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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2000 (26/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 68

Pág. 183090 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de enero de 2000 EDICTO Artículo 1º.- Aprobar la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Marcona la cual forma parte del presente Edicto. Artículo 2º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Municipalidad Distrital de Marcona que consta de siete (7) Títulos; cuatro (4) Capítulos, ochenta y uno (81) Artículos; seis (6) Disposiciones Complementa- rias y una (1) Disposición Final, que forman parte del presente Edicto. Artículo 3º.- Transcribir el presente Edicto a la Muni- cipalidad Provincial de Nasca y a la Contraloría General. Artículo 4º.- El presente Edicto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JOEL ROSALES PACHECO Alcalde 0980 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMON Declaran en situación de urgencia el servicio de limpieza pública del distrito RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 179-A-MDSR-99 San Ramón, 22 de diciembre de 1999 VISTO: El Libro de Actas de Sesión Extraordinaria del 21/12/99 y el Informe Técnico Nº 001-DM-DSP-MDSR-99, su fecha veintiuno de diciembre de mil novecientos noventinueve. CONSIDERANDO: Que, según el Informe Técnico Nº 001-DM-DSP, emitido por la Dirección Municipal a la Alcaldía establece que la adquisición del terreno para el relleno sanitario se realizó en vista de no contar con dicho inmueble, con fecha 24 de marzo de 1999, por ser de urgencia y necesidad inmediata, encontrándose ubicado a 4 km. de la ciudad de San Ramón, carretera San Ramón - Vitoc, sector "Tulumayo" margen derecha; Que, los vehículos con que cuenta la Municipalidad Distrital de San Ramón, se encuentran casi del todo inope- rativos y depreciados, por lo que no podemos brindar un buen y eficiente servicio de limpieza pública, lo que se agrava dado que tenemos que pedir apoyo de terceras personas de buena voluntad para trabajar con un vehículo (volquete de 14 M3), con el agravante de que su depósito o "botadero" tiene que ser en otro lugar (Pampa Michi) y no en el relleno sanitario que cuenta la Municipalidad; Que, constantemente somos objeto de críticas por parte de la población Sanramonina por el inadecuado servicio de limpieza pública, consecuentemente por los excesivos gas- tos que ocasiona poner en operatividad los vehículos bas- tante ya depreciados, conforme se desprende del Informe Técnico Nº 001-DM-DSP-MDSR-99; Que, del proceso de Licitación Pública Nº 001-99-MDSR, Tercera Convocatoria fluye que ha sido declarado Desierto la adquisición del Lote Nº 02 correspondiente a los volque- tes, encontrándose expedido para el proceso de selección en la modalidad de Adjudicación Directa, habiendo transcurri- do más de 6 meses en el mencionado proceso y haber conseguido un préstamo del Banco de la Nación para la adquisición de la maquinaria; Que, conforme al Acuerdo de la Sesión Extraordinaria del 21 de diciembre de 1999, mediante el cual el ConcejoMunicipal aprobó por unanimidad declarar en situación de Urgencia, la problemática de la Limpieza Pública de la ciudad, encargándose a la Alta Dirección Administrativa de la Municipalidad, decidir sobre las medidas más convenien- tes para solucionar en forma integral el problema; Que, como se desprende del Informe Técnico Nº 001- DM-DSP, antes referido, resulte de suma urgencia la ad- quisición de la maquinaria como son: - Dos volquetes de 8 a 12 M3 de capacidad, 4 x 2 ó 6 x 4 de tracción y potencia 180 - 340 HP. Que, el Artículo 19º inciso c) de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe que están exonerados de Licitación Pública y Concurso Público, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situa- ción de URGENCIA, el Artículo 20º de la misma norma, preceptúa que la adquisición a que se refiere el artículo precedente se realizará mediante el procedimiento de Adju- dicación Directa de Menor Cuantía; y, el Artículo 21º del acotado dispositivo "se considera situación de urgencia, cuando la ausencia de un bien o servicios compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial u operaciones productivas, o cuando la utilización de Licitación o Concurso no cumple función alguna debido a que los bienes no admiten sustitutos, o existiendo susti- tutos, éstos pueden afectar negativamente el servicio o procesos productivos"; Que, existiendo un hecho de gravedad y perjuicio al área urbana, la situación de Urgencia concuerda con lo prescrito por el Artículo 21º de la Ley Nº 26850, la procedencia de AUTORIZAR la compra bajo la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 20º de la acotada Norma, complementado con el Artículo 44º inciso c) de su Reglamento; Que, con las facultades conferidas por el Artículo 47º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de UR- GENCIA el servicio de Limpieza Pública de la localidad conforme el Acuerdo de Concejo de la Sesión Extraordinaria del 21 de diciembre de 1999, tal y conforme lo establece el Artículo 19º, inciso c) de la Ley Nº 26850, Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; cuyo plazo no podrá excederse de un período de dos meses. Artículo Segundo.- EXONERESE el Proceso de Lici- tación Pública o Adjudicación Directa, la adquisición de la siguiente maquinaria: - Dos volquetes de 8 a 12 M3 de capacidad, 4 x 2 ó 6 x 4 de tracción y potencia 180 - 340 HP. La adquisición de estos bienes se efectuará mediante el procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, establecida en el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- El egreso que genere la adquisición de los bienes descritos en el artículo precedente será con cargo al préstamo otorgado por el Banco de la Nación, cuya Asignación Presupuestal expresamos de la siguiente for- ma: 7. SERVICIOS DE LA DEUDA 7.8.11.80. Intereses y otros cargos deuda interna contra- tada. 7.9.11.90. Principal de la deuda interna contratada. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, al Area de Presupuesto y Planificación y Area de Contabilidad el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así mismo; el Area de Secretaría General, deberá hacer de conocimiento de la Contraloría General, del Ministerio de Economía y Finanzas y la Comisión de Presu- puesto, Cuenta General del Congreso de la República, así como de su respectiva publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. VICTOR VILLACHICA GAMBINI Alcalde 0933