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Pág. 182785 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de enero de 2000 las atribuciones conferidas en el Artículo 29º inciso a) del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, apro- bado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la actualización de los montos de las Tasas Registrales en Nuevos Soles, del Arancel de Derechos Registrales de la Oficina Registral de Lima y Callao para el Año Fiscal 2000, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao ANEXO OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO ARANCEL DE DERECHOS REGISTRALES CONCEPTO % MONTO UIT S/. A.DERECHOS DE TRAMITACION Por presentación, estudio, búsqueda de títulos y demás trámites, previos a la inscripción de cada acto o contrato referente a: REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE 1.Por inmatriculación o primera de dominio. 1,08 31,00 2.Por urbanización, declaración de fábrica y reglamento de propiedad horizontal. 1,08 31,00 3.Por independización y acumulación con apertura de nuevo folio o ficha. 0,36 10,00 4.Por otros actos o contratos secundarios. 0,24 7,00 5.Por inmatriculación de buques. 1,79 52,00 6.Por primera de dominio de Embarcaciones Pesqueras. 3,00 87,00 7.Por otros actos secundarios de Embarcaciones Pesqueras. 0,60 17,00 REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS 1.Por constitución de personas jurídicas. 0,60 17,00 2.Por constitución de sociedades, empresas individuales de responsabilidad limitada y sociedades civiles. 1,08 31,00 3.Por sucursales y poderes especiales de sociedades extranjeras. 1,20 35,00 4.Por arrendamientos financieros, emisión de bonos y cambio de domicilio. 0,24 7,00 5.Por directorios, poderes, gerentes y demás mandatarios. 0,36 10,00 6.Por otros actos o contratos secundarios. 0,24 7,00 REGISTRO DE PERSONAS NATURALES 1.Por constitución de comerciantes individuales. 1,08 31,00 2.Por poderes de comerciantes individuales. 0,36 10,00 3.Por poderes de personas naturales. 0,24 7,00 4.Por sucesión intestada. 0,24 7,00 5.Por testamentos. 0,24 7,00 6.Por otros actos o contratos secundarios. 0,24 7,00 REGISTRO DE BIENES MUEBLES 1.Por constitución de prenda industrial. 0,24 7,00 2.Por constitución de prenda agrícola. 0,24 7,00 3.Por otros actos o contratos secundarios. 0,24 7,00 REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR 1.Por primera inscripción de vehículos automotores 0,50 15,00 2.Por modificaciones a las características del vehículo. 0,50 15,00 -Por cambio de clase 0,50 15,00 -Por rectificación de clase 0,50 15,00 -Por baja definitiva de la circulación Gratuito -Por Reinscripción Vehícular (placas antiguas) 0,50 15,00 3.Por modificaciones al dominio -Por transferencia de la propiedad vehicular 0,50 15,00 -Por transferencia por cambio de estado civil o régimen patrimonial 0,50 15,00 -Por otras modificaciones al dominio: .Por cambio de razón social 0,50 15,00 .Por rectificación de nombres y/o apellidos por mandato judicial 0,50 15,00 B.DERECHOS DE INSCRIPCION 1.Por la inscripción de cada acto o contrato susceptible de valorización, así como la emisión de bonos, excepto de derechos de garantía: tres (3) por mil del valor del acto o contrato. 2.Por la inscripción del arrendamiento financiero y predial: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 3.Por la inscripción de derechos de garantía, embargos y sus cancelaciones: Uno punto cinco (1.5) por mil del valor del acto o contrato.4.Por la inscripción de contratos de constitución, regulación o modificación de prenda global y flotante sobre bienes fungibles, así como de su extinción: Uno punto cinco (1.5) por mil del valor de la afectación. 5.Por la inscripción o anotación de cada acto o contrato no susceptible de valorización. 0,24 7,00 REGISTRO DE EMBARCACIONES PESQUERAS 1.Por inscripción provisional de contrato de construcción: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 2.Por inscripción de la anotación preventiva de fábrica naval o constatación de fábrica. 0,40 12,00 3.Por la inscripción de primera de dominio: dos (2) por mil de valor del acto o contrato. 4.Por inscripción de traslación de dominio, compra- venta, dación en pago, permuta, adjudicación, cesión de derechos o posición contractual, aporte, subroga- ción, novación y cualquier otro acto traslativo: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 5.Por inscripción del testamento (sucesión), donación: dos (2) por mil del valor del acto o contrato 6.Por inscripción de constitución, ampliación, reducción, cancelación de hipoteca naval, cesión de hipoteca, cesión de rango y demás derechos reales y obliga- ciones referidas a un valor determinado :dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 7.Por inscripción del contrato de arrendamiento sobre embarcación: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 8.Por inscripción del contrato de arrendamiento finan- ciero sobre embarcación: dos (2) por mil del valor del acto o contrato. 9.Por inscripción de demanda, ampliación, reducción o cancelación de demanda referida a un valor determi- nado: dos (2) por mil del valor del acto. 10.Por la inscripción del derecho de retención referido a valor determinado: dos (2) por mil del valor del acto. 11.Por la inscripción de embargo, mejora, reducción o cancelación de embargo: dos (2) por mil del valor del acto. 12.Por la inscripción de la vigencia indefinida de gravá- menes, ampliación, reducción o cancelación de dichos gravámenes: dos (2) por mil del valor del acto. 13.Por la inscripción del contrato de opción o cualquier otra inscripción o anotación no especificada. 1,40 41,00 14.Por la inscripción del cambio de denominación o razón social del propietario de la embarcación. 0,40 12,00 15.Por la inscripción del cambio de nombre, matrícula o características de la embarcación. 0,50 15,00 16.Por la inscripción de resoluciones judiciales. 0,50 15,00 17.Por la inscripción de anotación preventiva sujeta a plazo de caducidad o prórroga de dicha anotación. 0,50 15,00 18.Por la inscripción de demanda no referida a un valor determinado. 0,50 15,00 19.Por la inscripción de rectificación de asiento no imputables al registrador. 0,50 15,00 REGISTRO PUBLICO DE AERONAVES 1.Por inscripción o cancelación de matrícula peruana definitiva o provisional. 9,96 289,00 2.Por inscripción de cesión de posición contractual. 9,96 289,00 3.Por inscripción de transferencia de dominio de aeronaves. 9,96 289,00 4.Por inscripción de contratos de arrendamiento de aeronaves. 9,96 289,00 REGISTRO PUBLICO DE HIDROCARBUROS 1.Por inscripción de empresas petroleras y/o asociaciones en participación. 26,00 754,00 2.Por inscripción de subcontratistas de servicios petroleros. 16,00 464,00 3.Por vigencia bianual de calificación técnica, legal económica y financiera de las empresas petroleras sin contrato vigente con PERUPETRO S.A. inscritas en el Registro Público de Hidrocarburos. 11,50 334,00 4.Por vigencia anual de calificación técnica, económica y legal de subcontratistas. 9,50 276,00 5.Por inscripción de poder especial (directorio, revoca- toria, aceptación, etc.). 8,50 247,00 6.Por inscripción de aumento o reducción de capital, disolución o liquidación de sociedad, cambio de do- micilio, razón u objeto social u otro que modifique o se relacione con el acto social de empresas petroleras. 8,50 247,00 7.Por inscripción de contratos petroleros en todas sus modalidades. 40,00 1.160,00 8.Por inscripción de contratos de servicios petroleros. 8,00 232,00 REGISTRO FISCAL DE VENTA A PLAZOS 1.Por la inscripción de venta a plazos: ocho décimos (0,8) porcentuales del valor del contrato. 2.Por la inscripción del refinanciamiento y reconoci- miento de deuda del contrato de venta a plazos. 0,80 23,00 3.Por la inscripción de la cancelación de asiento y/o resolución de contrato; cesión de crédito y cesión de posición contractual; restitución por cesión indebida de un bien mueble inscrito. 0,30 9,00 REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR 1.Por primera inscripción de vehículos automotores. 1,30 38,00 2.Por modificaciones a las características del vehículo. 0,40 12,00