Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2000 (27/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 183113 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de enero de 2000 VISTOS: El Expediente Nº 1999/00569 presentado por la empresa EAFC Maquisistema S.A. y el Memorándum Nº 010-2000- EF/94.55.2 de fecha 13 de enero de 2000, presentado por la Subgerencia de Fondos; con la opinión favorable del respon- sable legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corres- ponde a esta Comisión Nacional reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos co- lectivos; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 425-92-EF/94.10, de fecha 11 de agosto de 1992 se autorizó a la empresa EAFC Maquisistema S.A. a funcionar como empresa administrado- ra de fondos colectivos; Que, acogiéndose al régimen especial dispuesto median- te Resolución CONASEV Nº 084-99-EF/94.10 para aquellas empresas administradoras de fondos colectivos que fortalez- can su situación patrimonial y de garantías, EAFC Maquisis- tema S.A. con fecha 12 de noviembre de 1999 solicitó a CONASEV la autorización de nuevos programas denomina- dos "M1", "M2" y "M3", los mismos que tienen por objeto adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en dólares americanos, destinado a la adquisición de un vehícu- lo con proveedor predeterminado o a la inversión inmobilia- ria (adquisición, construcción, refacción y/o ampliación de un inmueble) con proveedor libre; Que, luego de evaluada la documentación presentada por EAFC Maquisistema S.A. se ha determinado que la empresa cumple con los requisitos de capital, patrimonio y garantía exigidos para acceder al régimen especial creado por Resolu- ción CONASEV Nº 084-99-EF/94.10; Que, asimismo, EAFC Maquisistema S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos por la normatividad vigente para la autorización de sus programas, por lo que corresponde aprobar los programas denominados "M1", "M2" y "M3"; y, Estando a lo dispuesto en los Artículos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolución CONASEV Nº 730-97- EF/94.10; Artículos 1º, 2º, 4º y 5º de la Resolución CONASEV Nº 084-99-EF/94.10; Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-98-EF; así como a las facultades otorgadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos mediante Acuerdo del Directorio de esta Institución Nº 118-99, reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a EAFC Maquistema S.A. la administración de los programas denominados "M1", "M2" y "M3", bajo el Sistema de Certificado de Compra con provee- dor predeterminado para vehículos y proveedor libre para inmuebles, cuyas características son las siguientes: CARACTERISTICAS DE LOS PROGRAMAS Denominación "M1" "M2" M3" Objeto Adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en dólares americanos, destinado a la adquisición de vehículos o a la inversión inmobiliaria (adquisición, construcción, refacción y/o ampliación de un inmueble). Valor del Certificado De US$ 12 600 hasta US$ 25 200 Número de Asociados 180 210 240 Duración del Grupo 60 meses 70 meses 80 meses Cuota de Inscripción Hasta el 9% del Valor del Certificado de Compra (más el IGV), siendo facultad de la empresa administradora dividir el pago en armadas. A la entrega del bien adjudicado el asociado deberá haber cancelado la totalidad de la Cuota de Inscripción. Cuota Capital Equivalente al valor del Certificado de Compra dividido entre el número de meses de duración del grupo. Cuota de Administración Hasta el 24% del valor de la Cuota Capital (más el IGV) Cuota de Seguros - Seguro de Vida: Hasta el 0.08% mensual del valor del Certificado de Compra. (incluido IGV) - Seguro contra todo riesgo sobre el bien mueble o inmueble objeto de garantía desde el mes de la aplicación del Certificado de Compra.Cuota Total Equivalente a la sumatoria de la Cuota Capital más la Cuota de Administración y la Cuota de Seguros. La Cuota Total es pagadera mensualmente. Número y Modalidad de Tres (3): Una (1) por sorteo y dos (2) por remate. Adjudicaciones En todo caso, las que permita el Fondo Colectivo del grupo. Las propuestas de remate se expresan en número de Cuotas Total. - Propuesta máxima: 100% del número de Cuotas Total pendientes de pago. - Propuesta mínima: 1 Cuota Total. Utilización de los Remates Programa M1 El Asociado podrá aplicar los remates ganadores cancelan- do las últimas Cuotas Total en forma inversa, comenzando por la última, o reducir la Cuota Total en el monto que resulte de dividir el remate entre el número total de cuotas pendien- tes de pago. Programas M2 y M3 Las Cuotas Total provenientes de los remates ganadores se aplicarán únicamente para la cancelación anticipada de las últimas cuotas en forma inversa, es decir de la última a la más cercana. Fondo Colectivo del Grupo El Fondo Colectivo del Grupo se constituye únicamente por Cuotas Capital captadas y, cuando en este fondo se reúna una cantidad igual o mayor al valor del Certificado de Compra, se efectuará una o más adjudicaciones. La primera se efectuará por la modalidad de sorteo y las siguientes por la modalidad de remate. En caso de que no hubieran propues- tas de remate, las adjudicaciones adicionales se entregarán por sorteo. Asamblea Inaugural Cuando el monto de Cuotas Capitales recaudadas por la colocación de contratos permita la adjudicación de un (1) Certificado de Compra del mayor valor. En caso que el grupo no se complete en los tres meses siguientes, la empresa administradora cubrirá las vacantes, de las posiciones no vendidas, sin derecho a participar en los procesos de adjudicación, hasta lograr la colocación de todas las vacantes. Política de Garantías -Vehículos Nuevos: -Garantías Personales: pagaré avalado por garante calificado, fianza u otras previstas en la ley; y, -Garantías Reales: prenda, hipoteca, etc.; o, -Inscripción en el Registro Fiscal de Ventas a Plazos. -Vehículos Usados: Las mismas que para vehículos nuevos. -Inmuebles: -Garantías Reales: hipoteca (por el 150% del valor de la deuda). Valorización del inmueble efectuada por un tasador contratado por la empresa administradora con cargo al asociado; y, -Garantías Personales: pagaré, fianza, letras u otras previstas en la ley. Excepcionalmente, la empresa administradora podrá exone- rar al asociado de la constitución de garantías personales, cuando el asociado adjudicado con certificado de compra para la adquisición de vehículo nuevo o inversión inmobiliaria haya cancelado la mayor parte de su certificado, la garantía real excede holgadamente la deuda y el asociado haya tenido un buen comportamiento de pago. En el caso de vehículos usados, no podrá exonerarse de la constitución de la garantía personal, la cual debe garantizar el saldo de lo adeudado. Ejecución de Garantías Se lleva a cabo el incumplimiento de 2 o más Cuotas Total o al estar en condición de moroso al término del contrato. Vehículos Usados El número de asociados en un grupo con certificados de compra con proveedor predeterminado para vehículos usa- dos no podrá exceder del 10% de los contratos dentro de un mismo grupo. La empresa administradora procederá a: -Valorizar los vehículos; y, -Determinar que el bien a entregar se sujete a las normas técnicas establecidas. La empresa administradora deberá verificar que: a)Al momento de su entrega, el bien se encuentre en buen estado operativo; b)El proveedor sea propietario del bien y/o esté facultado para disponer del mismo; c)El bien esté libre de toda carga o gravamen;