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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2000 (30/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 183272 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de enero de 2000 Habiéndose dado inicio a la XI Expedición Científica Peruana a la Antártida (ANTAR XI), cuyo Director Ejecu- tivo ha formulado una invitación a funcionarios diplomá- ticos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que formen parte de la delegación de invitados que visitarán la Estación Científica Antártica Peruana "Machu Pic- chu", del 3 al 8 de febrero del 2000; Considerando la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0145, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secre- tario General de Relaciones Exteriores, de 20 de enero del 2000; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; y, el Decreto Supremo Nº 135-90- PCM, del 20 de octubre de 1990; SE RESUELVE: 1º.- Designar a los siguientes funcionarios diplomáti- cos para que, en representación del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, formen parte de la delegación de invitados que visitará la Estación Científica Antártica Peruana "Machu Picchu", del 3 al 8 de febrero del 2000: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, don Carlos Pareja Ríos, Director Nacional (e) de Desarrollo Fronterizo y Límites y Presidente de la Comi- sión Nacional Antártica; y, - Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Ricardo Salamanca Castro, Jefe (e) del Departamento de Asuntos Antárticos de la Dirección de Asuntos Marítimos y Antárticos. 2º.- El gasto que ocasione el cumplimiento de la pre- sente Resolución por concepto de viáticos US$ 2,800.00, será cubierto por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 1245 SALUD Conceden habilitación de cementerio ubicado en el distrito de Lurín, provin- cia de Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 050-2000-DISA-II-LS/DG Lima, 19 de enero del 2000 Visto el Expediente Nº 5100 presentado por don RAUL GUINEA LARCO, identificado con Libreta Electoral Nº 07825365, representante de la ASOCIACION CIVIL SAN JUAN BAUTISTA, con RUC Nº 14513736, y domicilio legal ubicado en Casimiro Ulloa Nº 450 San Antonio, en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, quien solicita Certificado de Habilitación de Cementerios. CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en la Ley Nº 26298, a su Reglamento del Decreto Ley Nº 003-94-SA, corresponde a la autoridad de Salud otorgar el Certificado de Habili- tación de Cementerios; Que, la ASOCIACION CIVIL SAN JUAN BAUTISTA, ha proyectado desarrollar sus actividades en los terrenos de 21.056 hectáreas, ubicados a la altura del Km. 31.5 dela antigua Panamericana Sur, (Sector Mamacona), distri- to de Lurín, provincia y departamento de Lima; Que, la inspección sanitaria y la revisión del Expe- diente ASOCIACION CIVIL SAN JUAN BAUTISTA, ha cumplido con presentar los requisitos estipulados en el Artículo 4º del D.S. Nº 003-94-SA, debidamente firmados por el arquitecto don Alfredo Baertl Montori, con Registro de CAP Nº 0222, cuyos resultados son favorables para la Empresa de solicitante; Con la opinión favorable de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, y de la Dirección Técnica Adjunta de la Dirección de Salud II Lima Sur; SE RESUELVE: Conceder a la ASOCIACION CIVIL SAN JUAN BAU- TISTA, la Habilitación de Cementerio denominado "PAR- QUE DEL RECUERDO", ubicado en el Km. 31.5 de la antigua Panamericana Sur (sector Mamacona), distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. La Habilitación no autoriza el funcionamiento del Cementerio proyectado y no exime al responsable de cumplir con las obligaciones que corresponda con otras Instituciones. La Habilitación caduca al año de su expedición, que- dando además sin efecto por cambio de Razón Social, Propietario, actividad o lugar de funcionamiento. La DISA-II-LS, verificará el cumplimiento de lo esta- blecido en la presente Resolución y aplicará las medidas, correctivas en caso de incumplimiento. Regístrese y comuníquese. ITALO F. ARBULU TEJERO Director General Dirección de Salud II - Lima Sur 1222 M T C Otorgan permiso de operación a em- presa para prestar servicio público de transporte aéreo no regular de pasaje- ros, carga y correo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 018-2000-MTC/15.16 Lima, 25 de enero del 2000 Vista la solicitud de TRANSPORTE AÉREO REGIO- NAL S.A. - TAR, sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, según los términos del Memorándum Nº 0576-99- MTC/15.16.02 y Memorándum Nº 020-2000-MTC/15.16.02, emitidos por la Dirección de Asesoría Legal; Memorán- dum Nº 0030-2000-MTC/15.16.06, emitido por la Direc- ción de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico; Memorándum Nº 002-2000-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdirección de Material Aeronáutico; Memorándum Nº 013-2000-MTC/15.16.05.3., emitido por la Subdirec- ción de Operaciones; Constancia de Inscripción, emitida por la Oficina Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decre- to Legislativo Nº 670; su Reglamento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757;