiente, asi como, para estos fines los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que igualmente los Articulos 44º y 45º de la Ley citada en el considerando precedente, establecen que las concesiones, autorizaciones y permisos son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado, para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los correspondientes derechos; Que la Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE establecio un regimen provisional para la extraccion de atun y especies afines de manera excepcional al Plan de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines y modifico durante su vigencia, el numeral 8.1, dejando en suspenso los numerales 7.1, 7.7 y 8.1 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE, por el mismo periodo; Que mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALTA, representante legal en el Peru de la empresa KERBELA S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion atunera de bandera hondurena "EASTERN PACIFIC" con 222.25 TRN, en la extraccion del recurso atun y especies afines en aguas jurisdiccionales peruanas; Que el recurrente, ha cumplido con presentar los requisitos y condiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero

del Atun y Especies Afines, no siendo de aplicacion los numerales 7.1, 7.7, de conformidad a los Articulos 2º y 3º de la Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE; asimismo ha cumplido con los requisitos del procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE, en el regimen provisional para el acceso a la extraccion de atun y especies afines establecido por Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALTA, representante del armador KERBELA S.A., para operar la embarcacion atunera de bandera hondurena "EASTERN PACIFIC" en la extraccion del recurso atun y especies afines en aguas jurisdiccionales peruanas, fuera de las diez (10) millas de la costa, de acuerdo al siguiente detalle:

EMBARCACION "EASTERN PACIFIC"

T.R.N. INTERN. 222.25

CAPAC. DE ALMC. (m3) 627.80

INDICATIVO INTERNACIONAL HQTU 6

SISTEMA DE PRESERVAC. SALMUERA REFRIG.

ARTE DE PESCA RED CERCO 4"

FECHA DE VIGENCIA PERMISO DE PESCA 15.1.2000 AL 13.7.2000

Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, caducara automaticamente al vencimiento del plazo indicado en el citado articulo. Articulo 3º.- Las operaciones que se autorizan en el Articulo 1º de la presente Resolucion estan sujetas a las disposiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97PE, al regimen provisional de extraccion de atun y especies afines establecido mediante Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE, normas de sanidad y medio ambiente y demas que le MORDAZA aplicables. RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-2000-PE/DNE MORDAZA, 14 de enero del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00038003 con escritos de fechas 12 y 21 de MORDAZA, 24 de MORDAZA, 23 de noviembre, 9 y 15 de diciembre de 1999, presentados por la empresa TEKNOFISH S.A. mediante los cuales solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "CONNIE JEAN". CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º y 47º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, disponen que las personas naturales o juridicas requeriran para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, el permiso de pesca correspondiente, asi como que para estos fines los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que asimismo, los Articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los correspondientes derechos; de otro lado el inciso b) del Articulo 48º de la citada Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, cuando hayan sido contratadas por empresas peruanas para extraer aquellos recursos hidrobiologicos que determine el Ministerio de Pesqueria; Que la Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE establecio un regimen provisional para la extraccion del recurso atun y especies afines de manera excepcional al Plan de Ordenamiento Pesquero del citado recurso, y dejo en suspenso los numerales 7.1, 7.7 y 8.1 del referido Plan aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "CONNIE JEAN" de bandera de Estados Unidos de Norte MORDAZA, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun y espacies afines, dentro de aguas jurisdiccionales peruanas con destino al consumo humano directo, acogiendose al regimen provisional establecido por Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE; Que de la evaluacion efectuada al expediente se ha verificado que la empresa TEKNOFISH S.A. ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE y con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE, por lo que deviene procedente otorgar el permiso de pesca solicitado;

Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 0526 Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE y en la Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE; En uso de las facultades conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 15 de junio del 2000, permiso de pesca a la empresa TEKNOFISH S.A., para operar la embarcacion pesquera de cerco con bandera de los Estados Unidos de Norte MORDAZA que a continuacion se detalla, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun y especies afines, en aguas jurisdiccionales peruanas a partir de las 10 millas de la costa, con destino al consumo humano directo.
ARMADOR NOMBRE DE LA EMBARCACION MORDAZA MORDAZA NUMERO DE MATRICULA 503056 TRN SISTEMA DE PRESERVACION RSW

TEKNOFISH S.A.

208

Articulo 2º.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion atunera denominada "CONNIE JEAN" esta supeditado al pago de la primera armada correspondiente al 30% del monto por concepto de derecho de explotacion del atun y especies afines y a la comunicacion que efectue la Direccion Nacional de Extraccion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, sobre la realizacion de la inspeccion tecnica correspondiente y de la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la citada embarcacion. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion caducara automaticamente cumplido el plazo establecido en el citado articulo o por incumplimiento de los pagos por concepto de derecho de explotacion. Articulo 4º.- Las operaciones que se autorizan en el Articulo 1º de la presente Resolucion, estan sujetas a las disposiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 550-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.